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La oralidad en Costa Rica


Enviado por   •  2 de Febrero de 2020  •  Resúmenes  •  1.120 Palabras (5 Páginas)  •  250 Visitas

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Capítulo 2: Marco teórico

2.1 La Oralidad

2.1.1 Concepto

Antes de iniciar, es menester ampliar el concepto de la oralidad, pues en dicho término se basa el tema del escrito, entonces, la oralidad es todo lo que se manifiesta por medio de palabras habladas, o a través de las articulaciones bocales.

En este sentido debe incluirse en el contexto de la oralidad en el proceso civil y sus posibles implicaciones. Entiéndase entonces, que el principio de oralidad radica en la forma de dirigir las audiencias y las diversas etapas del procedimiento.

Actualmente, con la promulgación del Código Procesal Civil vigente en Costa Rica se efectuó un cambio, pues anteriormente existía la necesidad de la oralidad en los procesos, pero la legislación costarricense no contemplaba la oralidad en los procesos, por lo se aplicaba un proceso mixto, escrito y oral, pero no implicaba lo que con el Código actual se aplica.

El Estado esta en el deber de dotar de medios buenos, precisos para que se dé una mejor garantía de los derechos de los ciudadanos, en este sentido, supóngase que la oralidad trae consigo un mejor entendimiento de las partes involucradas en un litigio en contraste, por ejemplo, con lo que serias líneas y líneas de redacciones jurídicas.

Es una forma procesal innovadora, cuando más adelante se apreciará que su esencia radica en los estudiosos del derecho desde las épocas griegas y romanas.

Para diversos doctrinarios el concepto en sí de oralidad es variado, sin embargo, de la información recabada se puede emitir un criterio propio, y es, que la oralidad se fundamenta en la forma de expresión simple que clara con la cual un sujeto manifiesta sus ideas para ser oído por un juez. Aunque, tómese en cuenta que los procesos implicados conllevan a una serie de trámites que deben contemplarse, en los cuales es imposible no utilizar el lenguaje escrito.

2.2 Antecedentes históricos de la oralidad

La oralidad ha estado presente en la vida del ser humano desde tiempos inmemorables, es la forma idónea de comunicarse para las personas, aunque bien con el paso del tiempo y la evolución se han introducido muchas más.

Sin embargo, la oralidad no solo es una forma de expresión, pues también es un principio en los procesos orales, territorios como Grecia, Alemania, y Roma. En Roma, el proceso penal estaba influenciado por la oralidad, primero se procedía a la intimación de demandado, contaba con etapas en donde se escuchan las partes, luego se recibía la prueba ofrecida en caso de que hubiere, y finalmente el juez dictaba sentencia, predominaban la inmediación por parte del juez, la publicidad y claramente la oralidad.

La etapa oral se llamó ordo indicarum privatorum, y fue el primer ejemplo de procedimiento oral, sin embargo, existió gran influencia de la escritura, este proceso se denominaría extraordinaria cognitio, se caracterizó por un excesivo formalismo, escrito secreto y mediato, lo que conllevó a que los procesos orales quedaran atrás

En el derecho alemán se vio el proceso oral como simple y público, aunado a estos también formalista por su influencia religiosa, con la particularidad de que la parte demandante citaba a la parte demandada ante el Tribunal, momento en el cual fijaban fechas para las otras etapas del proceso.

En la Edad Media hubo un retroceso en los procesos orales, pues la gran influencia y fanatismo religioso trajo el formalismo y la escritura, se ven afectadas muchas practicas jurídicas por el derecho romano canónico. Tiene la particularidad de que el juez investiga en secreto,

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