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Renta gravable


Enviado por   •  20 de Octubre de 2013  •  1.083 Palabras (5 Páginas)  •  317 Visitas

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Renta gravable

Conforme a las disposiciones actuales, la base sobre la que se debe participar a los trabajadores es la renta gravable determinada al amparo de los artículos 16, 17 último párrafo, 132, y 138 último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, según el régimen de tributación de que se trate. Generalmente, la renta gravable es la que resulta de restar a los ingresos obtenidos en un ejercicio fiscal las deducciones autorizadas.

A continuación señalamos algunos de los conceptos que se consideran para determinar la PTU:

Total de ingresos acumulables para ISR(-) Ajuste anual por inflación acumulable(-) Utilidad cambiaria devengada(+) Ingresos por dividendos o utilidades en acciones(+) Utilidad cambiaria exigible(+) Diferencia entre la enajenación de activo fijo y la ganancia acumulable (=) Total de ingresos para la renta gravable.

Total de deducciones autorizadas para ISR(-) depreciación fiscal(-) Ajuste anual por inflación deducible(+) Depreciación contable(+) Dividendos o utilidades que se reembolsen(+) Pérdida cambiaria exigible (=) Total de deducciones para la renta gravable.

Total de ingresos para la renta gravable(-) Total de deducciones para la renta gravable(=) Renta gravable(x) Tasa(=) PTU a distribuir.

Las utilidades correspondientes de 2011, que se reparten en 2012, se deben incrementar con las utilidades que no hubieran sido reclamadas por los trabajadores en 2011.

4) Trabajadores con derecho a PTU

Los trabajadores que tienen derecho a son los siguientes:

a) Trabajadores de planta. Son aquellos que, por tiempo indeterminado, prestan permanentemente su trabajo personal subordinado a una persona, estén o no sindicalizados. Estos trabajadores tienen derecho a participar en las utilidades, cualquiera que sea el número de días que laboraron en el ejercicio fiscal materia del reparto.

b) Trabajadores por obra o tiempo determinado (eventuales). Son los que habitualmente se contratan para una obra específica o por un tiempo determinado, que no constituyan una actividad normal o permanente de la empresa. Estos trabajadores tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa, cuando hayan laborado un mínimo de 60 días durante el año, ya sea en forma continua o discontinua.

c) Ex trabajadores de planta. Despedidos o que renunciaron voluntariamente a su empleo, tienen derecho a participar en las utilidades con el número de días trabajados y el salario percibido durante el tiempo que laboraron en el ejercicio fiscal de que se trate.

d) Ex trabajadores por obra o tiempo determinado (eventuales). Cuando la relación de trabajo haya sido por obra o tiempo determinado, los trabajadores tendrán derecho a participar en las utilidades cuando hayan laborado cuando menos 60 días en forma continua o discontinua en el ejercicio de que se trate.

e) Trabajadores de confianza. Participarán en las utilidades de la empresa con la limitante de que si el salario que perciben es mayor del que corresponda al trabajador sindicalizado o de base de más alto salario dentro de la empresa o establecimiento, se considerará este último salario, aumentado en 20%, como salario base máximo con el cual participarán en las utilidades.

5) Trabajadores sin derecho a PTU

Las siguientes personas no participan en el reparto de utilidades:

-Los directores, administradores y gerentes generales de las empresa.

-Los trabajadores domésticos.

-Personas físicas que sean propietarias o copropietarias de una negociación.

-Profesionales, técnicos, artesanos y otros que en forma independiente prestan servicios a una empresa, siempre y cuando no exista una relación de trabajo subordinada con el patrón.

-Trabajadores eventuales cuando hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal.

6) Individualización de la PTU

Una vez determinada la renta

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