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Conceptos de Calidad y Ambiente . Participación de la LGBMA


Enviado por   •  2 de Julio de 2016  •  Ensayo  •  1.499 Palabras (6 Páginas)  •  334 Visitas

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Conceptos de Calidad y Ambiente

Cesar Daniel Lagos Jerez

Normativa de Calidad y Ambiente

Instituto IACC

Abril 24 de 2016.

Desarrollo

INSTRUCCIONES: En base a los contenidos vistos en clase, y a lo que pueda investigar en internet, responda lo siguiente:

1. Explique si el principio de Participación de la LGBMA, se ha utilizado en el análisis y aprobación o reprobación de proyectos ambientales.

Sabemos que la Ley General Base de Medio Ambiente, fue estructurada para que norme toda inversión realizada en el territorio nacional que perjudique o tenga un impacto en el medio ambiente tenga una base legal y consagre el derecho instruido en la Constitución Política de la República de vivir en un ambiente libre de contaminación, para esto el Servicio de Evaluación Ambiental (SEIA) es el organismo encargado de evaluar los proyectos de inversión ya sean públicos o privados, este organismo tiene la facultad de ordenar la ejecución del proyecto, modificar o inclusive rechazar el proyecto según su jurisprudencia (evaluación de impacto ambiental), dando así según la legislación vigente autoridad al SEIA de otorgar estas autorizaciones o rechazos.

Esta ley tienen un característica preventiva, debido a que la institucionalidad le otorga la facultad de revisión de cada proyecto, analizando las potenciales consecuencias para que el organismo gubernamental pueda tomar todas las medidas necesarias para corregir las situaciones anómalas que no cumpla las normativas existentes.

Todas las evaluaciones se llevan a cabo mediante el DIA o Declaración de Impacto Ambiental o un EIA (Estudio de Impacto Ambiental)

Toda la documentación requerida será llevada en jurisprudencia por la CONAMA o sus organismos regionales COREMA según sea el caso, este organismo es el encargado de la coordinación de los procesos que establece la ley, normando así los registros necesarios y plazos de presentación, para ello las especificación legales estas dispuestas en el Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión. Otro de los aspectos relevantes es que la LBGMA dispone que es el Estado quien debe desarrollar programas de monitoreo que evalúen la calidad ambiental, además establece que el Estado debe crear áreas protegidas SNASPE (Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas) que tiene por objeto asegurar la diversidad biológica, la preservación de la naturaleza y conserva el patrimonio medioambiental.

El Estado tienen la obligación de vigilar la calidad ambiental y procurar la mantención de áreas de protección ambiental, además el estado es el encargado de mantener inventarios de flora, fauna silvestre, con la finalidad de proteger las especies que se consideran en peligro de extinción, vulnerabilidad o que estén en franca decadencia en el sistema ambiental.

Otro aspecto relevante es que la LGBMA indica que toda organización que desee invertir tienen un grado de responsabilidad solidario en consecuencia de sus acciones empresariales sean estas directas o indirectamente causada por sus procesos productivos, normando así que todas las empresas deben mantener los recursos que sean necesarios para evitar cualquier situación que genere un impacto ambiental y si este se produjese debe estar dispuesta inmediatamente para intervenir y revertir los procesos contaminantes.

2. De acuerdo al Principio de Participación, señale, contextualice y explique en forma clara a lo menos un ejemplo de aprobación y uno de reprobación de un proyecto industrial.

Los estudios de Impacto Ambiental promueven que toda inversión no solo sea una Inversión sino que además prevea toda la intervención en el medio ambiente y dentro de su inversión presente medidas remediales y preventivas para que el impacto al medio ambiente y a la ciudadanía sea mínima, para estos nos referiremos a proyectos que han presentado gran interés público sobre su construcción, una que es aprobada y otra que fue rechaza por la CONAMA.

HidroAysén.

Proyecto de generación energética de una inversión de unos USD$ 3.200 millones y una capacidad de generación energética de 18.430 GWH de energía anual, la cual proyecta que al año 2020 sería capaz de cubrir un 21% de la demanda generada en el Sistema Interconectado Central. Para su evaluación el año 2011 es nombrado un equipo asesor conformado por 11 consejeros los cual estaban a cargo de aprobar o desaprobar el proyecto, estos consejeros votaron 10 a favor y uno encontrar en mayo del mismo año. Pero no conforme con esta resolución de los asesores diferentes entes de la región presentan recursos legales los cuales en abril del 2012 fue rechazo por la Corte Suprema de Chile desestimando las pruebas presentadas.

El proceso de aprobación del estudio de impacto ambiental fue ingresado el año 2008 ante la CONAMA de Aysén para su correcta evaluación según lo estipula la LGBMA, tras la primera revisión

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