Acciones Derecho Procesal
Enviado por lilian0709 • 23 de Marzo de 2014 • 1.080 Palabras (5 Páginas) • 1.165 Visitas
Acciones
• Concepto de acción
• Clasificación de las acciones
Acciones Ordinarias, Sumarias y Ejecutivas
Acciones Civiles, Penales y Mixtas
Acciones, Reales, Personales y Mixtas
Acciones Petitorias y Posesorias
Acciones Públicas y Acciones Privadas
Acciones Nominadas e Innominadas
Excepción
• Concepto de excepción
• Clasificación de las excepciones
Exception de incompetencia del juez.
Excepción de falta de legitimidad.
Excepción de litispendencia
Excepción de cosa juzgada.
Excepción de conexidad
Excepción de improcedencia de la vía.
Diferencias entre Acción y Excepción.
Conclusión
Bibliografia
Concepto de acción
En la actualidad la acción tiene su fundamento en la iniciativa (que es de carácter personal) y en el poder de reclamar. En términos generales: iniciativa + el poder de reclamar = acción. Por lo tanto decimos que la acción procesal es un poder que da paso a un derecho completo para reclamar ante un tribunal. La acción es el poder de reclamar la intervención de la justicia frente a la vulneración de un derecho en particular.
ART. 145 Código de Procedimientos Civiles de Puebla
Acción es el derecho que asiste a las personas, para acudir ante los tribunales a solicitar la intervención de la actividad judicial.
Clasificación de las acciones
Acciones Ordinarias, Sumarias y Ejecutivas.
Acción ordinaria. Esta clasificación no se refiere a la acción sino al proceso en el cual la acción se hace valer en tal sentido, acción ordinaria equivale a pretensión que se hace valer en proceso o juicio ordinario.
Acciones extraordinarias. Estas se dividen en :
Acción sumaria equivale a pretensión, que se hace valer en un proceso sumario reduce las garantías propias del Proceso Ordinario.
Acción Ejecutiva es aquella en la cual se pide la efectividad coactiva de un derecho reconocido en una sentencia o en un título ejecutivo.
Acciones Civiles, Penales y Mixtas.
Acciones civiles se entiende tradicionalmente aquellas donde se dirime un conflicto de carácter civil.
Acciones penales aquellas en que el conflicto es de carácter penal.
Acciones mixtas son aquellas que participan cualidades de las acciones reales y las acciones personales.
Acciones, Reales, Personales y Mixtas
La clasificación tradicional en acciones reales, personales y mixtas alude directamente al derecho que es objeto de la Pretensión Procesal.
Acciones reales son donde el actor pretende la tutela de un derecho Real.
Acciones personales son aquellas donde se pretende la tutela de un derecho Personal.
Acciones mixtas son un derecho que participa al mismo tiempo la calidad de Real y Personal.
Acciones Petitorias y Posesorias
El proceso posesorio es normalmente abreviado y de tramites acelerados, tal como corresponde a la necesidad de amparar la posesión y en mas de un caso, el simple orden de cosas establecido en forma inmediata
Acciones Públicas y Acciones Privadas
Estas corresponden a la iniciativa de la demanda.
Por acción pública se entiende aquellas que son promovidas por el órgano del poder público.
Por acción privada se entiende por oposición a la anterior, aquellas por la cual la iniciativa corresponde a los particulares
Acciones Nominadas e Innominadas
Acciones nominadas son aquellas en que el actor podrá mencionar su denominación legal y le serán aplicables todas las disposiciones que rijan a ese tipo de acción, pues la denominación es útil para identificarla con todas sus consecuencias legales procedentes.
Acciones innominadas son aquellas que el legislador no les previó una denominación determinada pero, que intentada no habrá razón para no considerarla y se procederá al desempeño de la función jurisdiccional.
La Acciones
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