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Titulos Valores


Enviado por   •  4 de Octubre de 2012  •  353 Palabras (2 Páginas)  •  422 Visitas

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Los títulos valores son documentos que tienen incorporados derechos (Artículo 619 Código de Comercio) y pueden llegar a prestar merito ejecutivo, es decir, se pueden hacer valer frente a una autoridad judicial para que esta ordene el pago de la obligación contenida en el título valor. Los documentos solo cuando cumplan los requisitos exigidos por ley (Artículos 620 y 621 Código de Comercio). Uno de estos requisitos contenido en el artículo 621 del respectivo código, exige que un título valor contenga la firma de quien lo crea, y por otra parte el Código de Procedimiento Civil expresa que para que algún documento preste merito ejecutivo debe poder probarse que este proviene de su causante:

“Articulo 488. Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante y constituyan plena prueba contra él (…..)”.

Según lo anterior, se deduce que es indispensable que un título valor sea original, porque el derecho se encuentra exclusivamente incorporado en él, de no ser así cualquier persona podría hacer valer el mismo derecho cuantas veces quiera según el número de copias que existan del original y no cualquiera puede ser titular de un mismo derecho, ni tampoco se puede hacer valer muchas veces un solo derecho.

Por otro lado, una escritura pública es un documento a través del cual algún hecho se hace constar frente a un notario, los notarios tienen la obligación según el estatuto (Decreto 960 de 1970) bajo el cual se rigen, de recibir y guardar los documentos de los cuales den fe. Es por lo anterior imposible que una escritura pública pueda llegar a constituir un título valor ya que nunca se podrá contar con la original. Sin embargo, los notarios también están obligados a dar copias de los documentos que reposan en su despacho, esto significa que, se puede tener acceso a una copia de escritura pública, y dicha copia podrá constituir un título ejecutivo, esto según el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, el cual permite que las copias tengan el mismo valor probatorio de un original en algunos casos.

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