ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Sentencia Del Tribunal Constitucional Sobre Papeletas De Transito


Enviado por   •  15 de Mayo de 2014  •  2.534 Palabras (11 Páginas)  •  612 Visitas

Página 1 de 11

EXP N ° 02496-20 I 2-PA/TC

LA LIBERTAD

JORGE LUIS IBAÑEZ VÁSQUEZ

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

En Lima, a los 13 días del mes de noviembre de 2013, la Sala Segunda del Tribunal

Constitucional, integrada por los señores magistrados Mesía Ramírez, Eto Cruz y Álvarez

Miranda, pronuncia la siguiente sentencia

ASUNTO

Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Jorge Luis Ibáñez Vásquez

contra la resolución expedida por la Primera Sala Civil de Trujillo de la Corte Superior de

Justicia de La Libertad, de fojas 127, su fecha 26 de marzo de 2012, que declaró infundada

la demanda de autos en el extremo que pretende que la administración se pronuncie sobre la

prescripción de la papeleta por infracción de tránsito N° 285154.

ANTECEDENTES

Con fecha 6 de junio de 2011, el recurrente interpone demanda de amparo contra la

Myfiicipalidad Provincial de Trujillo y el Servicio de Administración Tributaria de Trujillo

( ATT),/solicitando que se deje sin efecto la Resolución de Gerencia N.° 2025-2011-

AT,r, que declara inadmisible su solicitud de prescripción respecto de la deuda generada

perlas papeletas de tránsito N' 201355, 227533, 238961, 241061, 241487 y 285154 y que

reponiendo las cosas al estado anterior a la afectación constitucional se ordene al SATT a

/dar el trámite correspondiente a su referida solicitud sin condicionarlo al pago de derecho

1 / de trámite. Asimismo, solicita el pago de costos del proceso. Sostiene que se lesiona su

/ derecho de petición.

El SATT contesta la demanda señalando que es que es un Orgari smo

Descentralizado de la Municipalidad Provincial de Trujillo, y que no afectó rerecho

constitucional alguno. toda vez que el pago de derecho de trámite está pr isto y se

encuentra regulado por el artículo 43.° del TUO del Código Tributario y en > TUPA de la

entidad edil, aprobado mediante Ordenanza N.° 074-2009-MPT.

El Procurador público de la Municipalidad Provincial Trujillo contesta la

demanda alegando que la resolución administrativa cuestionad no lesiona ningún atributo

fundamental, toda vez que el pago de tasa administrativa (e echo de trámite) se encuentra

previsto en el TUPA institucional y se sustenta en las uentes de financiamiento de los

gobiernos locales en el marco de la Ley N ° 28411, ey General del Sistema Nacional de

Presupuesto. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EXP N ° 02496-2012-PA/TC

LA LIBERTAD

JORGE LUIS IBÁÑEZ VÁSQUEZ

El Primer Juzgado Civil de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de la Libertad,

con fecha 28 de noviembre de 2011, declara fundada en parte la demanda, ordenando a los

demandados accedan a tramitar la solicitud de prescripción de las papeletas de tránsito N.'

201355, 227353, 238961 y 241061, por estimar que la exigencia del pago del derecho de

trámite afectó el derecho de petición del recurrente; e infundada en el extremo que solicita

que la Administración se pronuncie sobre la prescripción de la papeleta de tránsito N.°

285154, toda vez que ésta no fue mencionada en el petitorio de la solicitud presentada ante

la Administración.

La Primera Sala Civil de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad

confirmó el extremo que fue declarado infundado y que fue apelado por el recurrente por

similar fundamento, agregando que al no existir una solicitud de prescripción respecto a la

papeleta de tránsito N.° 285154, mal podría exigirse que la Administración se pronuncie al

respecto.

FUNDA NIOS

1. Déi/toriación del Petitorio

//pq la revisión de autos se advierte que la presente demanda de amparo se declaró

/

fundada en parte en doble grado constitucional, fojas 97 y 127 respectivamente. Así,

fue estimada en el extremo referido a que la Administración acceda a tramitar la

solicitud de prescripción de las papeletas de tránsito N.°1 201355, 227353, 238961 y

241061 sin exigir al recurrente derecho de trámite; e infundada en el extremo e

solicita que la Administración se pronuncie sobre la prescripción de la pape a de

tránsito N.° 285154, extremo que es recurrido en recurso de agravio con tucional

(fojas 138) y sobre el cual se pronunciará este colegiado.

El recurrente alega que las instancias ordinarias han transido el principio de

celeridad procesal que caracteriza a los procesos constituci ales; pues, si bien en su

solicitud de prescripción de multas de tránsito, que realizí ante el SATT, no se requirió

un pronunciamiento sobre la prescripción de la p eleta 285154, pues aún no se

encontraba prescrita, ésta devino en prescrit., en el curso del procedimiento

administrativo; por lo que, conociendo la pos a del SATT de requerir derecho de

trámite, se solicitó, en la demanda de amp o interpuesta, que se ordene también, a

dicho organismo, a pronunciarse sobre lar escripción de la referida papeleta TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EXP. N.° 02496-2012-P/1,TC

LA LIBERTAD

JORGE LUIS IBAÑEZ VÁSQUEZ

Se observa, entonces, que la pretensión recurrida no es que la justicia constitucional se

pronuncie sobre la prescripción de la papeleta 285154; sino que se determine si el

derecho de petición del actor ha sido vulnerado con la exigencia de pagar derecho de

trámite para que su solicitud de prescripción de la papeleta 285154 sea tramitada por el

SATT.

2. Cuestión Previa

En la presente causa observamos que las instancias ordinarias declaran infundada la

demanda respecto a que el SATT se pronuncie sobre la prescripción de la papeleta de

tránsito N° 285154 por cuanto el actor no lo había solicitado ante la administración.

Es de observarse que el recurrente en su solicitud presentada ante el SATT sólo solicitó

pronunciamiento sobre la prescripción de las papeletas de tránsito Nes 201355, 227533,

238961, 241061, 241487; mas no de la papeleta N° 285154; debido a que en ese

momento el actor consideraba que la misma aún no prescribía. Luego, al momento de

la interposición de la presente demanda de amparo, el actor consideraba que la papeleta

N° 75154 había devenido en prescrita en el curso del procedimiento administrativo;

po j lo que, sabiendo la postura del SATT de

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (16 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com