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IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO


Enviado por   •  20 de Febrero de 2012  •  5.175 Palabras (21 Páginas)  •  1.104 Visitas

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación: Proyecto a la Ley de Amparo

(Causas de improcedencia)

Jorge Del Rivero Medina1

Sumario: 1. Planteamiento del problema y justificación 2. Causas de

improcedencia del juicio de amparo 3. Reseña comparativa de las causas

citadas en la ley vigente y las propuestas por la Corte. Bibliografía

1. Planteamiento del problema y justificación

¿Debe reformarse la Ley de Amparo o crearse una nueva? Nuestro punto de vista

es claro al responder que es necesario que exista una nueva Ley de Amparo, ya

que se tendría la oportunidad de hacer un ordenamiento más coherente y acabado

acorde con las múltiples instituciones que a lo largo de estos años se han creado

por mérito de la jurisprudencia de nuestro máximo tribunal, además que la

experiencia a demostrado que en los procesos de reforma de leyes la constante

es la omisión de reformas a otros preceptos del mismo ordenamiento que en

muchos casos generan confusión o interpretaciones contradictorias de la propia

ley.

El dedicar esfuerzo y tiempo para plantear una nueva Ley de Amparo, como lo ha

hecho la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de loable, se debe

aprovechar para mejorar considerablemente el ordenamiento legal más importante

de nuestra vida, ya que la manera en que la Ley de Amparo controla al poder

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político en sus excesos o defectos, bien o mal intencionados, produce como

consecuencia necesaria una mejor convivencia social y la más importante; se

traduce en válvula de escape a las presiones sociales y políticas del país.

Justificación

Uno de los temas más importantes de la actual discusión pública en materia de

derecho lo constituye la Ley de Amparo. El asunto es importante debido a que

mediante ese ordenamiento se regula una de las instituciones que mayor número

de funciones realiza en nuestro ordenamiento: un amplio y constante control de la

regularidad constitucional. Es decir, es a través del amparo como se logra que

prácticamente la totalidad de los actos de las autoridades federales, estatales, del

Distrito federal o municipales, sean acordes con lo dispuesto en los artículos

constitucionales.

El juicio de amparo puede utilizarse por ejemplo: para verificar si las detenciones

llevadas a cabo por las autoridades públicas cumplen con lo dispuesto en distintas

garantías constitucionales, si los impuestos establecidos por el legislador

satisfacen los requisitos de proporcionalidad y equidad, si las autoridades locales

no están invadiendo las atribuciones de las municipales, si las reformas

constitucionales se llevaron a cabo conforme al procedimiento que marca el

artículo 135 constitucional, si las autoridades judiciales (prácticamente de

cualquier tipo) desahogaron adecuadamente los procedimientos. Si dejamos de

lado las cuestiones específicas, en general tenemos que mediante el juicio de

amparo los órganos del Poder Judicial de la Federación pueden revisar, y al

hacerlo determinar la validez, de las actuaciones del poder público.

1

Maestro en Derecho por la Universidad Cristóbal Colón. Autos de varias obras en libros de textos

relativos a cuestiones jurisdiccionales en materia procesal. Actualmente Subdirector Académico en

El Colegio de Veracruz.

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Otro punto de amplia importancia sobre la reforma o cambio de la Ley de Amparo

se debe a que prácticamente todos los niveles o modalidades del sistema federal

o de la división de poderes terminan por determinarse en el amparo. Esto toma

especial relevancia si se reconoce que la aplicación de la Ley de Amparo incide

fuertemente en la forma de organización política o, lo que es igual, del poder

público.

Si se aprecia con cuidado tenemos que las normas jurídicas están cuestionando

formas de organización determinadas por las mayorías, en un régimen

democrático. Pues si respecto de un orden jurídico existe la posibilidad de

intervención de cierto tipo de órganos (jurisdiccionales) para revisar si las

actuaciones del poder público son o no acordes al derecho, lo que se tiene en

realidad es que esos órganos pueden determinar si resultan o no válidas las

actuaciones tomadas por las mayorías partidistas o por ciertos órganos

administrativos o judiciales (estatales). Esta revisión implica, por tanto, la

posibilidad de declarar que ciertas formas de ejercicio del poder resultan válidas o

no, o lo que es igual, que ciertas decisiones políticas o diseños institucionales

resultan o no aceptables dentro de un sistema normativo y en la correspondiente

vida política.

EL tema elegido para comentar en este trabajo es el relativo a las causales de

improcedencia del juicio de amparo. Llama la atención que en el proyecto de ley

las propuestas son sólo para la mayor precisión o la introducción de correcciones

menores a los supuestos establecidos en la Ley de Amparo vigente, mas no así

para su completa desaparición o sustitución. Las razones que se invocan al

respecto son ante todo de tipo técnico, en tanto se estima que los propios

supuestos contemplan de forma adecuada elementos tradicionales de todo

proceso, tales como la cosa juzgada, la definitividad, la existencia de perjuicio, etc.

El asunto de las causales de improcedencia se hace consistir más bien en lo que

se estima una inadecuada aplicación por parte de los órganos de justicia, de

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manera que se proponen algunos correctivos para impedir abusos o

interpretaciones irregulares.

2. Causas de improcedencia del juicio de amparo

Debido a la labor desempeñada por Don IGNACIO L. VALLARTA como presidente de

la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se dio cabida a la figura jurídica de la

improcedencia en el juicio de amparo, la cual hasta nuestros

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