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Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2014  •  3.406 Palabras (14 Páginas)  •  278 Visitas

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LEY GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR

Ley (Decreto Ley) (2-Agosto-1979)

(Vigente)

Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar, aprobada por DL 16998 de 02/08/1979

LEY GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR

LIBRO PRIMERO

DE LA GESTIÓN EN MATERIA DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR

TITULO I

DE LAS NORMAS GENERALES

CAPITULO I

OBJETO Y CAMPO DE APLICACION

Artículo 1º.- (OBJETO).

La presente Ley tiene por objeto:

1. Garantizar las condiciones adecuadas de salud higiene, seguridad y bienestar en el trabajo;

2. Lograr un ambiente de trabajo desprovisto de riesgo para la salud psicofísica de los

trabajadores;

3. Proteger a las personas y el medio ambiente en general, contra los riesgos que directa o

indirectamente afectan a la salud, la seguridad y el equilibrio ecológico.

Artículo 2º.- (ACCION DEL ESTADO, EMPLEADOR y TRABAJADOR).Los objetivos señalados se alcanzarán a través de la acción conjunta del Estado, los empleadores y

trabajadores. La participación de los trabajadores y las organizaciones involucradas es determinante

en la ejecución de las normas relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo.

Artículo 3º.- (CAMPO DE APLICACION).

La presente Ley es aplicable a toda actividad en que se ocupe uno o más trabajadores por cuenta de

un empleador, persiga o no fines de lucro; será aplicable, asimismo, a las siguientes actividades:

1. Las desempeñadas por cuenta del Estado: Gobierno Central, Gobierno Local; Instituciones

descentralizadas y autónomas, Empresas y Servicios públicos; y, en general, todas aquellas

entidades públicas o mixtas existentes o por crearse;

2. Las ejecutadas por entidades cooperativas y otras formas de organización social como los

“Sindicatos de Producción”;

3. Las desempeñadas por alumnos de un establecimiento de enseñanza o formación profesional,

bajo contrato de aprendizaje o práctica educacional;

4. Las que se ejecuten en prisiones o penitenciarías, establecimientos correccionales, de

rehabilitación y readaptación ocupacional o social.

Quedan excepcionadas:

1. Las realizadas por las Fuerzas Armadas y los Organismos de Seguridad del Estado en el

ejercicio de sus funciones específicas;

2. Las efectuadas en el domicilio del trabajador;

3. Las efectuadas por la familia del empleador en el domicilio de éste.

CAPITULO II

DE LAS DEFINICIONES GENERALES Y COMUNES

Artículo 4º.-

Para los efectos de aplicación de la presente Ley, los siguientes términos tienen la significación que

se les asigna a continuación:Autoridad Competente.- Es toda autoridad pública revestida de poderes para dictar reglamentos,

órdenes, decretos, otras instrucciones que tengan fuerza de ley con respecto a la seguridad en los

centros de trabajo.

Empleador.- Es toda persona natural o jurídica que esté a cargo o tenga a su cargo el control o

vigilancia del trabajo en un centro laboral o de cualquier empleado del mismo.

Trabajador.- Es toda persona que presta servicios a un empleador por el sueldo, salario u otra

remuneración, incluyendo cualquier aprendiz o discípulo mediante retribución o sin ella.

Lugar o Centro de Trabajo.- Es todo aquel sitio donde el trabajador desenvuelve sus actividades.

Seguridad Industrial u Ocupacional.- Es el conjunto de procedimientos y normas de naturaleza

técnica, legal y administrativa, orientado a la protección del trabajador, de los riesgos contra su

integridad física y sus consecuencias, así como mantener la continuidad del proceso productivo y la

intangibilidad patrimonial del centro de trabajo.

Inspección.- Es una función de naturaleza técnica legal, cuya finalidad es constatar el cumplimiento

de las disposiciones y normas vigentes.

Supervisión.- Es una función técnica administrativa cuya finalidad está orientada a la correcta

aplicación de las disposiciones, normas y procedimientos.

Riesgo Industrial u Ocupacional.- Es un estado potencial de origen natural o artificial capaz de

producir un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.

Condición Insegura.- Es toda condición física o ausencia de norma, susceptible de causar accidente

Acto Inseguro.- Es la acción y /o exposición innecesaria del trabajador al riesgo, susceptible de

causar accidente.

Accidente de Trabajo.- Es un suceso imprevisto que altera una actividad de trabajo ocasionando

lesión (es) al trabajador y/o alteraciones en la maquinaria, equipo, materiales y productividad.

Lesión.- Es la disfunción o detrimento corporal causado por un accidente o enfermedad ocupacional.

Las lesiones pueden ser leves, graves y fatales.

Lesión Leve.- Es aquella que aun siendo necesaria la aplicación de primeros auxilios o atención

médica, no hace que el trabajador pierda una jornada de labor o más.

Lesión Grave.- Es la que produce una incapacidad laboral que hace perder al operario una o más

jornadas de trabajo.

Lesión Fatal.- Es aquella que produce la muerte.Investigación de Accidente.- Es la secuencia metódica que se observa en el estudio de un accidente

desde un período anterior a su acaecimiento hasta el momento en que se hayan determinado

exactamente las causas y circunstancias que contribuyeron a la realización de dicho evento.

Estadística de Seguridad.- Es el resultado del análisis y evaluación matemática, de los datos

relacionados a los accidentes y enfermedades ocupacionales, a fin de lograr información útil para

investigar, planificar y controlar la actividad de la higiene y seguridad ocupacionales.

Materia Peligrosa.- Es aquella que conlleva un riesgo para el hombre, por virtud de su naturaleza,

condición o posición.

Contaminación.- Es la adición de elementos ajenos al aire normal, o la substracción de elementos

constitutivos del mismo que alteran sus propiedades físicas y/o químicas en

...

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