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DERECHO PENAL


Enviado por   •  4 de Mayo de 2013  •  2.020 Palabras (9 Páginas)  •  407 Visitas

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CASO PRÁCTICO 1

Antonio fue a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil (DISCAMEC) del Ministerio del Interior con la intención de proceder a la renovación de su permiso de armas, debía primero lograr la cancelación de éstos. Para lograr este propósito, se puso en contacto con Francisco, policía de la DINANDRO, a fin de que éste le arreglara dicho problema.

Francisco, ante el pedido de Antonio, le pidió US$ 300. Gracias a las gestiones de Francisco, se anularon los antecedentes penales de Antonio, si bien Francisco tuvo previamente que pagar US$ 150 a Eduardo, funcionario encargado de la anulación de antecedentes penales.

Posteriormente, Antonio coincidió con un Inspector de la DISCAMEC, Luis, al que conocía por ser su cliente en el taller de autos propiedad de Antonio. Le explicó la naturaleza de su problema, ante lo cual Luis se le ofreció a solucionarlo ya que hablaría con su superior, no obstante le pidió S/.1,000.00 para los primeros gastos, dinero que le fue entregado.

Pasados unos días, el inspector se presentó en el taller de Antonio haciéndole entrega del permiso de armas obtenido irregularmente.

Para determinar las responsabilidades penales de Antonio, Francisco, Eduardo y Luis; en el caso propuesto; consideraremos analizar la conducta de los involucrados; debemos poner especial connotación a esta apreciación por cuanto lo que regula el derecho penal es la conducta de las personas, y sanciona la contravención a las normas.

Francisco, Eduardo y Luis; concurren en los delitos previstos en el Código Penal de COHECHO PASIVO PROPIO sancionado en el artículo 393°, y Antonio en el delito de COHECHO PASIVO GENÉRICO prescrito en el artículo 397°.

Debemos preguntar ¿Qué busca proteger la norma jurídica?, y nos encontramos que lo que sanciona son los actos de acción u omisión que incurran los funcionarios públicos de manera corrupta, en el desempeño de sus funciones.

El Derecho Penal Sustantivo, es el conjunto de normas o leyes referentes a los delitos, las penas y sus medidas de seguridad con las cuales cuenta el Estado a fin de garantizar una convivencia social en paz y sancionar la conducta antisocial.

Bajo estos criterios debemos precisar que Francisco, Eduardo y Luis han incurrido en los delitos de COHECHO PASIVO PROPIO, y Antonio en el delito de COHECHO ACTIVO GENÉRICO.

Del análisis realizado, considero que Francisco, Eduardo y Luis han incurrido en el delito de COHECHO PASIVO PROPIO; para afirmar esto deberé acotar el desarrollo de la conducta realizada por Francisco; la evidencia del bien jurídico lesionado, en cuanto al normal desarrollo de la administración pública, y; recibe el medio corruptor (el dinero). Concordando con Eduardo la anulación de los antecedentes de Antonio; previo pago de US $ 150; la posición de dominio del hecho que tiene Eduardo al momento de incurrir en el ilícito cometido; contraviene lo prescito en la norma jurídica.

Posterior a estas conductas desarrolladas, Luis que es un inspector de DISCAMEC soluciona el “problema” previo pago de S/. 1000 y le entrega la licencia de portar armas obtenida de manera irregular

El Código Penal, prescribe en su artículo 393° EL COHECHO PASIVO PROPIO, acotando:

<<El funcionario o servidor público que acepta o reciba donativo, promesa, o cualquier otra ventaja o beneficio para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones o el que las acepta a consecuencia de haber faltado a ellas , será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36° del Código Penal>>.

La conducta desarrollada por Francisco, Eduardo y Luis, se encuadra en la figura jurídica contravenida, Francisco al ser funcionario público acepta el “ilegal acuerdo”, cuando en su condición de funcionario debe garantizar el normal desarrollo de las actividades de la función pública; sin embargo al admitir este acuerdo peticiona un “adelanto de US $300”, luego Francisco desarrolla una serie de acciones y eventos que generan la transgresión de la norma jurídica; peticionando a Eduardo la anulación de los antecedentes previo pago de US $ 150.

Debemos concluir señalando una posición con respecto al quebrantamiento de la norma jurídica prevista para el presente caso; en consecuencia el supuesto del quebrantamiento normativo, se encuentra debidamente establecido por cuanto se lesionó el bien jurídico protegido por el Estado, con relación al buen funcionamiento de la administración pública; es así que existe el delito de COHECHO PASIVO PROPIO.

Con este criterio y en este orden de ideas deberemos de considerar que Antonio, ha cometido el delito de COHECHO PASIVO GENÉRICO; conforme se encuentra previsto en el artículo 397° del Código Penal, el cual prescribe:

<<El que, bajo cualquier modalidad, ofrece, da o promete a un funcionario o servidor público donativo, promesa, ventaja o beneficio para que realice u omita actos en violación a sus obligaciones , será reprimido con pena privativa de Libertad, no menor de cuatro ni mayor de seis años>>.

Debo remarcar la ilicitud del delito cometido, se configura al momento de la concertación entre Antonio y Francisco, y; llegan a una “acuerdo” con el ofrecimiento dinerario de Antonio a favor de Francisco; es en ese preciso momento que se activa el delito de COHECHO PASIVO GENÉRICO; sin embargo debemos señalar y precisar que este delito podrá ser únicamente sancionado, si el mismo autor del delito pone en conocimiento de la autoridad competente de la ilicitud cometida; como lo refiere en senda sentencia la Corte Superior de Justicia de Lima, Primera Sala Penal Liquidadora, en el expediente N° 17-07, de fecha cinco de enero de dos mil doce o sea denunciado por alguna persona que ponga en evidencia estos hechos; por eso hoy en día es casi imposible sancionar estas conductas porque en muchas ocasiones los funcionarios ocultan estas acciones.

CASO PRÁCTICO 2

Rosario es una conocida dirigente del Vaso de Leche en un distrito limeño. Su amiga Petra, Regidora de la Municipalidad, bajo cuya administración estaban los fondos destinados al Programa del Vaso de Leche, le pone de manifiesto las muchas posibilidades que tendría que ganar las elecciones por ser una persona querida por el pueblo, ante lo cual, Rosario decide

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