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Instrucción Religiosa En El ámbito Educativo


Enviado por   •  7 de Marzo de 2012  •  358 Palabras (2 Páginas)  •  834 Visitas

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Ser laico es ser independiente de cualquier organización o confesión religiosa. La escuela o enseñanza laica es aquélla que prescinde de la instrucción religiosa.

El artículo 7 de la recientemente aprobada Ley Orgánica de Educación trata sobre la educación laica. “El Estado mantendrá en cualquier circunstancia su carácter laico en materia educativa, preservando su independencia respecto a todas las corrientes y organismos religiosos. Las familias tienen el derecho y la responsabilidad de la educación religiosa de sus hijos e hijas de acuerdo a sus convicciones y de conformidad con la libertad religiosa y de culto, prevista en la Constitución de la República”.

El artículo anterior quiere decir que la instrucción religiosa debe ser responsabilidad de la familia y no de la escuela y que si alguna escuela imparte este tipo de clases sea responsabilidad de dicha institución.

El proyecto de Ley Orgánica de Educación (LOE), no excluye la educación religiosa sino que mantiene el precepto de Estado Laico (independiente de cualquier religión).

En cuanto a este tema varias personas en el país comentan que la intención no es otra sino eliminar la formación religiosa de todos los planteles públicos y privados para exaltar solamente los valores de la religiosidad popular como santería y ritos, no compartidos por la mayoría de la población cristiana, sobre todo la católica. "De ser así, el Gobierno violaría el artículo 59 de la Constitución, donde se establece que toda persona tiene derecho a profesar su fe y manifestar sus creencias en público o privado, mediante la enseñanza u otras prácticas.

La autonomía universitaria es otro concepto que entrará en "redefinición" con la nueva ley Orgánica de Educación. Las universidades no pueden ser entes aislados sino que deben convivir con el resto de los niveles educativos, con pertenencia social y democratización en el ingreso de los bachilleres.

En fin de todo esto se puede concluir que no es que se prohibirá la instrucción religiosa en las instituciones sino que no será obligatoria dentro de las actividades previamente establecidas como por ejemplo dentro del pensum de estudio, pueden haber instituciones que impartan estas clases pero las podrían dar como un tipo de actividad extra a las clases que normalmente imparten.

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