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Introducción Al Derecho


Enviado por   •  22 de Abril de 2015  •  1.976 Palabras (8 Páginas)  •  165 Visitas

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Introducción al Derecho.

1. El Derecho.

“En épocas primitivas- y aún en pueblos civilizados- los hombres se hacían justicia por mano propia, ello conducía en general al predominio de la fuerza y no propiamente de la justicia, ya que suele no coincidir el mayor derecho con la mayor fuerza.

Con la evolución de los pueblos hacia formas cada vez más superiores de convivencia social, esa función de administrar la justicia pasa al estado, quien la realiza por intermedio de órganos competentes.

Esta evolución responde a una necesidad, porque la justicia privada desemboca en la injusticia y en el desorden. En cambio, disponiendo el juez de una fuerza superior al de las partes, suficientes como para imponer coactivamente sus decisiones-si ello es necesario- y siendo tercero imparcial en el asunto, resulta que este sistema es el mejor camino para la solución justa y pacífica de los conflictos entre los hombres.”

Concepto. Acepciones.

Una misma palabra puede tener significados diversos.

En nuestra materia tenemos que una misma palabra, Derecho, que se escribe y pronuncia del mismo modo, designa dos cosas distintas, pero relacionadas entre sí: el objeto y la ciencia que estudia ese objeto.

Veamos algunas de las ambigüedades: Derecho como…

• Conjunto de normas: Derecho objetivo o positivo.

• Facultad para hacer algo y respaldado por el Estado: Derecho subjetivo.

• El estudio o reflexión sobre el Derecho: Ciencia del Derecho.

Nos detendremos en:

El derecho como…

Ciencia Jurídica: es aquella que estudia un determinado objeto que ha de ser materialmente un objeto único que se llama derecho; por otro lado tenemos que identificar un objeto que sea jurídico y que sea el único objeto de la ciencia jurídica y que tiene dos acepciones:

Por un lado, el objeto jurídico que se nos presenta a nosotros como facultad y por otro lado, como normatividad jurídica, que significa sistema de normas jurídicas.

Derecho como Normatividad.

El derecho es el sistema de normas coercibles que rigen la convivencia social; o si se quiere como el conjunto de reglas (normas) establecidas para regir las relaciones de los hombres en sociedad, cuya observancia puede ser coercitivamente impuesta a los individuos, y conforme a la justicia.

a) Derecho y Moral.

La sociedad se rige por sistemas de normas. Tanto el DERECHO como la MORAL son sistemas normativos de la conducta humana. Si bien se trata de sistemas normativos distintos, es decir, de normas que rigen la conducta desde distintos puntos de vista, hay que reconocer que ambos rigen toda la conducta humana, pudiendo una misma acción, ser encarada moral y jurídicamente.

La necesidad de diferenciar DERECHO y MORAL es para aclarar la noción del BIEN COMUN.

La diferencia principal la encontramos en el OBJETO FORMAL –> es decir, en el enfoque con que encaran la actividad del hombre

Mientras la MORAL rige la conducta para bien de la PERSONA INDIVIDUAL; el DERECHO rige la conducta en vista al BIEN COMUN.

El BIEN COMUN es la instauración de un orden social que promueva la perfección natural del hombre y no dificulte la obtención del fin último de éste.

La MORAL comprende el orden del fuero interno de las personas, lo que importa una libertad incondicionada.

El DERECHO sólo tiene por objeto la coexistencia de la libertad de cada uno con la libertad de los demás, según una ley universal de libertad.

Al derecho le interesa el resultado de las acciones sin ocuparse de los móviles que las guiaron; por ello puede haber un ORDEN JURIDICO INMORAL, es decir, hechos justos conforme a derecho PERO reprobados por la moral.

PERO no es posible separar de tal manera el derecho de la moral. Porque aún en los simples hechos materiales se tiene en cuenta el “animus” del sujeto.

Identidades.

Ambos, DERECHO y MORAL tienen el mismo:

• OBJETO MATERIAL: que es la conducta humana (la actividad).

• FINALIDAD: El bien o felicidad del hombre.

• SUJETO: El ser humano.

• ORIGEN: La libertad del hombre.

Vinculaciones.

Hay íntima vinculación entre DERECHO y MORAL por la identidad del objeto material, pero si tenemos en cuenta el objeto formal -> podemos pensar que no es posible el bien común si no se respeta y salvaguarda el bien personal -> Desde esta postura el DERECHO estaría subordinado a la MORAL.

Desde otro punto de vista, podemos pensar que el bien común prima sobre el bien personal, en cuyo caso la MORAL estaría subordinada al DERECHO.

SANTO TOMAS DE AQUINO nos dice que: El bien individual puede y debe ser postergado para lograr el bien común PERO a condición de que no afecte un bien personal, porque entonces no resultaría el bien común de tal postergación

b) Ordenamiento Jurídico.

Al derecho positivo de un Estado se lo considera como un conjunto de normas ordenadas y jerarquizadas, entendiendo por esto que existe en este conjunto de normas ciertas supremacías de algunas normas con respecto a otras, lo que hacen del mismo que sea considerado un sistema de normas en donde las mismas no están puestas de manera caprichosa, sino organizadas. Entre ellas existe un orden jerárquico constituido por relaciones de subordinación y coordinación.

Este sistema jurídico abarca todo el derecho de un Estado (Constitución, leyes y todas las normas generales e individuales). Comprende en absoluto todas las normas, desde la más individual hasta la normas de mayor generalidad por supremacía como lo es nuestra Constitución Nacional.

Estructura del Sistema.

Los estudiosos del derecho sostienen que la estructura lógica del ordenamiento jurídico es un orden gradado de diferentes capas de normas (estructura escalonada) que se extiende desde la Norma Hipotética Fundamental hasta las Normas Individuales. Comparan esta estructura con una pirámide en la cual las normas se distribuyen en distintos grados escalonados del vértice (Normas Constitucionales) a la base (Normas Individuales). Esta concepción ha tenido gran difusión y existe a punto tal de que se hable de “pirámide jurídica”. Esta nos permite ver que el fundamento de validez de una norma jurídica radica en otra jerárquicamente superior.

La validez de una norma puede ser formal o material, según queda expuesto en el siguiente esquema:

Formal: cuando la norma es creada por órganos y procedimientos jurídicos establecidos por otra norma superior.

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