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Los derechos y obligaciones establecidos en relación con el uso de las TIC


Enviado por   •  29 de Abril de 2014  •  Trabajo  •  3.966 Palabras (16 Páginas)  •  229 Visitas

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Deberes y derechos establecidos relativos al uso de las TIC

Las Tecnologías de la Información y la Comunicación, también conocidas como TIC, son el conjunto de tecnologías desarrolladas para gestionar información y enviarla de un lugar a otro, las cuales abarcan un abanico de soluciones muy amplio e incluyen las tecnologías para la transmisión, emisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza, por hilo, radioelectricidad, medios ópticos, u otros medios electromagnéticos afines, inventados o por inventarse.

En este sentido la red que se forma a través de los diferentes medios electromagnéticos y las diferentes actividades que los medios de comunicación realizan son objeto de regulación jurídica.

Deberes

En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los deberes de los medios de comunicación se encuentran establecidos en el artículo 108, en el Titulo III, Capítulo VI, De los Derechos Culturales y Educativos, así mismo, en dicho artículo la Constitución impone al Estado la obligación de garantizar los servicios de radio, televisión, redes de biblioteca y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información, estableciendo como deber de los centros educativos, la necesidad de incorporar el conocimiento y la aplicación de las Nuevas Tecnologías en los procesos de enseñanza.

Artículo 108:

Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El estado garantizara servicios públicos de radios, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.

Derechos

La consagración del derecho da acceso a la tecnología en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en el propio texto constitucional se puede apreciar la influencia de la tecnología en el ámbito jurídico, al consagrarse el acceso a la tecnología como un derecho fundamental de los ciudadanos, reconociéndose dentro de los derechos culturales, el carácter de interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento y la innovación, tal como lo establece el artículo 110, en el cual el estado reconoce el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y los servicios de información, los cuales se consideran necesarios, por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo, económico social y político, así como, la seguridad y soberanía nacional. El sector privado deberá exportar recursos para los mismos, entre tanto el estado garantizará el complemento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanista y tecnológica.

Artículo 110:

El estado reconocerá el interés público d la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el estado destinara recursos suficientes y creara el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para los mismos. El estado garantizara el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinara los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.

Así mimo en la CBRV, en su artículo en 156, numeral 28, establece que es el Poder Público Nacional quien tiene la competencia sobre "el régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el régimen y la administración del espectro electromagnético".

Artículo 156:

Es de la competencia del Poder Público Nacional:…

…28. El régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el régimen y la administración del espectro electromagnético.

Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL)

En tal sentido y de acuerdo a la competencia que le confiere la máxima norma del nuestro país, el Poder Público Nacional, en el año 2000 publica la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL), con la finalidad de adaptar la legislación a las nuevas tendencias del sector, cambiando la noción tradicional de servicio público por la de "actividad de interés general", correspondiéndole a los particulares prestar el servicio en régimen de libre competencia, dentro de los objetivos de esta ley en materia de tecnológica, se destacan: la promoción a la investigación, el desarrollo y la transferencia tecnológica en materia de telecomunicaciones y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías con el propósito de asegurar el acceso a éstos en condiciones de igualdad a todas las personas. (Art. 01).

Po otra parte en el mencionado instrumento legal, en el artículo 3, se otorgada la competencia para la regulación del sector a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones CONALTEL como ente regulador de las Telecomunicaciones en Venezuela y la Ley de Responsabilidad Socia Radio y Televisión.

ARTICULO 3.

El régimen integral de las telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico, es de la competencia del Poder Público Nacional y se regirá por esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones normativas que con arreglo a ellas se dicten. Las autoridades nacionales, estadales y municipales prestarán a los funcionarios de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, la colaboración necesaria para el cabal, oportuno y efectivo cumplimiento de sus funciones.

Plan Nacional de Telecomunicaciones:

Este derecho constitucional, es desarrollado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), en el año 2000 en el Plan Nacional de Telecomunicaciones, donde se menciona por primera vez la necesidad de incorporar a la Nación dentro de la sociedad de la información.

En el marco de este Plan, se establecen como objetivos primordiales para el desarrollo del país, el fomento del uso de Internet a todos los niveles y la divulgación del conocimiento y el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, destacando entre sus principales lineamientos, la promoción a la investigación y el desarrollo de la transferencia de tecnología en el ámbito de las TIC; el desarrollo y la capacitación del talento humano; la modernización del Estado a objeto de potenciar la calidad de los servicios públicos y la promoción en el uso de las TIC en el

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