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El derecho penal en el orden social


Enviado por   •  20 de Agosto de 2012  •  Tesis  •  2.298 Palabras (10 Páginas)  •  814 Visitas

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DERECHO PENAL

El derecho penal en el orden social.

El derecho penal forma parte de los mecanismos sociales que tienen por finalidad

obtener determinados comportamientos individuales en la vida social. Procura alcanzar

sus fines declarando con ciertos comportamientos como indeseables y amenazando su

realización con sanciones de un rigor considerable.

Es un instrumento de control social, formal, y tiene una fundamentación racional.

En la terminología moderna forma parte del control social primario.

Las sociedades realizan una selección de comportamientos desviados que serán objeto

del derecho penal. Los criterios de selección son de difícil sistematización.

El derecho penal desde esta perspectiva cumple una función reparadora del equilibrio

social perturbado por el delito.

Se puede afirmar que el derecho penal procura mantener un determinado equilibrio del

sistema social, amenazado y castigado. El castigo entra en consideración cada vez que

la amenaza fracasa en su intención de motivar.

En resumen, el derecho penal forma parte del aparato de imposición necesario para el

mantenimiento de la estabilidad de una sociedad. Se trata de la última instancia de

dicho aparato.

En una consideración puramente jurídica, el derecho penal se caracteriza por ser un

conjunto de normas y de reglas para aplicación de las consecuencias jurídicas que

amenazan la infracción de aquellas.

Lo que diferencia al derecho penal de otras ramas del derecho es, ante todo, la especie

de consecuencias jurídicas que le son propias: las penas criminales, y las medidas de

seguridad. Pero además la gravedad de la infracción de las normas que constituyen el

presupuesto de aplicación de la pena.

El objeto de investigación estará constituido por una descripción del comportamiento

de los órganos de control social frente a determinados hechos sociales.

Como parte del ordenamiento jurídico, el derecho penal, está constituido por

enunciados que contienen normas, y la determinación de las infracciones de estas. Pero

además reglas donde se establecen qué presupuestos condicionan la responsabilidad

penal por los delitos. Finalmente, también describen las consecuencias jurídicas que se

prevén para la infracción de las normas.

Aplicación racional del derecho penal.

Requiere siempre la respuesta a dos preguntas :

1- Si el hecho cometido es delito.

Esta se puede contestar sólo con sí o no. TEORIA DE LA PENA.

2- Cual es la pena que corresponde aplicarle.

Esta exige determinar una cantidad de una determinada especie de pena.

Finalidad del Derecho Penal.

Algunos bienes o cosas del Estado deben ser defendidos bajo amenaza de sanción. Esa

defensa debe tener por finalidad custodiar el orden social y público.

La defensa del orden social se debe llevar a cabo a través de la prevención y posterior

represión del Delito. En este punto existen dos corrientes, al menos para entender

aquello que llamamos delito. La primera, todo aquello que atente contra el orden

social, y la segunda, lo que vaya contra la ética.

La pregunta que deberíamos hacernos va más allá de estas discusiones, debe existir un

Derecho Penal?

La respuesta parecería obvia, no obstante, hoy en se discute la necesidad de la

existencia de un Derecho Penal.

La finalidad del Derecho penal no es únicamente la sanción, sino también la protección

bajo amenaza de sanción de los bienes jurídicos, que tienen como fundamento normas

morales.

No obstante la ley penal no puede ser una protección absoluta de la moral.

La función del derecho penal consiste en la protección de bienes jurídicos. Se trata de

la prevención de la lesión de bienes jurídicos.

En primer lugar debe tenerse en cuenta solo aquellas acciones que representan por lo

menos un peligro objetivo de lesión de bienes jurídicos (Von Liszt).

En segundo lugar la protección de bienes puede comenzar donde se manifiesta una

acción disvaliosa, aunque el bien jurídico no haya corrido un peligro concreto. En este

caso dependería de la dirección de la voluntad del autor (Welsel).

Mientras la función preventiva del derecho penal no se discute, la función represiva no

es aceptada tan pacíficamente.

El derecho penal es la parte del ordenamiento jurídico que determina las acciones de

naturaleza criminal y las vincula con una pena o medida de seguridad.

Es misión del derecho penal amparar los valores elementales de la vida de la

comunidad.

Por una parte puede ser valorada según el resultado que alcanza (valor del resultado o

valor material); por otra parte , independientemente del resultado que con la acción se

obtenga, según el sentido de la actividad en sí misma (valor del acto).

En el orden negativo ocurre , el disvalor de la acción puede ser basado en que el

resultado que produce es digno de desaprobación (disvalor del resultado de la acción);

pero, también, independientemente de la obtención del resultado, una acción que

tienda a un resultado reprobable es digna de desaprobación (disvalor de la acción); p.

ej. la introducción de la mano del carterista en el bolsillo vacío.

El derecho penal persigue, en primer lugar, amparar determinados bienes de la vida de

la comunidad, tales como la existencia del Estado, la vida, la salud, la libertad, la

propiedad, etc. Esa tutela de los bienes jurídicos la obtiene prohibiendo y castigando

las acciones que tienden a lesionarlos; es decir, evitando o tratando de evitar el

disvalor del resultado con la punición del disvalor del acto. Con ello se asegura la

vigencia de los valores positivos ético-sociales de actos.

Esos valores, que radican en el pensar jurídico permanente de un obrar conforme al

derecho, constituyen el substrato ético-social de las normas del derecho penal. El

Derecho Penal asegura su real observancia determinando pena para quienes se apartan

de ellas a través de acciones infieles, indisciplinadas, deshonestas, desleales. La misión

central del derecho penal reside en asegurar la validez inviolable de esos valores

mediante la amenaza y la aplicación de pena para las acciones que se apartan de modo

realmente ostensible de esos valores fundamentales en el actuar humano. Al mismo

tiempo ampara al mismo tiempo los bienes

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