Piramide De KELSEN
Enviado por estuardo • 12 de Febrero de 2014 • 1.199 Palabras (5 Páginas) • 343 Visitas
Piramide de KELSEN
La Constitución o Ley Fundamental:
(Carta Magna) la validez de todo el sistema jurídico depende de su conformidad con la Constitución. Esta es considerada como la Ley Suprema emanada del Poder Constituyente del pueblo, cuya finalidad es la creación de los órganos fundamentales del Estado y la regulación de su funcionamiento, así como el reconocimiento de los derechos fundamentales del individuo frente al poder estatal. La Constitución es la ley suprema porque por encima de ella no existe ninguna otra ley y no está sujeta a ningún órgano estatal.
Emana del Poder Constituyente, que en nuestro país es la Asamblea Nacional Constituyente y es quien elabora la Constitución. Es necesario establecer las diferencias entre la Asamblea Constituyente y la Asamblea Legislativa (Congreso de la República).
Leyes Constitucionales:
La Constitución enuncia principios generales que deben ser desarrollados por normas jurídicas contenidas en cuerpos legales distintos de ella, pero que regulan materia constitucional. Se le denomina Leyes Constitucionales y según los autores pueden serlo por tres razones:
Por su Origen: al haber sido creadas por el cuerpo que ostenta el poder constituyente. Son leyes constitucionales por su origen, la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, la del Orden Público, la Ley Electoral y de Partidos Políticos y la Ley de Libre Emisión del Pensamiento. Todas ellas con emanadas de la Asamblea Nacional Constituyente.
Por su Autenticidad: cuando la propia Constitución o la propia ley se denomina así misma ley constitucional. Ejemplo, el artículo 35 de la Constitución al referirse a la libertad de emisión del pensamiento establece que todo lo relativo a este derecho constitucional se regula en la Ley Constitucional de emisión del pensamiento.
Por su Atributo Orgánico: cuando la ley tenga por alguno de los órganos creados por la Constitución ley constitucional. Ejemplo la Ley del Organismo cuando esta emana del Congreso. Las leyes constitucionales pueden ser reformadas por el Congreso para lo cual es necesaria una mayoría de las dos terceras partes del total de diputados que lo integran, previo dictamen favorable de la Corte de Constitucionalidad. Artículo 175 de la Constitución.
Tratados Internacionales:
Son acuerdos regulados por el Derecho Internacional Público y celebrado por escrito entre dos o más Estados u organismos internacionales de carácter gubernamental. Dentro de nuestro sistema los Tratados deben ser aprobados por el Congreso y, luego modificados por el Congreso de la República. Artículos 171 y 183 de la Constitución. Regulan relaciones entre ellos de tipo social, político, cultural, económico, etc.
Leyes Ordinarias:
Son las normas generales y abstractas que emanan del organismo legislativo del Estado previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Constitución para la creación, formación y sanción de la ley. Estas no se refieren a un caso concreto y sólo están latentes para cuando un caso se presenta y son obligatorias para todos. Se clasifican en:
a) Ordinarias propiamente dichas: son las dictadas por el Congreso sobre materia distinta de la contemplada en la Constitución y en las Leyes Constitucionales. Ejemplo el Código de Comercio.
b) Orgánicas: las que regulan la estructura o funcionamiento de algún órgano estatal. Ejemplo la Ley Orgánica de Telgua.
c) Decretos-Leyes: son las normas emanadas del Organismo Ejecutivo con valor de eficacia de ley. Ejemplo el Código Civil.
Las leyes ordinarias comprenden toda la regulación sustantiva-adjetiva de todas las ramas del derecho de un país.
Disposiciones reglamentarias:
La función reglamentaria ha sido depositada constitucionalmente en el Presíden4e de la República según el artículo 183 de la Constitución. Por lo que la emisión de Reglamentos es una atribución primaria del Organismo Ejecutivo.
Los reglamentos sirven para explicar y facilitar la aplicación de las leyes ordinarias. Ocupan una posición jerárquica inferior a ellas y no pueden contradecir el espíritu o fundamento de la ley ordinaria que están reglamentando.
Los reglamentos
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