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Normas De Aplicación Inmediata


Enviado por   •  21 de Enero de 2013  •  2.148 Palabras (9 Páginas)  •  1.673 Visitas

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NORMAS DE APLICACIÓN INMEDIATA.

Mediante este método se intenta resolver, de manera directa, un problema, derivado del tráfico jurídico internacional con la aplicación de ciertas normas del sistema que, por su naturaleza, excluyen cualquier otro recurso.

Arthur Nussbaum fue de los primeros en determinar este tipo de normas, que llamo normas internas especialmente condicionadas, las cuales diferenció de las normas o reglas conflictuales, pues el contenido de las primeras será suficiente para que, en condiciones definidas, deba(n) ser aplicada(s) por los tribunales locales como cuestión de orden público, sin tener en cuenta si, de acuerdo con las reglas sobre conflictos de leyes, el contrato se halla de otro modo regulado por una ley extranjera.

Elementos básicos:

Se trata de un conjunto de normas del sistema, diferentes de las conflictuales; por su contenido y, en ciertas circunstancias, son aplicables por los Tribunales de manera directa; se les considera cuestión de orden público, y ante la presencia de este tipo de normas no cabe otro recurso sino el de su aplicación inmediata.

Las normas de aplicación inmediata permiten que los tribunales locales las apliquen de manera directa, a diferencia de las normas conflictuales, que son aplicables para determinar que norma jurídica extranjera será la que nos proporcione la solución directa. La aplicación directa se debe a que tales regulaciones se consideran de orden público, es decir, se trata de aquella norma o conjunto de normas del propio sistema que los órganos del Estado encargados de crearlas consideran que involucran intereses que deben ser protegidos enérgicamente y, por lo tanto, no cabe sustituirlas.

Como consecuencia de la naturaleza de estas normas y por su aplicación directa, se excluye la posibilidad de acudir a todo tipo de métodos distintos, como es el caso de la conflictual tradicional.

Se trata de normas en las que se reflejan determinadas políticas legislativas estatales con diferentes objetivos pero que son normas que deben ser aplicadas obligatoriamente y evitando cualquier otro método de aplicación de derecho extranjero o cualquier disposición voluntaria de los particulares sobre dichas normas.

Para Philon Fracescakis se trata de normas que deberán, según la voluntad del legislador, ser aplicadas inmediatamente, pues la posible consideración de un elemento extranjero puede afectar la organización estatal.

Pierre Mayer decía que se trata de una normatividad que el legislador ha decidido que se aplique de modo uniforme a lo largo de todo el territorio como podría ser el caso de la legislación fiscal. De esta forma, una operación jurídica internacional si tiene su origen en territorio mexicano o cae dentro de alguno de los supuestos de esa ley, deberá ser regida conforme a sus disposiciones y, por tanto, dicha operación ha de quedar sujeta al impuesto correspondiente.

Esta disposición se aplica a todos los padres y menores que tengan su residencia en el Distrito Federal, independientemente de que sean originarios de otros países. Normas Materiales. Mediante este método se intenta resolver de manera directa un problema derivado del tráfico jurídico internacional con la aplicación de ciertas normas del sistema que, por su naturaleza, tienen vocación internacional, con exclusión de cualquier otro recurso.

Conceptos básicos.

Existe la posibilidad legislativa nacional para resolver cuestiones derivadas del tráfico jurídico internacional; el medio que se ha de utilizar guarda relación con la naturaleza de la norma correspondiente, y un primer recurso podrá ser aplicar derecho material nacional y si el caso no puede resolverse de esta manera, seguidamente podrá recurrirse a una norma de conflicto.

Ciertos problemas derivados del tráfico jurídico internacional pueden resolverse de modo directo mediante la aplicación de normas materiales nacionales, con exclusión de cualquier otro recurso.

Ejemplo:

Art. 40 de la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial cuando se solicite una patente después de hacerlo en otros países se podrá reconocer como fecha de prioridad la de presentación de aquel en que lo fue primero… De esta manera, el legislador mexicano parte de un supuesto de hecho realizado en el extranjero (el de el registro de una patente) para darle contenido a la hipótesis de su norma nacional. Así para que en México se le pueda otorgar efectos retroactivos al registro de una patente previamente registrada en el extranjero, se tendrá que acreditar ese supuesto de hecho que es el registro en el extranjero. En otras palabras, el legislador mexicano habrá elaborado una parte de su hipótesis jurídica sobre un hecho que debe sucederse fuera del ámbito normal de aplicación de sus leyes (territorio nacional), a fin de que el supuesto de éstas (el efecto de retroactividad) se active.

NORMAS MATERIALES

Las normas materiales en el plano interno son normas con vocación internacional que resuelven directamente el fondo de un asunto derivado del tráfico jurídico internacional y cuya solución, a diferencia de las normas de aplicación inmediata, no está condicionada por una obligatoriedad determinada, sino por razones de certeza o seguridad jurídicas, o bien porque la solución así haya sido planteada por el legislador nacional, pero que en todo caso, ya sea parte del juez que la aplica o del legislador que la emite, hay una voluntad de coordinar su sistema jurídico con lo demás. Las normas materiales pueden ser de origen:

 Interno.

 Internacional.

Según Miaja de la Muela, con tal tipo de regulación no solo se logra prever y solucionar problemas que se presentan fuera del ámbito regular de aplicación de las normas internas, sino también puede conocerse con anticipación una solución contraria a la que el propio ordenamiento tiene

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