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De los deltos contra la salud pública


Enviado por   •  18 de Febrero de 2013  •  Ensayos  •  379 Palabras (2 Páginas)  •  312 Visitas

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El bien jurídico que el legislador quiso proteger con éste aparte denominado “DE

LOS DELTOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA” está consagrado en la Carta

Política, refiriéndose al deber que el constituyente impuso a toda persona de

procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad —artículo 49, inciso

final C.N.— y con el deber que le asiste a la persona y al ciudadano de obrar

conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones

humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las

personas —artículo 95, numeral 2º C.N.

Acorde a lo que nos dice la Constitución Política, podemos afirmar que la salud,

por ser un derecho humano individual y a la misma vez colectivo, protege un bien

de interés público que se relaciona estrechamente con el bienestar ecológico,

social, cultural y sustentable como una finalidad social del Estado. Por lo cual, éste

tiene la obligación para con su población de que la salud sea prevenida y

promovida, de realizar un conjunto de acciones y procedimientos para prever o

contrarrestar factores que la ponen en peligro o incidir en condiciones que

conducen a mejorar las condiciones de vida y un bienestar social.

La concepción en el Estado moderno de los derechos humanos se dividen en:

DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN: Son los derechos civiles y

políticos (la vida, la justicia, la igualdad, la libertad, la seguridad, la

propiedad, la dignidad humana, etc.).

DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN: Son los derechos sociales,

económicos y culturales (la familia, la atención a la salud, la vivienda, la

recreación, el deporte, la protección al trabajo, etc.).

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DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN: Son el de la solidaridad o del

estado social democrático de derecho como los derechos colectivos (medio

ambiente, la paz, participación popular, la salud publica, etc.).

Podemos ver que la salud como interés individual se encuentra en los derechos

humanos de segunda generación, pero como interés público se encuentra en los

derechos humanos de tercera generación (conocidos también por ser

supranacionales), considerado como un derecho colectivo que va ligado

íntimamente con el derecho a un medio ambiente sano y sostenible, haciendo

alusión mas precisamente a la salud ambiental, la cuál fue definida (Deparment of

Health, Education and Welfare, 1979) como aquella “parte de la salud pública que

se ocupa de las formas de vida, las sustancias, las fuerzas, y las condiciones del

entorno del hombre, que puedan ejercer una influencia sobre su salud y

bienestar”.

7.2. ART. 371 C.P.—MODIFICADO. L. 1220/2008, ART. 4º

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