TRATADO DE LIBRE COMERCIO CHILE - MEXICO
Enviado por kiitaax3 • 9 de Abril de 2014 • 1.620 Palabras (7 Páginas) • 426 Visitas
INTRODUCCIÓN
La relación Chile-México nos muestra cómo la voluntad política de los gobiernos abre caminos para desarrollar los mercados. Hace poco más de una década, al iniciarse 1990, Chile y México ni siquiera mantenían relaciones diplomáticas y el comercio entre ambos era muy limitado.
Desde entonces, la situación ha cambiado muy favorablemente: entre los años 1992 y 2004, el intercambio comercial creció anualmente a un 18% promedio, con vigorosos flujos de bienes, inversiones, servicios y comunicaciones, así como también intercambios culturales y turísticos. En el año 2004 México fue el segundo destino de las exportaciones chilenas a Latinoamérica, sólo superado por Brasil, y séptimo destino en el mundo.
HISTORIA
Hace poco más de una década, al iniciarse 1990, Chile y México ni siquiera mantenían relaciones diplomáticas y el comercio entre ambos era muy limitado.
Desde entonces, la situación ha cambiado muy favorablemente: En septiembre de 1991, Chile y México suscribieron un Acuerdo de Complementación Económica (ACE Nº 17) en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Este Acuerdo, que constituyó un nuevo modelo de integración entre Chile y los países latinoamericanos, se fijaba como meta intensificar las relaciones económicas bilaterales por medio de “una liberalización total de gravámenes y restricciones a las importaciones originarias de las Partes”.
Los positivos resultados en el campo del comercio de bienes y el interés por impulsar una relación que incorporara las distintas dimensiones del comercio de conformidad con la política comercial global de ambos gobiernos estimularon la negociación de un acuerdo de última generación basado en las disposiciones del NAFTA y del TLC Chile - Canadá.
El Tratado de Libre Comercio entre Chile y México fue firmado en abril de 1998 y ratificado en agosto de 1999. Este acuerdo incorpora, además de las disciplinas tradicionales en el área del comercio de bienes, reglas en materia de inversiones, comercio de servicios, propiedad intelectual y un sistema moderno de solución de controversias que resguarda los derechos y obligaciones asumidos.
Entonces el Tratado de Libre Comercio Chile – México (TLC) entró en vigor en diciembre de 1999, como una profundización del Acuerdo de Complementación Económica (ACE) existente desde 1992. Las relaciones comerciales con México y, en particular, el TLC son muy bien evaluadas tanto por el sector privado como por el Gobierno.
ESTRUCTURA DEL TRATADO
Por medio de este Tratado se establece una zona de libre comercio entre Chile y México, de conformidad con las disposiciones de la Organización Mundial del Comercio y con el Tratado de Montevideo de 1980.
El Tratado tiene como principales objetivos, estimular la expansión y diversificación del comercio, promover condiciones para una competencia leal, aumentar las oportunidades de inversión, proporcionar protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual y crear procedimientos eficaces para la solución de controversias. Comercio de Bienes En materia de comercio de bienes se consagra el principio de no discriminación a través del otorgamiento del Trato Nacional.
En materia de acceso a mercados se consagra la situación vigente resultado del ACE Nº 17 descrito anteriormente. En consecuencia, se establece que al entrar en vigor el Tratado, se deberán eliminar todos los aranceles aduaneros para bienes originarios, salvo lo dispuesto en los Anexos 3-04 (3) (programa de desgravación aplicable exclusivamente a las manzanas que terminará el año 2006) y 3-04 (4) (lista de excepciones). Los productos contemplados en las listas de excepciones son aproximadamente cien clasificaciones arancelarias.
REGLAS DE ORIGEN
Al elaborar estas reglas se tuvo especial cuidado en que los productores de ambos países puedan beneficiarse de las disposiciones del Tratado sin modificar, en la medida de lo posible, sus fuentes normales de abastecimiento. Procedimientos Aduaneros El nuevo Tratado aborda detalladamente diferentes materias: certificación y declaración de origen, obligaciones respecto de las importaciones y exportaciones, procedimientos para verificar el origen de los bienes, resoluciones anticipadas, procedimientos de revisión e impugnación y sanciones.
Salvaguardias: El Tratado contempla un mecanismo de salvaguardias y establece reglas para la adopción de medidas de salvaguardias globales aplicables en el marco de la OMC. Las salvaguardias bilaterales, se aplican si, como consecuencia de las reducciones arancelarias acordadas en el Tratado, se producen incrementos súbitos y sustanciales de las importaciones de un bien, y éstas provocan un daño grave o una amenaza de daño grave a la producción nacional. Como su naturaleza lo indica, estas salvaguardias se aplican sólo durante el período de transición hasta que el arancel que rige el bien sea eliminado totalmente.
Medidas sanitarias y fitosanitarias: El Tratado establece los derechos y obligaciones aplicables al desarrollo, adopción y ejecución de medidas sanitarias y fitosanitarias. Estas disposiciones tienen como fin impedir el uso de medidas sanitarias y fitosanitarias como restricciones encubiertas al comercio, salvaguardando el derecho de cada país para adoptar las medidas para la protección de la vida o salud humana, animal o vegetal que estime conveniente.
Medidas relativas a la normalización y metrología: El TLC contiene disposiciones relativas a las medidas de normalización,
...