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Dereco Agrario


Enviado por   •  31 de Marzo de 2015  •  407 Palabras (2 Páginas)  •  166 Visitas

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Es la rama del derecho que se ocupa de regular jurídicamente la actividad agrícola, entendiéndose por tal, la agricultura, la ganadería y la silvicultura (actividad forestal) y actividades a ellas conexas. Agrario se deriva del vocablo latino “ager” que quiere decir campo, siendo esta actividad (la rural) en Roma, la más importante como fuente de su economía; y las cosas destinadas a esa actividad en los primeros tiempos eran consideradas res mancipi, y necesitaban solemnidades para su transmisión (la mancipatio). La actividad rural en los tiempos modernos perdió terreno como fuente de riqueza de los estados, frente al crecimiento del sector industrial y de servicios.

Derecho Agrario

Frente a la tendencia individualista nacida a partir de la Revolución Francesa, y el creciente dominio del capitalismo, el Derecho Agrario se manifestó como expresión del Constitucionalismo Social, para poner freno a los excesos de lo privado frente a las necesidades colectivas. En las primeras décadas del siglo XX, autores como Giangastone Bolla, en Italia, contribuyeron al desarrollo científico de esta disciplina.

El fin de la agricultura es la producción de alimentos, y materias primas para ser procesadas en la industria. Es una actividad riesgosa ya el clima es un factor del que depende intrínsecamente Las normas de esta rama, que comprenden tanto las de derecho público como las de derecho privado, se refieren a los derechos y obligaciones de los particulares y del estado con respecto a la explotación de los recursos de la tierra en el ámbito rural.

Si bien las leyes varían en cuanto a los países que lo regulan, el Derecho Agrario trata de imponerse como una rama autónoma del derecho, aunque algunos autores le nieguen esta condición. Se la considera también parte del Derecho Social pues tiende a la justicia social en el reparto de tierras, y al bien común.

En España está muy desarrollado el estudio del Derecho Agrario, aunque no existe un Código Agrario. Sus normas se asientan sobre principios como el de la función social de la propiedad, protección a la empresa comunitaria, una política de acceso a la propiedad de la tierra, la lucha por dimensiones mínimas de explotación, y fomento de las cooperativas.

En México las leyes agrarias tienen sustento constitucional (art.27) dirigidas a regularlas con función e interés social, y allí hay tribunales agrarios autónomos, que aplican la gran cantidad de leyes dictadas en esta materia, aunque tampoco hay un Código Agrario.

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