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Patria Potestad


Enviado por   •  8 de Octubre de 2012  •  4.284 Palabras (18 Páginas)  •  466 Visitas

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1.- Patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones o deberes que la ley reconoce a los padres (biológicos o adoptivos) sobre las personas y bienes de sus hijos (o cuando se requiere, a terceras personas) mientras estos son menores de edad o están incapacitados, con el objetivo de permitir el cumplimiento a aquellos de los deberes que tienen de sostenimiento y educación de tales hijos. También se le conoce como tutela legal.

La reducción del poder de los padres viene establecida por las legislaciones, pues la función de la patria potestad tiene como límite el interés superior de los hijos y su beneficio, quedando en manos de los poderes públicos la posibilidad de que, velando por los intereses del menor, priven de la patria potestad a los progenitores. Y ello siempre, por supuesto, a través de procedimientos judiciales (juicios ordinarios civiles).

Constituye una relación paterno-filial que consiste en un régimen de protección de los menores no emancipados, donde se encomienda la protección de éstos a sus padres. La patria potestad no deriva del contrato de matrimonio, sino que es un derecho fundado en la naturaleza y confirmado por la ley; esto es, que la patria potestad se funda en las relaciones naturales paterno filiales, independientemente de que éstas nazcan dentro del matrimonio o fuera de él.

El artículo 347 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente establece que la patria potestad es el conjunto de deberes y derechosde los padres en relación con los hijos que no hayan alcanzado la mayoridad, que tiene por objeto el cuidado, desarrollo y educación integral de los hijos. De manera que la patria potestad va a comprender la guarda, representación y la administración de los bienes de los hijos sometidos a ella (Art. 348 eiusdem).

Se podría decir que los derechos que la patria potestad le otorga a los padres se constituyen propiamente en poderes sobre los hijos, porque las facultades que la ley le confiere a los padres no son en beneficio de éstos sino de los hijos.

La patria potestad se ejerce por el padre y la madre, esto es, ambos tienen iguales derechos para ese ejercicio; mas esto no significa que siempre deban ejercitarla solidaria y mancomunadamente; de modo que si falta de hecho uno de los dos, el que quede está capacitado para ejercer la patria potestad.

Cabe destacar que la patria potestad constituye una relación paterno-filial, pero ésta no es la única relación de este tipo, aunque es la más importante. Entre otras relaciones paterno-filial se puede mencionar:

• Nombre Civil: que queda determinado en principio por sus padres al darle un nombre de pila, y los apellidos son transmitidos al menor.

• Obligación Alimentaria: el Código Civil y la Ley Orgánica para la protección del niño y del adolescente establecen la obligación de los padres de mantener, educar e instruir a sus hijos menores así como también a los mayores que se encuentran impedidos de atender por sí mismos a la satisfacción de sus necesidades (Art. 282 C.C. y Art. 30 y 365 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).

• Honra y respeto por parte de los hijos a sus padres (Art. 261 C.C.).

• Visitas: Los padres tienen derecho de visitar a sus hijos, inclusive si no ejercen la patria potestad (Art. 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).

• Funerales y Sepultura: de los padres acerca de los hijos, en la medida en que éstos no lo hayan hecho, ni exista otra persona con derecho preferente, como es el caso del cónyuge.

• Patria potestad.

1.1 Principios que Rigen la Patria Potestad

Se puede decir que los principios que rigen la Patria Potestad en nuestro derecho son tres:

• 1.- La patria potestad es exclusivamente un régimen de protección.

• 2.- la patria potestad es un régimen de protección que solo se aplica a los menores no emancipados.

• 3.- la patria potestad es el régimen que ofrece mayores garantías para la protección de quienes están sometidos a ella porque cuenta con el concurso de los protectores naturales de estos.

1.2 Titularidad de la Patria Potestad

En principio, la titularidad de la patria potestad correspondía tanto al padre como a la madre (C.C. art. 261), y cuando el menor había sido adoptado, también al adoptante o adoptantes.

1.3 Ejercicio de la Patria Potestad

La titularidad de la patria potestad no confería al padre o a la madre el ejercicio actual de la misma, sino que solo tenían el efecto de darle la posibilidad de tal ejercicio. Era pues condición necesaria, pero no suficiente, para ejercer la patria potestad. En efecto.

A) La ley establecía ciertos supuestos de exclusión absoluta del ejercicio de la patria potestad, en los cuales el titular de la misma quedaba impedido de ejercerla mientras subsistieran esas causas.

B) Por otra parte, la ley, según los casos, concedía conjuntamente el ejercicio de la patria potestad a ambos progenitores o lo concedía solo a uno de ellos de acuerdo con un orden establecido entre los padres titulares de la patria potestad.

1.4Causas de Exclusión de la Patria Potestad

A) La presunción de ausencia (C.C.) art. 420) e incluso la no presencia (C.C. art. 262).

B) La sujeción del padre o de la madre a tutela de entredichos (C.C. art. 262).

C) La imposibilidad de hecho – por causa – de ejercer las funciones inherentes a la patria potestad (C.C. art. 262) declarada por el juez de menores.

D) En su caso, la falta de reconocimiento voluntario del hijo natural.

1.5Extinción de la Patria Potestad

La ley por otra parte prevé la extinción de la patria potestad (L.O.P.N.A; art. 356), que implica que el padre o la madre correspondiente pierden la patria potestad sin tener derecho a solicitar que se restituya; pero que en la mayoría de los casos no es una sanción.

La extinción en dos casos implica necesariamente que la patria potestad se extingue respecto de ambos padres. Así ocurre con la mayoridad del hijo o con cu emancipación porque en tales hipótesis el hijo ya no estaría sometido a protección bajo el régimen de patria potestad sino que no requiere de ningún régimen de protección o requiere de otro distinto.

En los demás casos, la patria potestad se extingue respecto de uno solo de los padres. Así ocurre con la muerte del padres o de la madre, la reincidencia en cualquiera de las causales de privación de la patria potestad y el hecho de dar su consentimiento para que otra persona adopte al hijo, salvo cuando se trate de la adopción del hijo por el otro conyugue.

1.6Privación de la Patria Potestad

A)

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