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Fundamentos de derecho agrario


Enviado por   •  5 de Marzo de 2012  •  Ensayos  •  466 Palabras (2 Páginas)  •  1.219 Visitas

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Agrario: deriva del latin ager, agrarium ( campo) aplicándose a todo lo relativo al campo.

Derecho Agrario: conjunto de normas, leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general asi como la doctrina y jurisprudencia que se refiere a la propiedad rustica y explotaciones de carácter agrícola.

1.Origen del ejido: mediante decreto presidencial. El ejido nace para la sustentatividad de las familias, pues a las personas se les dotaca de una porción de tierra para manetenerse . Las sociedades se hicicieran para que se unieran los ejidatarios produzcan o vendan en conjunto.

2. Definicion de ejido: Nucleo de población que tiene personalidad jurídica y patrimonio propio y son propietarios de las tierras 1que les han sido dotados o de las que hubieren adquirido por cualquier otro titulo.

Nucleo de población integrado por campesinos mexicanos por nacimiento con un patrimonio social constituido por tierras, postes y aguas que el estado o ya sea por otro titulo se les hubiera concedido y entregado gratuitamente en propiedad inalienable, inembargable e imprescriptible. Teniendo personalidad jurídica y patrimonio propios ; sujetos a aprovechamiento y explotación , según las modalidades establecidas por la ley.

• CARACTERISTICAS

o Inalienable

o Imprescriptible

o Inembargable

o Personalidad jurídica y patrimonio propios.

Que es un ejidatario:

12: son ejidatarios los hombres y mujeres titulares de derechos ejidales.

Se requiere para ser ejidatario:

I. Ser mexicano mayor de edad o de cualquier edad si tiene a su cargo o se trate de heredero de ejidatario.

II. Ser avecindado del ejido correspondiente.

La calidad de ejidatario se acredita:

I. Con el certificado de derechos agrarios expedidos por autoridad competente.

II. Con la sentencia o resolución definitiva del Tribunal Agrario

III. Con el certificado parcelario o de derechos comunes.

La calidad de ejidatario se pierde:

I. Por la cesion legal de sus derechos parcelarios y comunes.

II. Por renuncia a sus derechos en cuyo caso se entenderán cedados a favor al nucleo de población.

III. Por prescripción negativa.

3. explica la sucesión testamentaria en materia agraria:

El ejidatario tiene la facultad para designar quien debe susceder sus derechos sobre la parcela y los demás inherentes a su cavidad. Formulara una lista de sucesión en que consten los nombres de las personas y el orden de preferencia conforme al cual al hacerse la adjudicación. De derechos a su fallecimiento. Para ello podrá hacerse o designar al conyuge , con cubina o concubinario; en su caso a su ascendiente.

La lista de sucesión deberá ser depositada en el Registro Agrario Nacional o formalizada ante el Fedatario publico.

Cual es el orden a seguir cuando no hay designación de sucesores o cuando

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