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Derecho Agrario


Enviado por   •  10 de Marzo de 2013  •  5.215 Palabras (21 Páginas)  •  246 Visitas

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TENENCIA DE LA TIERRA Y DERECHOS AGRARIOS.

Dr. Isaías Rivera Rodríguez

*

I. ANÁLISIS DE LA PR

OBLEMÁTICA AGRARIA

.

A) UBICACIÓN DE LA PROPIEDA

D SOCIAL EN EL PAÍS, SUS

RAÍCES E IMPORTANCIA

.

El 52% de la superficie del país es pr

opiedad social, ejidos y comunidades, en

tanto que el 40% lo es propi

edad privada; el resto, lo

conforman zonas federales,

espejos de agua, litorales, etcétera.

Los ejidos y las comunidades tienen su or

igen en la combinación de antecedentes

de tenencia de la tierra prehispánico (calpu

lli y altepetlalli) e hispánico (exidos y

bienes de propios), fusionad

os con la conquista.

Por consecuencia, la modalidad de la prop

iedad social cuenta con una profunda

raigambre en nuestro país, ra

tificada mediante el proceso

del reparto de la tierra

(1915/1992).

B) LA CONFLICTIVIDAD AG

RARIA; ORÍGENES, CAUSAS Y

LOCALIZACIÓN.

En México se realizó una de las más prof

undas y exitosas reformas agrarias. La

redistribución de la tierra significó una tr

ansformación de la prop

iedad territorial y

de las formas de producción, así como un im

portante factor en la formación del

mercado interno nacional.

La reforma agraria ha sido un proceso hi

stórico desarrollado en fases, cada una

con propósitos definidos. Del reparto de

la tierra pasó a la colonización del

territorio, la ampliación de la frontera agr

ícola, la modernización tecnológica de la

producción y a la organización de los

productores. Cada una de estas etapas

generó cambios legislativos e institucio

nales para cumplir con eficacia sus

propósitos.

*

Abogado por la Universidad de Guadalajara. Doctor

en Derecho por la UNAM. Autor del libro “El nuevo

Derecho Agrario Mexicano”, Editorial McGraw Hill (s

egunda edición). Profesor y conferencista en Derecho

Agrario. Procurador Agrario de la República.

2

No obstante los esfuerzos y los éxitos

que en su momento se alcanzaron, el

crecimiento del valor de la

producción agropecuar

ia fue en promedio

inferior al

crecimiento de la población total. Al det

erioro del campo y sus niveles de vida

contribuyeron el atraso técnico y la e

scasa diversidad en la producción; el

descenso de la rentabilidad y pérdida de co

mpetitividad; el re

zago en la inversión

pública y la descapitalización; así como la

incertidumbre e inseguridad en la

tenencia de la tierra, básicamente por la

falta de delimitación técnica, distribución

equitativa y asignación legal de los te

rrenos repartidos o reconocidos a sus

legítimos propietarios.

Podemos señalar que el r

eparto agrario se realizó bajo procesos técnicos y

jurídicos imprecisos y sometidos a presio

nes políticas, económi

cas y sociales, lo

que ha generado una probl

emática que debe ser atendida,

creando la necesidad

de regularizar para precisar los derechos

territoriales y resolver los conflictos

agrarios.

Es importante destacar que la mayor pr

esencia de conflictos sobre derechos

agrarios colectivos tienen lugar en z

onas de presencia indígena, implicando

aspectos históricos.

Para lograr la regularización técnica y

jurídica de la propiedad social, se creó el

PROCEDE.

C) VINCULACIÓN DE LA SE

GURIDAD JURÍDICA CON LA

ESTABILIDAD SOCIAL Y EL D

ESARROLLO RURAL INTEGRAL.

La consecuencia inmediata de

la regularización de la pr

opiedad social es la

seguridad jurídica, la certeza de qué le

corresponde a quién, con lo que se

delimitan los derechos de cada

sujeto agrario y en consecuencia se definen sus

alcances.

Esa seguridad jurídica produce estabilidad

social, ya que inhibe los conflictos

individuales o colectivos, o

de darse éstos, deja senta

das las bases para que sean

resueltos con plena justicia, lo que final

mente da por resultado que se produzca el

desarrollo rural integral, es decir, que se

implemente planeació

n, se genere la

inversión y se aliente la transformación y comercialización.

3

II.SITUACIÓN ACTUAL DE LA TE

NENCIA DE LA TIERRA CON LA

APLICACIÓN DE PROGRAMAS

DE CERTIFICACIÓN Y LA

TRANSFERENCIA DE DE

RECHOS PARCELARIOS.

A) PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN

DE DERECHOS EJIDALES Y

TITULACIÓN DE SOLARES (PROCEDE).

Origen y Fundamento Legal

Para hacer frente a la profunda y prolongada

crisis del sector agrario, el 6 de

enero de 1992 se expidieron las reformas

al artículo 27 constitucional, que

marcaron fin al reparto agrario. Se reco

noció a los ejidos y comunidades la

propiedad de sus tierras y

autonomía para sus decisi

ones, siendo la asamblea

general el órgano supremo

de autoridad y decisión.

El 26 de febrero de 1992, con la publicació

n de la Ley Agraria reglamentaria del

artículo 27 constitucional, se establec

en las pautas normativas para la

organización de la vida interna de los ejidos y comunidades, las formas de relación

y de asociación de los productores rurale

s, las instituciones gubernamentales

responsables del agro y la manera de impartir justicia agraria.

Este ordenamiento, también

establece la facultad de la

asamblea para delimitar y

destinar sus tierras, a parti

r de lo cual incluso se podrá adquirir el domino pleno.

Para ampliar los instrumentos que permita

n garantizar la seguridad jurídica de los

campesinos en la tenencia de la tierra, se

expidió el Reglamento de la Ley Agraria

en Materia de Certificación de Derechos Eji

dales y Titulación de Solares, el 6 de

enero de 1993. Este Reglament

o establece los procedimi

entos y lineamientos para

que en un marco de absol

uta autonomía y pleno respet

o a la voluntad de los

núcleos agrarios se lleve a cabo la

...

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