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Registro Civil


Enviado por   •  28 de Enero de 2014  •  3.275 Palabras (14 Páginas)  •  202 Visitas

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El REGISTRO CIVIL

Es la institución que con carácter de servicios administrativos, tiene a su cargo la inscripción de los hechos afectantes al estado de las personas, para que públicamente conste la versión oficial sobre la existencia, estado y condición civil de cada individuo.

El Registro Civil es un organismo administrativo o servicio público, encargado de dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas naturales, así como otros que las leyes le encomienden.

En el Registro Civil se inscriben los nacimientos, la filiación, el nombre y apellido de las personas, los fallecimientos reales o presuntos, los matrimonios. Asimismo, puede corresponderle, según el país, el registro de las guardas, la patria potestad, las emancipaciones y las nacionalizaciones.

El Registro Civil interesa al Derecho Civil porque tiene que ver con el estado civil de las personas naturales. Deriva del latín “status”, o sea cualidades atribuidas a una persona natural por la ley (“status libertae, familiae y civitatis”). Es típico del Derecho de Familia

Fines del Registro civil

El registro civil tiene por finalidad servir de fuente de información sobre el estado de las personas y suministrar medios probatorios de fácil obtención y señalada eficacia para demostrar el estado de las mismas.

Fines u objetivos específicos están:

Verificar el estado civil de una persona natural.

Registrar el estado civil

Certificar

Informar

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Antecedentes históricos del registro civil en Venezuela

En Venezuela, se introdujo el registro secularizado de modelo francés en 1873 por Decreto de Guzmán Blanco.

Por lo demás, los Registros Parroquiales católicos se siguen llevando y las partidas eclesiásticas conservan valor legal porque: a.- sirven para probar los actos y hechos correspondientes ocurridos antes de 1873, con la advertencia de que sus certificaciones requieren ser expedidas por el Juez de Parroquia o Municipio para que produzcan efectos civiles (C.C. Art. 463) y b.- tienen valor de presunción en los juicios dirigidos a obtener prueba supletoria de la partida (estatal) de estado civil.

Importancia del registro civil

El registro civil es importante ya que debido a los numerosos efectos de estado civil, se necesita una fuente de información con unos medios probatorios que permitan al Estado, a los terceros y al propio sujeto conocer el estado civil de las personas y probarlo sin tener que recurrir a pruebas de dudoso valor.

Debe destacarse que el registro civil, bien organizado, puede y debe prestar grandes servicios, tanto en la esfera del derecho público, como del derecho privado

CARACTERISTICAS DE UN BUEN SISTEMA DE REGISTRO CIVIL

Un buen sistema de registro civil debe ser:

1. Completo: en el sentido de comprender todos los actos y hechos que puedan tener relevancia en materia de estado civil. No se trata solo de registrar los nacimientos , matrimonios y defunciones sino toda la serie de actos y hechos determinantes y modificativos del estado civil de las personas

2. Centralizado: en el sentido de que toda la información relativa al estado civil de una persona se encuentre registrada en una misma oficina y si es posible en un mismo expediente o folio. Para lograr este objetivo se siguen los siguientes procedimientos: a) Anotaciones marginales en las partidas del resto de la información insertada en los libros del Registro Civil, b) Expediente civil único para cada persona, utilizando fichas o tarjetas movibles y c) la utilización de Cartillas familiares, que se abrirían a cada matrimonio, anotando las informaciones respecto de los cónyuges y de sus hijos.

3. Publico: en el sentido de que todas las personas tengan acceso al Registro Civil y puedan Obtener las copias de las actas que estimen convenientes. Se fundamenta legalmente en el artículo 456 y 1928 del Código Civil Venezolano.

Artículo 456: La Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio, los demás funcionarios del estado civil y el Registrador, están obligados a mostrar los libros y comprobantes a quien lo pidiere y a expedir las certificaciones y copias que se soliciten, insertando en estas necesariamente toda nota que apareciere al margen de la partida original

Artículo 1928: los registradores darán a todo el que lo pida, copia simple o autorizada de los instrumentos que haya en su oficina.

Deben igualmente permitir la inspección de los protocolos en las horas fijadas

También darán copia simple o autorizada de los documentos que ser hayan archivado como comprobante de los instrumentos

Valor probatorio de las partidas de estado civil

El valor probatorio de las partidas debidamente registradas determinando por tres reglas legales

Organización del registro civil según las leyes establecidas en Venezuela

• NORMAS GENERALES

1. LOS LIBROS: con respecto a los libros su fundamentación legal se basa en el Código Civil Venezolano en el título XIII del Registro del Estado Civil , Capítulo I De las Partidas en General

ARTÍCULO 445: Los nacimientos, matrimonios y defunciones se harán constar, en la jurisdicción en que ocurran en registros especialmente destinados a este objeto.

ARTÍCULO 446: La Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio llevara por duplicado los registros de que trata el artículo anterior en tres libros, a saber: uno de los nacimientos, , otro de matrimonios y el otro de defunciones.

ARTÍCULO 447: En los primeros quince días del mes de diciembre de cada año, los Concejos Municipales entregaran a la Primera Autoridad Civil de las Parroquias o Municipios comprendidos en el territorio de su jurisdicción, los dos ejemplares de cada uno de los tres libros a que se refiere el artículo anterior. Para los matrimonios que se celebren en el Concejo Municipal o en presencia de los demás funcionarios autorizados para ello por el artículo 82, cada concejo llevara un libro destinado a ese efecto y entregara otro a cada uno de dichos funcionarios.

Todos los libros del Registro Civil reunirán las circunstancias siguientes:

1° Estar en papel florete de orilla.

2°Contener en las primera hojas las disposiciones de este código concernientes a las partidas que se han de insertar y sus respectivos modelo.

3° Estar todas sus hojas marcadas con el sello del Concejo Municipal.

4°Llevar en la última hoja la constancia, firmada por el Presidente del Concejo, del número de folios que contenga el libro, del objeto de este y del año en que ha de emplearse.

2. PARTIDAS O ACTAS: con respecto

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