EL PODER DEL ESTADO ARTICULO 124. LAS FACULTADES QUE NO ESTAN EXPRESAMENTE CONCEDIDAS POR ESTA CONSTITUCION A LOS FUNCIONARIOS FEDERALES, SE ENTIENDEN RESERVADAS A LOS ESTADOS.
Enviado por AnaSlna • 24 de Enero de 2017 • Apuntes • 1.784 Palabras (8 Páginas) • 400 Visitas
GUÍA TEMÁTICA DEL SEGUNDO EXAMEN PARCIAL DE DERECHO CONSTITUCIONAL
1.- EL PODER DEL ESTADO ARTICULO 124. LAS FACULTADES QUE NO ESTAN EXPRESAMENTE CONCEDIDAS POR ESTA CONSTITUCION A LOS FUNCIONARIOS FEDERALES, SE ENTIENDEN RESERVADAS A LOS ESTADOS.
Estado = Federación
La Federación desde el punto de vista Estatal es una esfera de competencia.
Tres esferas de competencia; Federación, Estados o Entidad Federativa y los Municipios. No hay jerarquía entre las diversas esferas de competencia, si no el porcentaje de esfera de competencia de uno a otros.
2.- LA DIVISIÓN DE PODERES ARTICULO 49
El poder es único e indivisible lo que es divisible es el ejercicio del poder, más no el poder.
Los poderes federales son 3 en cuanto al esquema Ejecutivo legislativo y judicial
3.- EL PODER LEGISLATIVO FEDERAL Y SU FUNCIÓN ARTICULO 50. EL PODER LEGISLATIVO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SE DEPOSITA EN UN CONGRESO GENERAL, QUE SE DIVIDIRA EN DOS CAMARAS, UNA DE DIPUTADOS Y OTRA DE SENADORES.
- Se encarga de proponer, estudiar, discutir, votar, aprobar y rechazar las iniciativas de ley que presente el propio poder legislativo.
- Asuntos esenciales de la vida pública como la vigilancia del desempeño del Ejecutivo.
- Crear y recrear un marco de acción para las relaciones económicas, políticas y sociales del país.
4.- EL CONGRESO DE LA UNIÓN Y SU COMPOSICIÓN 500 diputados (cámara alta) y 128 senadores (cámara baja) Sistema bicameral simétrico porque cada cámara tienen facultades propias que no comparte con la otra, tienen igual importancia.
5.- LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y SU INTEGRACIÓN 3 años en su cargo art 51 500 diputados , 300 de ellos (60%) se eligen por un pricnipio de mayoria relativa, (40%) 200 son por representación proporcional, es decir que no votamos.
ARTICULO 55.- Requisitos para ser diputado
- Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.
- Tener veintiún años cumplidos el día de la elección;
- Ser originario de la entidad federativa en que se haga la elección o vecino de esta con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella.
- No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería
6.- LA FORMA DE ELECCIÓN DE LOS DIPUTADOS DE MAYORÍA RELATIVA
ARTICULO 53 electos mediante el voto directo y secreto de la ciudadanía en los trescientos distritos electorales que conforman el país. Se asigna el triunfo los candidatos que directamente obtuvieron el mayor número de votos. LA DEMARCACION TERRITORIAL DE LOS 300 DISTRITOS ELECTORALES UNINOMINALES SERA LA QUE RESULTE DE DIVIDIR LA POBLACION TOTAL DEL PAIS ENTRE LOS DISTRITOS SEÑALADOS. (Tomando en cuenta el último censo)
7.- LA FORMA DE ELECCIÓN DE LOS DIPUTADOS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL ARTICULO 53 no los elegimos nostros. Son nuestros representantes electos mediante el porcentaje de votos que cada partido político obtiene en cada una regiones electorales. 1er requisito inscribir 200 de los 300 de mayoría relativa. 2.- Haber obtenido el 3% de votos del total de la población nacional. Ningún partido debe tener 300 diputados. Por votaciones internas de cada partido Por elección directa del presidente del partido Por una lista en donde entran algunos de los que se han postulado y no ganaron
8.- LA FORMA DE ELECCIÓN DE LOS SENADORES ARTICULO 58 ,LOS MISMOS REQUISITOS PARA LOS DIPUTADOS, MENOS LA EDAD QUE ES DE 25 AÑOS cada 6 años ARTICULO 56 .- por 128 senadores, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán electos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado por principio de minoría. Los 32 senadores restantes serán elegidos por el principio de representación proporcional, votados en una sola circunscripción plurinominal nacional.
9.- TIPOS DE ATRIBUCIONES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN
Articulo 73 .- no todas son legislativas.
1.- ADMITIR NUEVOS ESTADOS A LA UNION FEDERAL
5.- Cambiar la residencia de los poderes supremos. Art. 44 en caso de que se cambie la sede.
Frac. VII .- IMPONER LAS CONTRIBUCIONES NECESARIAS A CUBRIR EL PRESUPUESTO;
Frac. VIII.- Deuda pública es un renglón importante del gasto público (aprobación de la deuda)
Frac. XXIX .- Comercio Exterior, aprovechamiento de recursos naturales: hidrocarburos, energía eléctrica, gasolina etc.
Frac. XII.- Declarar la guerra
10.- LAS ATRIBUCIONES EXCLUSIVAS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA DE SENADORES Diputados 74
EXAMINAR, DISCUTIR Y APROBAR ANUALMENTE EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION. Presupuesto (cantidad líquida predeterminada, puede disminuir o aumentar)
- Fracción cuarta: Una vez aprobados los Ingresos por el Congreso de la unión, se realiza el Presupuesto de Egresos de la Federación.
- Cantidad líquida, es una estimación, cálculo.
- Lo llamado Gasto Público. Ley Federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria. Se toma como referente el presupuesto del año pasado de cada Institución Pública, SHCP (hacienda tiene la atribución de modificar el presupuesto con base en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación) da como fecha máxima entregar a principios de agosto para que éste sea presentado por el Presidente el 8 de septiembre de cada año ante esta Cámara de Diputados el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Los Diputados lo modifican (facultad conferida en este artículo).
- Fecha límite de aprobación del Proyecto de Egresos de la Federación, 25 de noviembre. Una vez aprobado adquiere el Proyecto de Presupuesto de Egresos el nombre de Presupuesto de Egresos de la Federación, se publica en el Diario Oficial de la Federación. También se contempla en el Presupuesto de Egresos de la Federación la Deuda Pública.
- Participación exclusiva de los Senadores Art. 76 Constitucional
- Fracción Quinta: “ V. Declarar, cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de un Estado, que es llegado el caso de nombrarle un Gobernador provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales del mismo Estado. El nombramiento de Gobernador se hará por el Senado a propuesta en terna del Presidente de la República con aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes, y en los recesos, por la Comisión Permanente, conforme a las mismas reglas. El funcionario así nombrado, no podrá ser electo Gobernador constitucional en las elecciones que se verifiquen en virtud de la convocatoria que él expidiere. Esta disposición regirá siempre que las constituciones de los Estados no prevean el caso”. Casos de Oaxaca y Guerrero.
11.- EL EJECUTIVO FEDERAL Y SU FUNCIÓN
Art. 80 Constitucional. “Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominará "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos."”.
Doble Faceta del Ejecutivo Federal
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