Derecho Personal
Enviado por zlataban • 30 de Septiembre de 2012 • 501 Palabras (3 Páginas) • 549 Visitas
Clasificación
Primero: Tesis dualistas que postulan la separación absoluta entre los derechos reales y personales.
Segundo: Doctrinas monistas que afirma la identidad de los derechos reales y personales.
Tercero: Doctrinas eclécticas que reconocen una identidad en el aspecto externo de estos derechos patrimoniales y una separación o diferenciación en el aspecto interno.
Escuela Clásica
Los autores de esta escuela, principalmente Aubry y Rau y Baudry Lacantinerie, piensan que hay una separación irreductible entre los derechos reales y los personales.
En el derecho personal, la escuela clásica no encuentra ninguna de estas características. El derecho de crédito o personal se define como una relación jurídica que otorga al acreedor la facultad de exigir del deudor una prestación o una abstención de carácter patrimonial.
El derecho real tiene por objeto un bien ; hay una relación como dijo Baudry Lacantinerie, directa e inmediata entre el titular y la cosa. La cosa es el objeto directo del derecho real. En este aspecto se ha atribuido a la escuela clásica la opinión personal de Baudry Lacantinerie en el sentido de que el derecho real es esa relación directa.
En el derecho personal, su objeto es una prestación o una abstención del deudor. Podríamos decir, aclarando las ideas de la escuela clásica, que el objeto en el derecho de crédito es una conducta del deudor y en el derecho real un bien, una cosa, para afirmar de esta manera la distinción absoluta entre la simple conducta que debe prestar el deudor en el derecho de crédito y el aprovechamiento económico que tiene el titular en el derecho real para usar, gozar o disponer de una cosa.
La preferencia en el derecho real se rige por dos principios:
1. El que es primero en tiempo, es primero en derecho, dentro de la misma categoría de derechos reales.
2. La mejor calidad de derecho real le otorga preferencia sobre derechos reales de inferior categoría, aun cuando sean constituidos con anterioridad.
Es decir, ante la igualdad de derechos reales, por ser de la misma categoría, la preferencia se establece por el tiempo.
Teoría de Bonnecase
La tesis exegética es hoy día rechazada; en la actualidad Julián Bonnecase presenta una variante de la teoría dualista, afirmando que hay una separación absoluta, no sólo desde el punto de vista jurídico, sino económico, entre los derechos reales y personales. Bonncase acepta todas las diferencias que señala la escuela clásica, pero reconoce que éstas deben tener una explicación y que ésta depende de la naturaleza económica diversa que constituye el contenido de los derechos reales y personales.
Fenómenos Económicos:
1. La apropiación de la riqueza
2. La prestación del servicio
Son fenómenos primarios de toda colectividad. Desde que el hombre
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