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Estructura organizacional de la empresa “DOLCE DELIZIA”


Enviado por   •  4 de Agosto de 2011  •  Documentos de Investigación  •  1.827 Palabras (8 Páginas)  •  2.125 Visitas

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INTRODUCCION

En el presente documento se presentara la estructura organizacional de la empresa “DOLCE DELIZIA” en el cual se presentara el marco legal por el que se rige la empresa.

Además se presentan los antecedentes históricos de la organización, logotipo y eslogan, principales productos, datos generales de la organización, misión, visión y diferentes datos que nos sirven para conocer mas afondo la empresa.

Con el fin de dar a conocer y facilitar la comprensión de la organización dentro de ella de una forma rápida, fácil y precisa. Sirviendo a los colaboradores de la empresa “DOLCE DELIZIA” S.A.

MARCO NORMATIVO

Respecto a la composición del personal, actualmente laboran en “DOLCE DELIZIA” cerca de 68 personas, el personal de confianza (mandos medios y superiores), se integra por alrededor de 17 trabajadores.

Respecto a la necesidad de contar con una normatividad que regule a los trabajadores de confianza, esta empresa queda excluida de la contratación por tiempo determinado y de la contratación colectiva del personal, por acuerdo entre la gerencia y los socios, al haber tomado como base el contrato individual de trabajo por tiempo determinado basándonos en las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- “La Empresa” contrata a “El Trabajador” por tiempo determinado, y por un período de __________, mismo que queda comprendido del ___del ___ del ____, al __de ___ del ____ para que preste sus servicios en el puesto de ________________.

SEGUNDA.- “La Empresa” comunica a “El Trabajador” que la temporalidad del presente contrato obedece a la naturaleza del trabajo a desempeñar, el cual consiste en _________________________________.

TERCERA.- El presente contrato obliga a lo expresamente pactado conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 31 de la Ley Federal del Trabajo, y la duración del mismo será la señalada en la cláusula primera, por lo que al concluir dicho término las partes contratantes lo darán por terminado con apoyo en el numeral antes mencionado e igualmente en los artículos 35, 37 fracción I, 53 fracción III y demás relativos de la citada Ley Federal del Trabajo, sin responsabilidad alguna para ambas partes.

Asimismo, convienen los contratantes que si vencido el término fijado en la cláusula primera subsiste la materia de trabajo, el contrato se prorrogará única y exclusivamente por el tiempo que dure dicha circunstancia sin necesidad de celebrar uno nuevo, y al agotarse ésta, terminará también la relación laboral, en términos del artículo 39 de la Ley Federal del Trabajo.

CUARTA.- “El Trabajador” se obliga a prestar a “La Empresa” sus servicios, bajo su dirección y dependencia; debiendo desempeñarlos en 1ra cda. De españita Col. La palma No. 17 Tecamac Estado de México.

QUINTA.- El horario de labores de “El Trabajador” será de 9:00 a las 17:00 horas, de Lunes a Viernes de cada semana, conviniendo éste con “La Empresa” que en cualquier momento el mismo puede ser modificado de acuerdo con las necesidades de la compañía, pudiendo “La Empresa” establecer dicho horario bajo cualquiera de las modalidades señaladas en el

Artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo, ya sea para implantar una labor semanaria de lunes a viernes y obtener el reposo del sábado en la tarde, de ese día por completo o cualquier otra modalidad equivalente.

SEXTA.- “El Trabajador” disfrutará de un salario semanal. de $ 750.00 (setecientos cincuenta pesos moneda nacional), el cual le será cubierto los días Viernes de cada semana en el domicilio de “La Empresa”, y el cual ya incluye la proporción correspondiente a los séptimos días y días de descanso obligatorio.

“La Empresa” hará por cuenta de “El Trabajador” las deducciones legales correspondientes, particularmente las que se refieren a Impuesto sobre la Renta, y aportaciones de seguridad social (IMSS, Infonavit y SAR), efectuando las inscripciones correspondientes ante dichas instituciones, en los términos de las legislaciones respectivas.

SÉPTIMA.- “El Trabajador” disfrutará de un día de descanso, que causará salario de acuerdo con el Art. 69 de la Ley Federal de Trabajo, el cual será preferentemente el Domingo de cada semana.“La Empresa” podrá, previo acuerdo con “El Trabajador”, variar el descanso semanal conforme a las necesidades de la misma.

OCTAVA.- “El Trabajador” no podrá laborar tiempo extraordinario de trabajo, sin previa autorización por escrito que “La Empresa” le otorgue por conducto de sus representantes.

NOVENA.- “El Trabajador” disfrutará de un período anual de vacaciones de 6 días, el cual se incrementará anualmente en los términos señalados en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo. Asimismo, percibirá una prima vacacional del 25 %, sobre la cantidad que le corresponda por el periodo de vacaciones en cuestión.

DÉCIMA.- El trabajador percibirá un aguinaldo anual de 15 días de salario, el cual se cubrirá de manera proporcional al tiempo de los servicios prestados a “La Empresa” durante dicho período.

DÉCIMA PRIMERA.- “El Trabajador” se obliga en términos de la fracción X del artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo, a someterse a los reconocimientos y exámenes médicos que “La Empresa” le indique.

DÉCIMA SEGUNDA.- “El Trabajador” se obliga a participar en los cursos de capacitación y adiestramiento que “La Empresa” le indique para el mejor conocimiento y desarrollo de sus aptitudes, mismos que podrán impartirse dentro y/o fuera de la jornada de labores.

DÉCIMA TERCERA.- Si “El Trabajador” es mayor de 14 años, pero menor de 16, debe autorizar este contrato el padre o tutor a falta de ellos, el Sindicato al

que el trabajador pertenezca, la junta de conciliación y Arbitraje, el Inspector de trabajo o la Autoridad Política de acuerdo con el Art. 23 de la Ley.

DÉCIMA CUARTA.- Lo no previsto por este contrato se regirá por las disposiciones previstas en la Ley Federal del Trabajo así como por el Reglamento Interior de Trabajo que rige en “La Empresa” en caso de existir este último.

DÉCIMA QUINTA.- “La Empresa” y “El Trabajador”, aceptan expresamente que en caso de existir controversias legales en cualquier materia entre ambas partes, se someterán al

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