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Resumen de algunos artículos del Código de Trabajo


Enviado por   •  5 de Agosto de 2016  •  Tareas  •  1.648 Palabras (7 Páginas)  •  307 Visitas

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Artículo 1. El código de trabajo regula las relaciones de trabajo dentro del territorio guatemalteco y la resolución de conflictos laborales.

Artículo 2. Se le denomina patrono a toda persona que contrate uno o varios trabajadores mediante una relación o contrato de trabajo.

Artículo 3. Se le denomina trabajador a quien preste sus servicios a otras personas mediante una relación o contrato de trabajo.

Artículo 4. Un representante de patrono es quien administra a nombre de este, en cuanto al trato con el trabajador, las decisiones que este tome obliga directamente al patrono a que las cumpla.

Artículo 5. Un intermediario es quien contrata a nombre propio a varios trabajadores para que trabajen para alguien más, las responsabilidades del patrono recaen directamente sobre el intermediario.

Artículo 6. No se le puede prohibir a una persona trabajar, la constitución de la republica garantiza el derecho al trabajo digno, solamente un juez competente puede declarar a una persona como no apta para trabajar o ser contratada para determinada institución.

Artículo 7. En un perímetro de por lo menos 3 kilómetros (puede variar según lo que dicte la ley municipal) del lugar de trabajo, fabrica o empresa, se prohíbe que existan prostíbulos, cantinas, bares, centros de apuesta y ventas de drogas.

Artículo 8. Es libre la venta dentro de los lugares de trabajo y no se puede cobrar comisión por permitirlas, solamente se negara este derecho si el ejercicio de las ventas perjudicara el ejercicio normal de las actividades de trabajo.

Artículo 9. Se prohíbe dar órdenes o instrucciones en un idioma diferente al español, todo empleado debe comprenderlos, a mi parecer debe hacerse una excepción para el idioma materno, las instrucciones deben ser comprensibles sin discriminar.

Artículo 10. Si los empleados sienten violentados sus derechos y desean exigirlos, son libres de hacerlo y ningún empleador puede impedírselo o reprenderlo.

Artículo 11. Toda documentación legal que se rige en el código de trabajo queda exenta de impuestos de papel sellado y timbres fiscales.

Artículo 12. Son nulos de pleno derecho los actos que impliquen renuncias, disminución de salarios o cualquiera que la legislación vigente otorgue y no obligan a los patronos.

Artículo 13. Se prohíbe la preferencia de empleados extranjeros sobre los guatemaltecos, se debe emplear al menos del 85% de guatemaltecos a menos que las leyes establezcan lo contrario.

Artículo 14. Toda empresa que labore dentro del territorio guatemalteco debe regirse a las normas y disposiciones legales de orden público que marca el código de trabajo. Bis. Queda prohibido discriminar a los empleados por raza, religión, situación económica y política en todo establecimiento que este destinado al beneficio de los trabajadores y tampoco se les podrá limitar el acceso según el monto de lo que devenguen.

Artículo 15. Los casos que no regula este código deben resolverse, por el derecho de trabajo, por equidad, por costumbre y por las leyes de uso común.

Artículo 16. En caso de conflicto entre legislación, predomina sobre las leyes las del trabajo.

Artículo 17. Para la interpretación de este código prevalece el interés de los trabajadores y la conveniencia social.

Artículo 18. El contrato de trabajo es un vínculo jurídico-económico en el que el trabajador queda obligado ante el patrono a prestar sus servicios a cambio de un pago monetario, generalmente, o en especie.

Artículo 19. Cuando la relación de trabajo inicia, también nace el contrato de trabajo, si se incumplen los términos del contrato de trabajo se resuelve conforme a los principios civiles para que el incumplido pague los daños y perjuicios.

Artículo 20. Un contrato de trabajo obliga a observar los derechos y obligaciones del trabajador y del patrono, a proveer las condiciones de trabajo que sean adecuadas, el tiempo, naturaleza del trabajo y forma de prestación del mismo.

Artículo 21. Si el contrato no expresa claramente el trabajo a desempeñarse, el trabajador podrá realizarlo según sus capacidades.

Artículo 22. El contrato deberá incluir las garantías y derechos que las leyes otorgan a los trabajadores.

Artículo 23. Cuando otra persona se convierte en patrono de los trabajadores, los contratos de trabajo no cambian ni se cancelan, el nuevo patrono deberá responder como si fuera quien celebro los contratos.

Artículo 24. El fallo de cualquiera de las partes obligadas en el contrato de trabajo obliga a los que en el incluyan a ser responsables de los daños y perjuicios.

Artículo 25. Hay 3 tipos de temporalidad de contrato, por tiempo indefinido, no especifica su fecha de terminación, por obra determinada, se celebra como pacto por una tarea específica, a plazo fijo, determina fecha de inicio y fecha de culminación del mismo.

Artículo 26. Si la organización se dedica a un trabajo u obra de naturaleza permanente o continuada, el contrato deberá ser por tiempo indefinido y culminara cuando la empresa culmine labores.

Artículo 27. Cuando la tarea a realizar sea agrícola, domestico, se realicen en menos tiempo de 70 días y no se le pague al empleado más de cien quetzales, el contrato será verbal, el trabajador entonces proveerá una tarjeta al trabajador para especificar que es su empleado, cuanto le pagan y por cuanto tiempo les contrataron.

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