ESTADISTICA DESCRIPTIVA
Enviado por 15121983 • 11 de Noviembre de 2013 • 3.465 Palabras (14 Páginas) • 279 Visitas
2. Establezca y escriba 2 (dos) semejanzas y 2 (dos) diferencias entre el paro de los empleadores y la huelga de los trabajadores.
SEMEJANZAS
- Tanto la huelga como el paro son derechos reconocidos y garantizados por la ley y por la constitución siempre que se observen las disposiciones del código del trabajo.
- Durante la duración del paro y la huelga los trabajadores no recibirán sus remuneraciones ya que se suspenden sus contratos.
DIFERENCIAS
- Ya que la huelga es la suspensión del trabajo para obtener el mejoramiento de los trabajadores, luego que se reanude el trabajo se lo hará con los respectivos cambios que ha provocado dicha huelga.
- La huelga es la suspensión colectiva del trabajo por parte de los trabajadores unidos, mientras que el paro es la suspensión del trabajo acordada por un empleador o varios empleadores en unión.
-
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 2.2
1. Mediante la utilización de un cuadro, realice y efectúe un estudio comparativo entre el visto bueno y el desahucio.
VISTO BUENO DESAHUCIO
Es un trámite administrativo Es un preaviso por parte de una de las partes
Puede proponerlo tanto el trabajador o empleador ante la autoridad competente. No necesita motivo, solo la voluntad es la que sirve
Este se puede presentar previa determinación de una causa legal. Tiene que ser por escrito, y ante el Inspector de Trabajo.
Dicho trámite se presenta al inspector de trabajo. El desahucio en un Contrato a Tiempo Fijo
Puede ser pedido tanto por el trabajador como por el empleador.
En un Contrato de Tiempo Indefinido, solo el trabajador puede hacer uso de este derecho laboral.
Este trámite se presenta ante el Inspector de Trabajo
Es equivalente a un 25% de la última remuneración por cada año de servicio.
2. Escriba e indique en que consiste el despido intempestivo, las cuantías de las indemnizaciones, forma de calcular el monto de las indemnizaciones y los casos asimilables al despido intempestivo.
DESPIDO INTEMPESTIVO
Este se origina cuando el empleador arbitrariamente da por terminada la relación laboral es decir no existe causa alguna para aquello o a su vez dicha causa existe pero sin embargo el empleador no se rige a los lineamientos prescritos por la ley.
CUANTIAS DE LAS INDEMNIZACIONES
Contrato por tiempo indefinido.- El empleador estará sujeto a pagar la indemnización correspondiente por el despido intempestivo.
Indemnización por despido intempestivo.- Esta se paga de conformidad con el tiempo de servicios del trabajador y según la siguiente escala:
- Hasta 3 años de servicio con el valor correspondiente a 3 meses de remuneración.
- Más de 3 años con el equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio, sin que en ningún caso dicho valor exceda de 25 meses de remuneración.
- El cálculo de las indemnizaciones se hará a base de la remuneración con que el trabajador estaba percibiendo el momento del despido, para el tiempo la fracción de año se tomara como un año completo.
- Si el trabajo fuere a destajo, la remuneración mensual se fijará a base del promedio percibido en el año anterior al despido o durante el tiempo que hubiere servido si no hubiere llegado al año.
- Las indemnizaciones se podrán mejorar en acuerdo mutuo. Si el trabajador hubiere cumplido 20 años, y menos de 25 años de trabajo, continuada o interrumpidamente, adicionalmente tendrá derecho a la parte proporcional de la jubilación a cargo del empleador.
- Si el empleador deja constancia escrita de terminar el contrato individual sin causa justa, la autoridad correspondiente dispondrá que comparezca y de ratificarse el hecho, en las siguiente 48 horas depositar el valor correspondiente por concepto de indemnizaciones. Si el empleador en la comparecencia ratifica que la constancia escrita de despido no es de su autoría o de un representante de la empresa el trabajador deberá reintegrarse inmediatamente a sus labores.
CONTRATO POR TIEMPO FIJO
El trabajador despedido intempestivamente puede escoger entre las indemnizaciones por despido intempestivo o por la indemnización por terminación del contrato antes del plazo convenido.
Indemnización por terminación del contrato antes del plazo convenido. Es igual al 50% de la remuneración total, por todo el tiempo que faltare para la terminación del plazo pactado. Además en el contrato por tiempo indefinido o por tiempo fijo a estas indemnizaciones deberá agregarse la bonificación por desahucio, al igual que el pago de todas las obligaciones derivadas de la relación laboral que a ese momento se encontraren pendientes, con los respectivos recargos que en cada caso señala la ley.
FORMA DE CALCULAR EL MONTO DE LAS INDEMNIZACIONES
Para calcular el monto de las indemnizaciones pertenecientes al trabajador se entenderá como remuneración todo lo que reciba en dinero, servicios o especie o cualquier otra retribución que tenga el carácter normal en la empresa.
Mas no se deberá tomar en cuenta las utilidades, los viáticos, decima tercera, decima cuarta remuneraciones y el decimo quinto y decimo sexto sueldos, los componentes salariales en proceso y el beneficio que representan los servicios de orden social.
En el trabajo por obra o a destajo, si el empleador no cumpliere el contrato o lo interrumpiere deberá pagar al trabajador el valor de la parte ejecutada mas un tanto por ciento que en caso de desacuerdo, será fijad por la autoridad competente.
CASOS ASIMILABLES AL DESPIDO INTEMPESTIVO
- Cuando el trabajador reciba por parte del empleador injurias graves, impuntualidad, falta o disminución del pago, exigencia para que el trabajador ejecute una labor para la que no fue contratada, este podrá dar por terminado el contrato y el empleador deberá pagar una indemnización como si se tratara de despido intempestivo ya que el trabajador dio por terminado el contrato a causa de la actitud del empleador.
- Cuando el trabajador por orden del empleador es cambiado de ocupación actual sin su consentimiento, esto será considerado como despido intempestivo siempre y cuando el trabajador reclamare de tal hecho dentro de los 60 días posteriores a la orden dada por el empleador.
- Cuando el empleador tenga a bien liquidar sus empresas este deberá pagar a los trabajadores la respectiva bonificación por desahucio y la indemnización por despido intempestivo.
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 2.3
1. Elabore un escrito (demanda) sobre abandono intempestivo.
El trabajador que
...