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Regimen Laboral En El Sector De La Mineria


Enviado por   •  2 de Octubre de 2012  •  4.738 Palabras (19 Páginas)  •  1.362 Visitas

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IAP

Instituto de Estudios Empresariales

________________________________________

TEMA:

“Régimen Laboral del Sector Minero”

Curso:

Legislación Laboral

Presentado por:

Sánchez Huamaní, Evelyn (Contabilidad)

Barrientos Paolo (Administración)

Docente:

Daniel Yupanqui

Aula: 207– III ciclo

2012

DEDICATORIA

Con todo lo que soy y he logrado ser, te dedico este trabajo, tú que está presente en cualquier lugar, en cualquier momento, circunstancia y hasta donde permitas que sea yo.

Para ti:

Dios

INDICE

Introducción…………………………………………………………… iv

Régimen Laboral del Sector Minero

1. Actividad Minera…………………............................................... 2

2. Derechos Laborales………………………..……………………… 3

2.1 Remuneración................................................................ 3

2.2 Gratificaciones…………………………………………….. 3

2.3 Compensaciones por tiempo de servicios (CTS)........... 3

2.4 Vacaciones…………………………………………………. 3

2.5 Utilidades…………………………………………………… 4

2.6 Jornada de trabajo y descansos remunerados………… 4

2.7 Seguro de Vida…………………………………………….. 5

2.8 Otros derechos laborales……………………………….… 5

3. Día del trabajador Minero………………………………………….. 5

4. Seguridad e Higiene Minera………………………………………. 6

4.1 Derechos…………………………………….……………... 6

4.2 Obligaciones……………………………………………….. 8

5. Jubilación……………………………………………….................. 11

5.1 Sistema Nacional de Pensiones………………………... 11

5.2 Sistema Privado de Pensiones………………………….. 12

6. Seguros social y Complementario de Trabajo de Riesgo…….. 14

7. Conclusiones……………………………………………………….. 15

8. Recomendaciones…………………………………………………. 16

9. Cuadro Sinóptico……………………………………………..….… 17

10. Linografía……………………………………………………………. 18

11. Resumen de Régimen Laboral del Sector Minero……………… 19

INTRODUCCIÓN

La actividad minera es una de las actividades más lucrativas en nuestro país y en el ámbito internacional; sin embargo, su desarrollo conlleva a riesgos para la salud e integridad del trabajador minero.

Es por ello que nuestra legislación nacional ha previsto ciertas medidas para prevenir dichas contingencias, como el Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, y además otorgarle un régimen especial de jubilación, de acuerdo a la legislación vigente.

En el presente informe se desarrollará los derechos y obligaciones del trabajador y empleador en torno a este régimen, los aspectos resaltantes del Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, así como el Sistema de Jubilación en el Sistema Nacional de Pensiones y en el Sistema Privado de Pensiones.

REGIMEN LABORAL DEL SECTOR MINERO

1. Actividad minera

Son actividades de la industria minera, las siguientes: cateo, prospección, exploración, explotación, labor general, beneficio, comercialización y transporte minero.

Las actividades mineras comprenden las realizadas en:

a) Los emplazamientos de superficie o subterráneos en los que se llevan a cabo las actividades siguientes:

- Exploración, desarrollo, preparación y explotación subterránea, a cielo abierto y placeres de minerales metálicos.

- Preparación de mecánica incluida la trituración y molienda.

- Clasificación de no metálicos.

- Concentración.

- Lixiviación o el lavado metalúrgico del material extraído metálico y no metálico.

- Fundición.

- Refinación.

b) Edificios, instalaciones anexas o complementarias, estructuras de ingeniería, tanques de almacenamiento, tuberías en general, generadores, sistemas de transporte, uso de maquinaria, equipo y accesorios en relación con la actividad minera.

2. Derechos laborales

Los trabajadores de la actividad minera se encuentran regulados por las normas del régimen laboral de la actividad privada en cuanto al pago de los beneficios sociales del trabajador.

2.1. Remuneración

El Decreto Supremo Nº 030-89-TR señala que tienen derecho a percibir el Ingreso Mínimo Minero los empleados y obreros de la actividad minera, incluido el personal que labora a través de contratistas y subcontratistas.

El ingreso mínimo minero no puede ser inferior al monto que resulte de aplicar un

25 % adicional al Ingreso Mínimo Legal vigente en la oportunidad de pago. Este pago adicional tendrá las mismas características que la denominada “Bonificación Suplementaria”.

2.2. Gratificaciones

Los trabajadores de la actividad minera tienen derecho al pago de las gratificaciones en el mes de julio y diciembre, de acuerdo a la Ley Nº 27735 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-2002-TR.

2.3. Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)

El pago de la Compensación por Tiempo de Servicios se regula por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR y su Reglamento Decreto Supremo Nº 004-97-TR.

2.4. Vacaciones

Los trabajadores de la actividad minera tienen derecho a treinta (30) días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicios. Asimismo, está condicionado al récord vacacional establecido en el artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 713.

2.5.

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