Borrador de Convenio Crédito Solidario - Banca Joven y Universidades
Enviado por Javier Mejia • 20 de Abril de 2019 • Resumen • 762 Palabras (4 Páginas) • 91 Visitas
CONVENIO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ENTRE EL PROGRAMA PRESIDENCIAL CREDITO SOLIDARIO/ PRODUCTO BANCA JOVEN Y UNIVERSIDADES PRIVADAS DE HONDURAS
Los suscritos, CARLOS GUNTHER LAINEZ RIVERA, Licenciado en Comercio Internacional, con tarjeta de identidad número 0601-1975-02390, actuando en mi condición de Director del Programa Presidencial Crédito Solidario, nombrado mediante Acuerdo Ministerial No. 015 SEDIS-02-2015 de fecha 17 de febrero del 2015 y JAVIER ENRIQUE MEJIA BARAHONAL, Master en Administración, con tarjeta de identidad número 0501-1963-02281 actuando en condición de Rector por Ley de la UNIVERSIDAD TENOLOGICA DE HONDURAS – UTH, hemos acordado celebrar este CONVENIO DE COOPERACION Y ASISTENCIA TECNICA con el objetivo de cumplir los alcances del Programa Presidencial Crédito Solidario los cuales están encaminados al fortalecimiento y organización de microempresas con el objetivo de lograr ingresen al sector social de la economía, como nuevos emprendimientos apoyando la generación de empleos. el anterior convenio se regirá por las siguientes clausulas:
CLAUSULA PRIMERA. - OBJETIVO.
El objeto de este Convenio es generar oportunidades de desarrollo empresarial a jóvenes estudiantes universitarios que desean fortalecer o emprender un negocio, a través de un financiamiento con la tasa de interés más baja, acompañado de asistencia técnica especializada, monitoreo y esquemas de trabajo que ayuden a los nuevos emprendedores a lograr a corto y mediano plazo los objetivos trazados, empoderándose de su idea de negocio y contribuyendo a la economía del país como generadores de oportunidades de empleos
CLÁUSULA SEGUNDA. - COBERTURA DEL PROYECTO.
El proyecto será implementado en los 18 departamentos del territorio nacional (donde haya presencia de esta universidad), con fase inicial en el departamento de Francisco Morazán y una expansión paulatina en el resto del país.
CLAUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DEL PROGRAMA PRESIDENCIAL CREDITO SOLIDARIO/ PRODUCTO BANCA JOVEN:
- Fortalecer con fondos del Programa Presidencial Crédito Solidario a la población beneficiada.
- Brindar asistencia técnica a través del Centro de Desarrollo Empresarial (CDE MIPYME) en conjunto con el Programa Presidencial Crédito Solidario (Banca Joven).
- Dar seguimiento y recuperación de los créditos otorgados
- EL PROGRAMA PRESIDENCIAL CREDITO SOLIDARIO/PRODUCTO BANCA JOVEN trabajará según el segundo PCM- 054-2015 financiar emprendimientos de amplio impacto en la generación de empleo con una relación de inversión no mayor de lps, 20,000.00 por empleo generado y utilizando esquemas de garantías, como ser fiduciaria y/o mobiliaria (prendaria)
- Mantener comunicación permanente con las universidades para resolver cualquier contingencia y/o situación no prevista en la prestación de los servicios dentro de EL PROGRAMA PRESIDENCIAL CRÉDITO SOLIDARIO/PRODUCTO BANCA JOVEN, a manera de buscar la solución adecuada en beneficio de todas las partes.
CLAUSULA CUARTA. – OBLIGACIONES DE LAS UNIVERSIDADES
- Cada universidad debe nombrar una persona, quien será el enlace entre el programa Presidencial Crédito Solidario/Banca Joven y las universidades miembros del convenio.
- Mantener comunicación permanente con programa Presidencial Crédito Solidario/Banca Joven, por medio de su representante o enlace, para resolver cualquier situación no prevista en la prestación de servicios, con el fin de buscar la solución adecuada en beneficio de las partes.
- Involucrar con el programa presidencial de crédito solidario a los jóvenes que son parte de los talleres de emprendimiento desarrollados en cada una de las universidades.
- Enlace de cada universidad será el filtro para que cada emprendedor o empresario que se involucre en el Programa Presidencial Crédito Solidario.
CLAUSULA QUINTA: ALCANCES DEL PRODUCTO FINANCIERO
El producto crediticio tendrá como finalidad financiar:
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