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Ley 100 Del 93


Enviado por   •  18 de Julio de 2014  •  443 Palabras (2 Páginas)  •  283 Visitas

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LEY 100 DE 1993

RESOLUCION 1016/1989

RESOLUCION 1401/2007

JHON JAIRO BARRIOS

Ley 100/1993: El Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia, fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera

Coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales podrán tener acceso las personas y

La comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que este acorde con la dignidad humana,

Haciendo parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de protección

Laboral y asistencia social.

Los principios de prestación de servicios del Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia son:

Eficiencia, Universalidad, Solidaridad, Integralidad, Unidad y Participación, La Ley 100 de 1993 establece la legislación de cuatro frentes generales:

* El Sistema general de Pensiones,

* El Sistema General de Seguridad Social en Salud

* El Sistema General de Riesgos Profesionales

* Los servicios sociales complementarios. El fin principal del Sistema General de Pensiones es asegurar a la población el cubrimiento de los riesgos o

Contingencias derivados de la vejez, la invalidez y la muerte, por medio del reconocimiento de pensiones,

Prestaciones determinadas por la Ley.

Resolución 1016/1989:

1. Que por Decreto 614 de 1984, en sus artículos 28, 29 y 30 se establecen la obligación de adelantar Programas de Salud Ocupacional, por parte de patronos y empleadores.

2. Que es obligación de los patronos o empleadores velar por la salud y seguridad de los trabajadores a su cargo.

3. Que los patronos o empleadores deben responder por la ejecución del programa permanente de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo.

ARTÍCULO 1: Todos los empleadores públicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas, están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de Salud Ocupacional de acuerdo con la presente Resolución.

ARTICULO 2: El programa de Salud Ocupacional consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrollados en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria.

ARTÍCULO 3: La elaboración y ejecución de los programas de Salud Ocupacional para las empresas y lugares de trabajo, podrán ser realizadas de acuerdo con las siguientes alternativas:

a. Exclusivos y propios para la empresa.

b. En conjunto con otras empresas.

C. Contratados con una entidad que preste tales servicios, reconocida por el Ministerio

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