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CONSEJO COMUNAL


Enviado por   •  22 de Agosto de 2014  •  3.091 Palabras (13 Páginas)  •  339 Visitas

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MARCO REFERENCIAL

LO ESTAMOS ACTUALIZANDO Y COLOCANDO MAS RESUMIDO

REFERENCIAS TEORICAS

DEFINICION DE TERMINOS

A continuación se presenta una serie de definiciones consideradas básica para la comprensión de la instigación:

Administración: Es el proceso de diseñar y mantener un ambiente en el que las personas, trabajando en grupos alcancen la eficiencia y las metas seleccionadas.

Autoridad: Es el poder que posee una persona dependiendo de su nivel de trabajo

Comunidad: Es el conglomerado social de familias, ciudadanos y ciudadanas que habitan en un área geográfica determinada, que comparten una historia e intereses comunes, se conocen y relacionan entre sí, usan los mismos servicios públicos y comparten necesidades y potencialidades similares, económicas, sociales, urbanísticas y de otra índole.

Son miembros de un Consejo Comunal, todos los habitantes residentes de la comunidad, sin distinciones de color, raza, credo político o religioso, nacionalidad, preparación académica o clases sociales.

Consejo Comunal: Debemos partir de lo descrito en la Ley de los Consejos Comunales, disposiciones generales, artículo número 2, “Los Consejos Comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social”.

Control: Dominio, mando.

Comunicación: acción de comunicar, tomar contacto unas personas con otras.

Cooperación: acción de colaborar con otro u otros para seguir un mismo fin.

Coordinación: acción de ordenar varias cosas o acciones para que colaboren a un fin en general.

Costo: cantidad que se da o se paga por algo.

Debilidad: Cualidad de débil.

Diagnostico: conclusión o resultado de un examen o de alguna investigación.

Diseño: esquema, resumen.

Eficacia: capacidad de lograr el efecto que se desea o se espera.

Eficiencia: capacidad de disponer de algo o alguien para obtener el efecto deseado.

Estrategia: plan o habilidad para dirigir un asunto hasta conseguir el fin propuesto

Gasto: cantidad que se ha gastado o se gasta

Gestión: acciones encaminadas a conseguir algo

Habitantes: personas que viven en un lugar determinado.

Jerarquía: organización por orden de importancia de grupos, personas, acciones o cosas.

Labor: trabajo o actividad que lleva a cabo alguien.

Objetivo: finalidad, propósito.

Obra: producto de arreglos o cambios efectuados a algo.

Organización: asociación de personas, instituciones o entidades.

Plan: conjunto de cosas que se piensan hacer.

Planificación: acción de trazar un determinado plan

Presupuesto: cantidad de dinero calculado para hacer frente a los gastos generales.

Procedimiento: Método o sistema que se sigue para hacer algo.

Recurso: medio, solución, disposición de algo para resolver determinadas situaciones.

Reestructurar: modificar la estructura o la organización de algo.

Referencia lega

Constitución De La República Bolivariana De Venezuela

Preámbulo: Es refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica. Multiétnica y pluricultural en un estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial N° 5.908 Extraordinario de Fecha 19 de Febrero de (2009).

Según lo que establece el artículo 62 de la mencionada constitución que todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho de participar libremente en los asuntos públicos. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.

“El ser humano, esta su plena facultad de ejercer su participación en las gestiones públicas, ya que este aporta tomas de decisiones que ayuden a solventar problemas bien sea en su comunidad local, regional, o estadal. Por consiguiente los consejos comunales, son la organización social más extendida y numerosa actualmente y quizá en todo la historia de la organización para la participación social del país., porque no solo diseña, realiza, controla y evalúa la calificación final de proyectos sociales destinados a solucionar problemas de salud, educación, trabajo, deportes, medio ambiente, habitacionales, También Promueve los principios de corresponsabilidad, protagonismo y participación ciudadana en la gestión pública comunitaria”

Así mismo, en el artículo 184, del poder popular municipal anuncia lo siguiente:

La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos, promoviendo: numeral 2, La participación de las comunidades y de ciudadanos o ciudadanas, a través de las asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales, en la formulación de propuestas de inversión ante las autoridades estadales y municipales encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión, así como en la ejecución, evaluación y control de obras, programas sociales y servicios públicos en su jurisdicción. Numeral 3, La participación en los procesos económicos estimulando las expresiones de la economía social, tales como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas.

“Así

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