DERECHO PROCESAL
Enviado por jazmincasper • 14 de Marzo de 2014 • 1.735 Palabras (7 Páginas) • 301 Visitas
Guía de derecho procesal.
Tema 11. Los actos jurídicos procesales.
Diferentes especies de actos procesales:
a) Actos procesales de las partes: son los que dan vida a ala situación jurídica procesal; es decir, los que crean, modifican o extinguen las perspectivas, posibilidades y cargas procesales, o la liberación de estas.
(Lícitos e ilícitos).
b) Actos jurídicos de los órganos jurisdiccionales: están constituidos, principalmente, por las resoluciones judiciales, sin que ellas integran la totalidad de los que pueden realizar.
c) Actos procesales de personas extrañas a la relación jurídica procesal: en el proceso no solamente actúan las partes y los órganos jurisdiccionales, sino también personas extrañas que producen determinados actos esenciales, frecuentemente, para alcanzar los resultados que en el proceso se persiguen. Por ejemplo, un perito que formule un perito.
Hechos jurídicos involuntarios o naturales; por ejemplo: el fallecimiento de alguna de las partes, la pérdida de la capacidad, el extravío de autos etc.
Tema 12. Las partes en el proceso.
Sujeto procesal o de sujeto del proceso: corresponde a aquellas personas entre las cuales se constituyen la relación jurídica procesal.
Las partes son, desde luego, sujetos procesales; pero no todos los sujetos procesales son partes. El juez y el Ministerio Publico son sujetos procesales, pero no partes. Entre los sujetos procesales, las partes aparecen como defensoras del interés privado.
La capacidad jurídica: es la equivalente de la capacidad para ser parte.
La capacidad procesal o para obrar en juicio, en nombre propio o en representación de otro, puede definirse como: la facultad de intervenir activamente en el proceso.
Legitimación en causa: es la facultad en virtud de la cual una acción o derecho pueden y deben ser ejercitados por o en contra de una persona en nombre propio.
Cambio de partes en el proceso: es una eventualidad que el legislador tiene en cuenta para darle la oportuna regulación; este cambio no extingue la relación jurídica procesal preexistente, sino simplemente, sucesorio de la relación procesal.
Tema 13. La prueba en el proceso.
Prueba: expresa la acción y efecto de probar, y también la razón, argumento, instrumento u otro medio con que se pretende mostrar y hacer patente la verdad o falsedad de una cosa.
La prueba se dirige al juez, no al adversario, por la necesidad de colocarlo en situación de poder formular un fallo sobre la verdad o falsedad de los hechos alegados, puesto que debe juzgar.
Clasificación de las pruebas:
a) Directas e Indirectas.
b) Reales y Personales.
c) Originales.
d) Históricas y críticas.
e) Constituida (en el proceso) y preo constituida (con anterioridad en el proceso).
Directas: cuando por ellas, sin interferencia de ninguna clase, se demuestra la realidad o certeza de los hechos.
Indirectas: cuando sirven para demostrar la verdad de un hecho, pero recayendo en o por mediación de otros con el que aquel esta íntimamente relacionado.
Reales: cuando el conocimiento se adquiere por la inspección o análisis de un hecho material.
Personales: si conducen a la certeza mediante el testimonio humano.
Originales: cuando se refieren a primeras copias o traslado de un documento, o a testigos presenciales del hecho, y se trata de inoriginales cuando se trata de segundas copias o de testigos que han depuesto por referencia.
Motivos de prueba: son las razones que producen, mediata o inmediatamente, la convicción del juez.
Medio de prueba: corresponde a las fuentes de donde el juez deriva (motivos de prueba) que producen mediata o inmediatamente su convicción.
Procedimientos probatorios: están constituidos por la totalidad de las actividades necesarias para poner al juez en comunicación con los medios de prueba o para declarar la atendibilidad de una prueba.
Objeto de la prueba: son los hechos dudosos o controvertidos.
Hecho imposible: es aquel que, alegado por cualquiera de las partes, pertenece al mundo de la imaginación.
Tema 14. Los sistemas probatorios.
Menciona los diferentes sistemas de prueba:
1. Sistema de la prueba libre: este sistema otorga al juez una absoluta libertad en la estimación de las pruebas; sin taba legal de ninguna especie y la libre selección de las máximas de experiencia que sirven para su valorización.
2. Sistema de la prueba legal o tasada: la valorización de cada uno de los medios se encuentra previamente regulada por la ley, sea cual fuere su criterio personal.
3. Sistema mixto: es la combinación de los principios de la prueba legal y de la prueba libre tiende a resolver el contraste tradicional entre la necesidad de la justicia y la de la certeza.( admitido en la legislación procesal mexicana).
La valorización de la prueba esta a cargo de los códigos de procedimientos.
Tema 15. Las Cargas Procesales En Materia De Prueba.
Carga: es la necesidad de desarrollar una determinada actividad, dentro del proceso, si se quiere obtener un resultado favorable, y supone el peligro de ser vencido, sino se obra con la diligencia necesaria, según las circunstancia del caso.
En relación con la prueba procesal, las partes se encuentran sometidas a una doble carga procesal, la de la alegación o afirmación de los hechos, y la de la prueba de los hechos.la afirmación de los hechos solo es eficaz cuando estos reúnen los requisitos legales que se exigen para que exista la necesidad de probarlos.
La carga de la prueba: representa el gravamen que recae sobre las partes de facilitar el material probatorio necesario al juez para formar su convicción sobre los hechos alegados por las mismas.
Tema 16. Las excepciones de la necesidad de probar.
No necesitan prueba:
a) Las normas jurídicas nacionales.
b) Los hechos notorios.
c) Los que tienen a su favor una presunción legal.
d) Los ya probados, los admitidos y los confesados.
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