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Estado, Concepto Y Sus Funciones


Enviado por   •  28 de Febrero de 2013  •  2.862 Palabras (12 Páginas)  •  612 Visitas

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"Procesos y Funciones de la Administración Estatal".

En mi opinión personal y lo que he entendido, la Administración Pública Estatal está conformada por los tres Poderes como son el Ejecutivo que es representado por el Gobernador de la Entidad Federativa, el Poder Legislativo que es integrado por los Diputados del Congreso Local y por último el Poder Judicial integrado por el Tribunal Superior de Justicia de cada Entidad Federativa.

El Poder Ejecutivo está integrado por el Gobernador del Estado en los 31 Entidades Federativas y por el Jefe de Gobierno en el Distrito Federal, estos designan a su Gabinete para que se les apoye durante su Administración, se les da el cargo de Secretario de Estado, dentro de las cuales podemos encontrar aquí en nuestra entidad:

1.-Secretaria de Seguridad Pública.

2.-Secretaria de Finanzas y Planeación.

3.-Secretaria del Trabajo y Productividad.

4.-Secretaria de Gestión e Innovación Gubernamental.

5.-Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Publica.

6.-Secretaria de Educación.

7.-Secretaria de Desarrollo Agropecuario.

8.-Secretaria de la Contraloría.

9.-Procuraduria General de Justicia.

10.-Secretaria de Desarrollo Urbano y Obras Publicas.

11.-Secretaria de Salud.

12.-Secretaria de Desarrollo Humano y Social.

13.-Secretaria de Desarrollo Económico.

14.-Secretaria de Turismo.

Así mismo Organismos Descentralizados y Desconcentrados.

Todos estos con la finalidad de apoyar y tratar de mejorar en todos los aspectos a los ciudadanos.

El Poder Legislativo, que está integrado por:

1.- 16 Diputados del Partido Revolucionario Institucional.

2.- 5 Diputados del Partido de Acción Nacional.

3.- 3 Diputados del Partido Revolucionario Democrático.

4.- 3 Diputados del Partido Verde Ecologista de México.

5.- 1 Diputada del Partido del Movimiento Ciudadano.

6.- 1 Diputado del Partido de Nueva Alianza.

7.- 1 Diputada del Partido del Trabajo.

8.- 1 Diputado Independiente.

El Poder judicial está integrado por:

Presidencia

Consejo de la Judicatura

Visitaduría

Escuela Judicial

Orientación Familiar

Departamentos Administrativos (Álvaro Obregón)

Departamentos Administrativos (Leyva)

Primera Sala

Segunda Sala

Tercera Sala

Sala Auxiliar

Sala del Tercer Circuito

Jueces del Primer Distrito Judicial (Cuernavaca-Atlacholoaya).

Jueces del Segundo Distrito Judicial (Tetecala, Morelos).

Jueces del Tercer Distrito Judicial (Puente de Ixtla, Morelos).

Jueces del Cuarto Distrito Judicial (Jojutla, Morelos).

Jueces del Quinto Distrito Judicial (Yautepec, Morelos).

Jueces del Sexto Distrito Judicial (Cuautla, Morelos).

Jueces del Séptimo Distrito Judicial (Jonacatepec, Morelos).

Jueces del Octavo Distrito Judicial (Atlacholoaya-Temixco).

Jueces del Noveno Distrito Judicial (Jiutepec, Morelos).

Juzgados de Primera Instancia, de Control y de Juicios Orales Del Primer Distrito Judicial Del Estado (Cuernavaca).

Juzgados de Primera Instancia, de Control y de Juicios Orales Del Segundo Distrito Judicial Del Estado Con Sede En Jojutla, Morelos.

Juzgados de Primera Instancia, de Control y de Juicios Orales Del Tercer Distrito Judicial Del Estado Con Sede En Cuautla, Morelos.

LA ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL

Es aquel sector de las Administraciones Públicas formado por Administraciones de base institucional con personalidad jurídica propia y fines especiales. Están vinculadas a una Administración Territorial y son creadas para la realización de parte de los fines de esa Administración que les crea.

Son el resultado de un proceso descentralización funcional (descentralizar parte de las funciones de la Administración Estatal). La dependencia es lógica porque son fines propios de la Administración que los crea. La Administración Estatal que les crea se denomina Administración Matriz. También las Comunidades Autónomas y los Entes Locales pueden crear Administraciones Institucionales para el desarrollo de determinados fines.

Otra nota característica es que tienen base institucional: hay que distinguirlas de las corporaciones. Se diferencian de las corporaciones que entre las Administraciones corporativas agrupan a un determinado colectivo para la autogestión de fines propios característicos de esas personas. Las Administraciones Institucionales son fundadas o creadas por una sola Administración y adscritos a un solo fin de esa Administración Matriz.

Clases de Administraciones institucionales.

Los Organismos Autónomos, hasta la LOFAGE, servían para parte de la doctrina Administrativista para designar a todo el conjunto de personificaciones instrumentales o institucionales. A partir de la LOFAGE, la categoría recibe la denominación legal de Organismos Públicos y reserva esa denominación a un tipo de Órganos Públicos, Organismos Autónomos, después otro, Entidades Públicas Empresariales. Existe una tercera categoría: Sociedades Estatales. Son Empresas Mercantiles en Mano Pública.

Las Empresas Mercantiles en Mano Pública no pueden considerarse Administraciones Públicas, tienen una forma privada de personificación.

Clasificación legal de personificación de poderes Públicos.

Organismos Públicos y Privados: Son aquellos que por Ley tienen una actividad sujeta al derecho, es decir solo pueden realizar lo que la ley de permite, en tanto que los privados pueden hacer cualquier cosa que legalmente no esté prohibido. Por ejemplo un ente público, la Asamblea Legislativa o de Representantes o el Ministerio de Hacienda pueden imponer tasas de impuestos, por eso es un ente público, eso no lo pueden hacer los ciudadanos comunes. Dedicarse a un negocio particular como tener en funcionamiento un restaurant, lo puede hacer cualquiera porque es una actividad privada y solamente requerirá de patentes y permisos de operación. En resumen los organismos públicos tienen una finalidad establecida por ley, educación, salud, carreteras, vivienda, etc., que las realizan entes del Estado, el resto de actividades son privadas.

Organismos Autónomos: Un organismo autónomo es ente público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por decreto para no depender del Poder Ejecutivo ni de ningún otro Poder (Legislativo o Judicial), con objeto de actuar con independencia, imparcialidad y objetividad en sus funciones; para efectos presupuestarios y contables;

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