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Secretaria de haciendo y credito publico


Enviado por   •  7 de Mayo de 2014  •  Informes  •  766 Palabras (4 Páginas)  •  179 Visitas

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SECRETARIA DE HACIENDO Y CREDITO PUBLICO.

FUNDADO EN EL ARTICULO 90 CONSTITUCIONAL.

El 8 de noviembre de 1821 se expidió el Reglamento Profesional para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarias de Estado y del Despacho Universal, por medio del cual, se creó la Secretaria de Estado y del Despacho de Hacienda.

El Decreto de 23 de febrero de 1867, cambio su nombre por el de Secretaria de Estado y del Despacho Universal de Hacienda y Crédito Publico, así denominan, como Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, señalando, modificando o suprimiendo sus atribuciones.

MARCO JURIDICO Y FACULTADES

La SHCP durante muchos años ha sido la Dependencia Rectora del sistema financiero y tiene a su cargo múltiples e importantes facultades respecto del mismo, las cuales se encuentran establecidas en diversos textos legales entre los principales tenemos: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley orgánica de la Administración Publica Federal; Reglamento Interior de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, Manual de Organización General de dicha dependencia (DOF 6-I-99) y Leyes del Sistema Financiero Mexicano.

Facultades

1) Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema financiero del País.

La SHCP orienta la política del sistema bancario del país y de las instituciones financieras no bancarias.

2) Autorización

La SHCP tiene diversas facultades de autorización, entre las mismas tenemos

キ Constitución

キ Operación

キ Fusión

キ Situación de excepción

3) Emisión de Disposiciones de carácter prudencial

La Secretaria de Hacienda y Crédito Publico emite principalmente regulaciones generales sobre los aspectos:

キ Instituciones de las entidades financieras;

キ Prudenciales para asegurar la solvencia, liquidez y adecuada disposición de las entidades financieras.

4) Interpretación Administrativa

La mayoría de las leyes aplicables a las entidades financieras asignan a la SHCP la facultad de interpretar, para efectos administrativos, los preceptos de dichos textos legales.

Interpretar es aclarar, explicar, o desentrañar el significado de disposición de ley, que están oscuras o ambiguas. Según quien la realiza, puede ser, legislativa, judicial, administrativa o doctrinal.

5) Intervención en Delitos Financieros

A la SHCP, a través de la Procuraduría Fiscal de la Federación le corresponde la facultad de petición para la persecución de ciertos delitos especiales previstos en las leyes financieras, oyendo la opinión del órgano de supervisión correspondiente.

6)

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