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Auto De Procesamiento Penal


Enviado por   •  28 de Abril de 2013  •  449 Palabras (2 Páginas)  •  347 Visitas

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En el caso en el que se hubiese dictado

un auto de prisión, una medida sustitutiva o la

libertad bajo promesa, el Juez deberá dictar

inmediatamente, en base al requerimiento del

fiscal, auto de procesamiento. Los elementos que

debe contener un auto de procesamiento están

enumerados en el artículo 321 del Código y son:

1. Nombres, apellidos del imputado,

nombre usual, en su caso, o cualquier otro

dato que sirva para identificarlo . Esto es de

suma importancia para individualizar a la

persona que se le atribuye el hecho delictivo.

2. La enunciación sucinta del hecho o

hechos sobre los que se recibió la primera

declaración. Estos constituyen el marco fáctico,

que determina la calificación legal del delito.

3. La calificación legal del delito y la

cita de las disposiciones legales aplicables. La

calificación legal surge de los hechos sobre los

que se le tomó la primera declaración al

imputado.

4. Los fundamentos de la decisión y

parte resolutiva. Esta debe ser congruente con

lo establecido en el artículo 11 bis del CPP.

Los efectos del auto de procesamiento

son:

1. Ligar formalmente al imputado al

proceso. No obstante, en base al derecho de

defensa, aunque no se haya dictado el auto de

procesamiento, ello no impide que desde el

primer acto del procedimiento dirigido en su

contra, una persona pueda hacer valer los

derechos que el Código y la Constitución le

otorga (Art. 71 CPP).

2. Fijar el tipo de delito por el cual se

persigue, a partir de la descripción del hecho

delictivo. Este es el principal motivo por el cual

se puede plantear la reforma del auto de

procesamiento, ya que un cambio de calificación

puede posibilitar la reforma del auto de prisión

preventiva. Posteriormente será la acusación y el

auto de apertura los que fijen el delito por el

cual se está persiguiendo.

3. Fijar el momento a partir del cual la

investigación se puede limitar temporalmente

(Art. 323, 324 bis CPP).

El auto de procesamiento podrá ser

reformado, de oficio o a instancia de parte, en

cualquier momento del procedimiento

preparatorio. Para ello se tendrá que celebrar

audiencia en la que se escuche a las partes. En

cualquier caso, ni la tipificación, ni el relato de

hechos, que realiza el juez en el auto de

procesamiento vincula al fiscal al presentar su

acusación, por los siguientes motivos:

1º El fiscal es quien tiene el ejercicio

de la acción penal pública, por lo que es el

órgano competente para, en el marco de la ley,

decidir

...

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