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AVERIGUACION PREVIA


Enviado por   •  31 de Mayo de 2013  •  2.445 Palabras (10 Páginas)  •  243 Visitas

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AVERIGUACION PREVIA

1.- Antecedentes.

Esta figura Jurídica Aparece en México a partir de la legislación secundaria de 1917, es parte inicial del procedimiento penal, conducida por ente jurídico investido con poder que le otorga la ley para poder investigar la comisión de delitos con el apoyo de sus auxiliares Directos e Indirectos.

2.- Inicio de la Averiguación Previa y los requisitos de procedibilidad.

Es la primera etapa del proceso penal mexicanoPara poder dar inicioes necesario cumplir con los requisitos de Procedibilidad que la ley exige, de tal suerte que empezaremos por nombrar cada uno de ellos: inicia con la presentación de la denuncia o querella

• Constituye primordialmente las actuaciones que lleva a cabo el MP

1. Al actuar como policía de Investigación

2. Al investigar el ilícito

3. Recolectar pruebas

4. Demás elementos que permitan reconocer a los responsables

2.1.- Denuncia

Es la declaración voluntaria que realiza cualquier persona de forma personal o anónima para poner en conocimiento de la autoridad ministerial un hecho constitutivo de delito para que se promueva y ejercite la acción penal.

2.2.- Querella

Es la declaración voluntaria personal que realiza un sujeto que se ve afectado en su persona o en sus bienes por hechos posiblemente constitutivos de delito y que pone en conocimiento a la autoridad ministerial para que se promueva y ejercite la acción penal.

La denuncia o querella pueden formularse verbalmente o por escrito.

3.- Concepto de Averiguación Previa.

Etapa procedimental, durante la cual el órgano investigador realiza todas aquellas diligencias necesarias para comprobar, en su caso los elementos del tipo penal y la probable responsabilidad y optar por el ejercicio o abstención de la acción penal.

“Averiguación Previa” está compuesta de dos palabras que analizadas cada una nos lleva a la conclusión siguiente:

 Averiguación: Indagar en un asunto hasta saber la verdad que se busca, y en el caso concreto, es el MP Federal con auxilio de la policía ministerial quién averigua las circunstancias del crimen para determinar la existencia del delito y la identidad del culpable.

 Previa:Conocer o saber algo con anticipación por medio de ciertas señales o indicios.

4.- Inicio de la indagatoria.

Se deberá tratar de confirmar la existencia del tipo delictivo y la probable responsabilidad de su autor

- brindar ayuda a los damnificados

- aplicar medidas cautelares convenientes

Una vez reunidos cualquiera de estos requisitos el ministerio público inmediatamente ordenara a través de sus auxiliares la verificación de estos hechos, cuando se trate de denuncia anónima se tomara nota de los hechos en el libro de gobierno y se iniciara una Acta Circunstanciada, posterior y una vez que se constataron los hechos podrá elevarse a Averiguación Previa.

Cuando se trate de denuncia o querella y se realice personalmente, se tomara declaración de la o las personas que la realizan apercibiéndolos para que se conduzca con verdad, haciéndole saber de los derechos y las prerrogativas que la ley contempla para ellos, deberá ser ratificada la denuncia o querella en toda y en cada una de sus partes, se le asignara un número y se iniciara la Averiguación Previa.

El ministerio público, bajo su más estricta responsabilidad y en absoluto respeto a los derechos humanos, debe practicar u ordenar todos los actos de investigación necesarios para determinar la existencia del hecho delictivo motivo de la denuncia o querella, y en los casos en que proceda ejercerá la acción penal.

Dirigirá la investigación bajo control jurisdiccional en los actos que resulten intrusivos en la esfera de derechos del imputado.

En el cumplimiento de sus funciones, vigilará que la policía cumpla con los requisitos de legalidad de los actos de investigación que lleve a cabo.

4.1.- Acuerdo de Inicio.

El acuerdo de inicio o radicación de denuncia está elaborado:

• Señalando lugar, hora, día, mes y año en términos del artículo 15 del CFPP.

• En presencia de dos testigos de asistencia en términos del artículo 16 CFPP.

• Por duplicado en términos del artículo 17 del CFPP.

• Evitando el empleo de abreviaturas o raspaduras en las palabras equivocadas, utilizando una línea delgada que permita su lectura, salvándose con toda precisión, antes de las firmas, el error cometido al igual que las palabras entrerrenglonadas en términos del artículo 17 del CFPP.

• Asentando todas las fechas y horas escritas con letra en términos del artículo 17 del CFPP.

• Agregándola al expediente, foliando, rubricando y entresellando las actuaciones en términos del artículo 18 del CFPP.

• Firmando el Ministerio Público de la Federación y los Testigos de Asistencia en términos de los artículos 22 y 26 del CFPP.

Limpieza

• Debiendo estar fundamentado en los artículos 16, 21 y 102 apartado A Constitucional; 3 y 4 fracción I apartado A incisos a), b) y c) de la LOPGR; 1, 2, 17, 18 fracción I y 45 del Reglamento de la LOPGR; 50 fracción I de la LOPJF; 2 fracciones I y II, 113, 123, 124 y 125 del CFPP

Previniendo al denunciante o querellante a que se contraiga describir los hechos sin calificarlos, en términos de los artículos 118 y 119 del CFPP.

• Informando al denunciante o querellante sobre la trascendencia jurídica del acto que realiza en términos del artículo 118 y 119 del CFPP.

• Informando al denunciante o querellante sobre las penas en que incurren quien se produce falsamente ante las autoridades en términos del artículo 118 y 119 del CFPP.

• Informando al denunciante o querellante sobre las modalidades del procedimiento en términos del artículo 118 y 119 del CFPP.

• Asegurándose de la identidad del denunciante o querellante, en todo caso en la legitimación de este último en términos del artículo 119 del CFPP.

5.- Conducción y mando del Ministerio Público Federal.

Art. 21 de la Constitución Federal.

….el MP y las Instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí, para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformaran el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.

El ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público.

El Ministerio Público es un órgano del Estado, quién

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