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Modelo De Demandas


Enviado por   •  2 de Junio de 2015  •  1.815 Palabras (8 Páginas)  •  211 Visitas

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Cómo es el proceso de demanda filiación extramatrimonial

¿Qué es una demanda? Es un escrito que presentas ante el Juez para pedir que el padre de tu hijo lo reconozca legalmente, le pase sus alimentos y tenga derecho a heredar. La demanda debe ser firmada por un abogado.

REQUISITOS QUE DEBES PRESENTAR PARA LA DEMANDA DE FILIACION EXTRAMATRIMONIAL

• Demanda firmada por abogado

• Copia del DNI de la demandante

• Partida de nacimiento del menor

• Acreditar la relación con el padre: cartas, fotos, regalos, dedicatorias, entre otros documentos

• Datos de dos o tres testigos que sepan de la relación de la madre del niño con el DEMANDADO en el tiempo de la concepción: sus nombres completos, dirección exacta y ocupación.

• Copia del Acta de Conciliación de la DEMUNA, si hay compromiso de parte del DEMANDADO

• Certificado de supervivencia del menor

• Pagar arancel judicial de 35 Nuevos Soles al Banco de la Nación por ofrecimiento de pruebas

• Dirección exacta del domicilio del DEMANDADO

¿DONDE SE TRAMITARÁ LA DEMANDA?

El Juez que puede tramitar su demanda es el Juez de Paz Letrado. (Ley No. 28457)

¿COMO SERÁ EL PROCESO? ¿QUÉ HARÁ EL JUEZ?

Te presentamos el proceso de acuerdo a la Ley No. 28457.

• Presentas la demanda ante el Juez de Paz Letrado.

• El Juez escribe una resolución declarando la paternidad del niño y lo comunica al padre del menor, conocido como DEMANDADO.

• Si el DEMANDADO no responde en el plazo de 10 días, el Juez declarará la paternidad.

• Si el DEMANDADO responde en el plazo de 10 días puede presentar ante el Juez de Paz Letrado su oposición. Podrá hacerlo sólo si acepta someterse a la prueba de ADN.

• Si el DEMANDADO, o padre del niño, no acepta hacerse la prueba de AND, el Juez dirá que su oposición no procede y el mandato del Juez será declararlo como padre del niño.

• Si el DEMANDADO acepta la prueba de ADN y el resultado confirma que es el padre del menor, se da por infundada su oposición y el mandato del Juez será declararlo como padre. El Juez también puede fijar en ese momento la pensión de alimentos para el menor.

• Pero, si el resultado del ADN confirma que NO ES EL PADRE DEL NIÑO, entonces el Juez declara fundada su oposición.

LOS COSTOS DEL PROCESO

Mujer 1.- Vecinita, ya tengo claro cómo es el proceso, pero no hemos hablado de cuánto costará todo este juicio.

Mujer 2.- Hay gastos que la DEMANDANTE, osea la madre que quiere que su hijo sea reconocido, debe hacer, conocidos como Costas y Costos.

Veamos la diferencia entre los dos:

COSTAS: tasas judiciales pagadas al Banco de la Nación

COSTOS: Pago de honorarios de abogado, fotocopias, prueba de ADN.

EL AUXILIO JUDICIALLa Ley Orgánica del Poder Judicial dice que la administración de justicia es gratuita para todas las personas de escasos recursos y para todos los casos expresamente previstos por la ley. Están exonerados de pagos en tasas judiciales los siguientes:

• Las personas que son parte de un juicio y solicitan el auxilio judicial.

• Los demandantes en procesos de alimentos, cuando la pensión que solicitan no excede 20 UIT (Unidades de Referencia Procesal).

Las pruebas de paternidad - ADN

El ADN controla como funciona nuestro cuerpo y qué características heredamos de nuestros padres biológicos. Es lo más preciso para determinar la paternidad de un niño o niña. Esta prueba demuestra al 99.99% quién es el padre o la madre de un niño y al 100% cuando no es el padre o la madre. Se la hace en laboratorios especializados y es muy fácil de tomar, a través de la sangre, pelo arrancado desde la raíz, o frotando un hisopo en la boca hasta conseguir células sueltas.

LUGARES DE TOMA DE PRUEBA DE ADN Y COSTO DEL SERVICIO

• El laboratorio del Ministerio Público da este servicio. Costo aproximado de S/. 1.500.00. Los resultados son entregados en aproximadamente 60 días.

• Existen otros laboratorios privados, pero el servicio es más caro.

¿Y si demuestro que el Omar es el padre de mi hija, me devuelve lo que he gastado?SI. Debes guardar todas las boletas de los gastos que has hecho desde el embarazo y ahora el nacimiento. Por ejemplo de alimentos, parto, pañales, leches especiales, consultas médicas, pago de la prueba de ADN. Si la prueba de ADN demuestra que es el padre del niño (a), el DEMANDADO también deberá pagar todo lo que has gastado en el juicio: honorarios de abogado, tasas judiciales, prueba de ADN, etc.

¿Está el padre de mis hijos obligado a pasar alimentos?Claro que si. Es obligación del padre y la madre dar los alimentos a los hijos, pero si ellos no están vivos o están incapacitados, también es responsabilidad de los familiares más cercanos como, hermanos mayores de edad, los abuelos de los niños, los tíos, o quiénes sean responsables del niño o adolescente.

Pero… ¿puedo exigir solo la alimentación o también para sus estudios, vivienda y medicinas?Si. Para la ley "alimentos" es todo, comida, ropa, vivienda, educación, medicina, recreación y todo lo que tú y yo sabemos se gasta en nuestros pequeños. Y si el niño todavía no ha nacido, también se pueden considerar los gastos del embarazo y el parto.

Pero uno de mis hijos ya

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