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Ley de impuesto sobre cigarrillos y manufactura de tabacos


Enviado por   •  24 de Enero de 2014  •  Ensayo  •  887 Palabras (4 Páginas)  •  328 Visitas

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Ley de impuesto sobre cigarrillos y manufactura de tabacos:

Objeto de ley:

Regular y recaudar los impuestos o tributos que se generan debido a la producción venta o comercialización de Los cigarrillos, tabaco y picaduras para fumar, importados o de producción nacional destinados al consumo en el país. Mediante Decreto Reglamentario.

Los impuestos que gravan los productos del tabaco tienen como propósito fundamental desalentar el consumo de los mismos por el daño que producen a la salud. Por lo que, se hace necesario establecer además de un impuesto ad-valorem un impuesto específico para tales productos, a fin de lograr los fondos necesarios para sufragar los costos sociales de salud.

El impuesto sobre cigarrillo y manufacturas de tabaco:

Son un tipo de tributo por el cual el estado como sujeto activo de la obligación tributaria recibe ingresos públicos para solventar los gastos; en éste caso surgen de los productores nacionales e importadores de cigarrillos, tabacos y picaduras destinados al consumo en el país. El SENIAT ubica éste gravamen dentro del área de tributos internos e impuestos nacionales.

En información consultada en la página del SENIAT sobre La Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco sancionada por primera vez en 1978, por el Congreso de la República de Venezuela; actualmente la Administración y control del impuesto sobre cigarrillos, tabacos y picaduras, seria ejercida por el Ministerio de Hacienda (hoy Finanzas), a través de la Intendencia de Tributos Internos y de sus dependencias. Igualmente esta ley hace referencia al pago del impuesto teniendo como hecho imponible La fabricación e importación de cigarrillos, tabacos y picaduras la cual indica en su art 1. lo siguiente “Los cigarrillos, tabaco y picaduras para fumar, importados o de producción nacional destinados al consumo en el país, serán gravados con el impuesto que esta Ley establece”, entendiéndose por picaduras de tabaco el tabaco picado usado para fumar. Quedando obligado el contribuyente a la cancelación del mismo mediante tarifas impositivas vigentes estableciendo en el art 2 de la ley.

Porcentaje aplicable a cada uno de la especie para el cálculo del impuesto:

La alícuota del impuesto previsto en la Ley de Impuesto Sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco aplicable a los cigarrillos, tabaco y picaduras para fumar, importados o de producción nacional destinados al consumo en el país, se fija en el setenta por ciento (70%) del precio de venta al público.

Exoneraciones y Exenciones:

El Ejecutivo Nacional podrá exonerar total o parcialmente del pago del impuesto aplicado al tabaco de producción nacional, elaborados en la pequeña industria siempre y cuando cumplan con las condiciones fijadas en la Ley de Impuesto Sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco.

Especie de Producción nacional Destinada a la exportación o consumo en zona franca, puerto libre u otro territorio

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