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Marco Legal


Enviado por   •  26 de Mayo de 2013  •  952 Palabras (4 Páginas)  •  216 Visitas

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NORMA OFICIAL MEXICANA (NOM)

(OBLIGATORIA)

La Norma Oficial Mexicana es la regulación obligatoria que contiene características que deben cumplir aquellos productos y procesos cuando estos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana, animal o vegetal; el medio ambiente o causar daños en la preservación de nuestros recursos naturales.

La Ley Federal sobre Metrología y Normalización publicada en el Diario Oficial de la Federación el primero de julio de 1992, es el marco Jurídico que reglamenta la expedición y cumplimiento de la NORMA OFICIAL MEXICANA.

LA EMISION DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA

La Norma Oficial Mexicana es emitida por la dependencia de la Administración Pública Federal, según su ámbito de competencia a través de un procedimiento claro, confiable y coordinado.

En la elaboración participan los sectores Público y Privado: Dependencias de la Administración Pública Federal, Industriales, Comerciantes, Investigadores y Consumidores.

Para fortalecer la estructura Nacional de expedición de la NOM se creó la COMISION NACIONAL DE NORMALIZACION que se reúnen periódicamente para coordinar los esfuerzos de las dependencias y aprobar el programa nacional de normalización.

LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS DEBEN CONTENER

La denominación de la norma, su clave y en su caso, la mención de la norma en que se basa.

La identificación del producto, servicio, método, proceso, instalación o en su caso, del objeto de la norma conforme a lo dispuesto a sus fines;

Las especificaciones ó características que correspondan al producto, servicio, método, proceso, instalación o establecimiento que apliquen la norma en razón de su finalidad;

Los métodos de prueba aplicables en relación con la norma y en su caso los de muestreo;

Los datos y demás información que deban contener los productos o, en su defecto sus envases y empaques, así como el tamaño y características de las diversas indicaciones;

El grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales cuando existan;

La bibliografía que corresponda a la norma;

La mención de la, o las dependencias que vigilarán el cumplimiento de las normas cuando existan concurrencia de competencias;

Las otras menciones que se consideren convenientes para la debida comprensión y alcance de la norma.

PROCEDIMIENTO PARA LA PUBLICACION DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA

1.-Se elabora el anteproyecto de NOM de acuerdo al programa nacional de Normalización.

2.-Los anteproyectos correspondientes los elabora la dependencia que le compete, según su área.

3.-El documento obtenido se presenta al Comité Consultivo Nacional de Normalización (CCNN), para que en un plazo no mayor a 75 días naturales, formule observaciones.

4.-La dependencia que elaboró el anteproyecto contestará fundamentalmente las observaciones por el C.C.N.N. en un plazo no mayor de 30 días naturales.

5.-Se publicará íntegramente en el Diario Oficial de la Federación a efecto de que dentro de los siguientes 90 días naturales, los interesados presenten sus comentarios al C.C.N.N. correspondiente.

6.-Al término del plazo el C.C.N.N. correspondiente estudiará los comentarios recibidos, en su caso modificará el proyecto en un plazo que no exceda los 45 días naturales.

7.-Las respuestas y comentarios su publicaran con anterioridad a la NOM.

8.-Una vez aprobadas por la C.C.N.N. respectivo las NOM, serán expedidas por la dependencia competente y

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