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Demanda de Alimentos - Aquino Postigo


Enviado por   •  2 de Julio de 2018  •  Apuntes  •  865 Palabras (4 Páginas)  •  376 Visitas

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Expediente    :

Especialista    :

Escrito         : 01

Cuaderno        : Principal

Sumilla        : Interpongo demanda.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE MBJ PAUCARPATA.-

AQUINO POSTIGO, NOELIA identificada con D.N.I. nro. 41340931, por derecho propio y en representación legal de su menor hijo BRUNO CESAR ALEXANDER COAGUILA AQUINA, con domicilio real con domicilio real en calle José Carlos Mariátegui s/n Centro Poblado de San Francisco B-21, Mariscal Nieto en el departamento de Moquegua y domicilio  procesal en Colón 313, Oficina 306, Edificio San Francisco, Cercado de Arequipa, a Ud. digo:

DEMANDADO:

JOEL DANILO COAGUILA VARGAS, quien domicilia en calle La Unión nro. 313, urbanización San Martin de Socabaya en el distrito de Socabaya.  

PETITORIO.-

Invocando Interés y legitimidad para obrar interpongo demanda de alimentos a efecto de que el demandado acuda con una pensión alimenticia ascendente al 60 % de sus ingresos que por todo concepto como miembro de la Policía Nacional del Perú, a razón del 50 % para mi menor hijo BRUNO CESAR ALEXANDER COAGUILA AQUINO, de 5 años y 7 meses de edad y el 10 % para la recurrente; más las costas y costos que irrogue el presente proceso. Asimismo se me reconozca la tenencia y cuidado de mi menor hijo y se establezca un régimen de visitas a favor del emplazado los días domingos de cada semana, de 8.00 a.m. a 5.00 p.m. la cual será supervisada por la madre.

FUNDAMENTOS DE HECHO.-

  1. Con el demandado he contraído matrimonio con fecha 12 de Setiembre del año 2007 por ante la Municipalidad de Miraflores y fruto de nuestra relación matrimonial hemos procreado a nuestro menor hijo BRUNO CESAR ALEXANDER COAGUILA AQUINO, que en la actualidad cuenta con 5 años y 7 meses de nacido.
  2. Que, el demandado goza de buena posición económica pues labora como miembro de la Policía Nacional del Perú, percibiendo un ingreso aproximado ascendente a la suma de S/. 2,500.00 nuevos soles, los que se le debería agregar el bono policial. El demandado no tiene otras obligaciones por lo que sus ingresos son para el demandado y para cumplir con sus obligaciones alimenticias.
  3. Que, mi hijo cuenta con tres años y once meses de nacido, por lo que requiere mi atención y cuidado y además para su subsistencia requiere de alimentos, vivienda, medicina, escolaridad, recreación y otros gastos propios de su edad y la recurrente por ser su esposa requiere de un apoyo, pues la obligación para con los hijos es de ambos y en estos momentos, la única que se hace cargo de mi hijo es la recurrente pues el demandado se ha sustraído de sus obligaciones.
  4. Asimismo, dejo expresa constancia que, para el cuidado de mi hijo he tenido que recurrir al apoyo de mis padres, ya que para solventar los gastos de mi hijo y los míos propios también laboro, pero ello no me alcanza para cubrir todas las necesidades de mi hijo y los míos propios.
  5. En consecuencia, siendo la obligación de ambos padres, corresponde el otorgamiento de la pensión alimenticia tanto para mi menor hijo, como para la recurrente.
  6. Teniendo la condición de madre y siendo mi hijo menor de edad y teniendo en consideración que mi hijo siempre ha estado a mi lado deberá de otorgárseme la tenencia. En cuanto al régimen de visitas, deberá de establecerse todos los domingos de cada semana de 8.00 a.m. a 5.00 p.m., la cual deberá de ser supervisada por la madre.
  7. Ante la negativa por parte del demandado para cumplir con sus obligaciones, tuve que recurrir al Centro de Conciliación donde se le emplazo para poder conciliar en dos oportunidades y al no haber llegado acuerdo alguno, me veo en la necesidad de recurrir a su despacho en busca de tutela jurisdiccional efectiva.

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA:

  1. De conformidad con lo establecido con el código del niño y del adolescente y sobre todo el interés superior deberá de ampararse mi pedido.
  2. Amparo mi pedido, en lo establecido por el artículo 472 del Código Civil, que establece que los alimentos es todo lo que la persona requiere y es indispensable para su sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
  3. De conformidad con lo establecido por el artículo 481, del Código Civil, la pensión alimenticia debe de regularse teniendo en consideración las necesidades de los menores y la capacidad económica del obligado.

MEDIOS PROBATORIOS.-

  1. Partida de nacimiento de mi menor hijo, con lo que acredito la existencia del menor y sus necesidades que son inherente al ser humano.
  2. Partida de matrimonio, con lo que acredito mi condición de casada.

VÍA PROCEDIMENTAL.-

Le corresponde la vía del proceso único.

MONTO DEL PETITORIO:

Corresponde el 60 % de sus ingresos del demandante que por todo concepto recibe como miembro de la Policía Nacional del Perú que serían aproximadamente S/. 1,500.000 Nuevos Soles.

ANEXOS.-

1-A.- Copia de mi D.N.I.

1-B.- Partida de Nacimiento.

1-C.- Partida de Matrimonio.

POR LO EXPUESTO:

A Ud. pido admitir a trámite la presente y declararla fundada en su oportunidad.

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