Derecho Mercantil - Ordenamientos fiscales
Enviado por Keyla Espinoza • 20 de Octubre de 2015 • Tarea • 1.776 Palabras (8 Páginas) • 343 Visitas
UNIVERSIDAD MIGUEL ALEMÁN [pic 1][pic 2]
DIVISIÓN REYNOSA
Unidad I
DERECHO FISCAL
“Ordenamientos Fiscales”[pic 3]
Nombre: Keyla Itzel Espinoza Delgadillo
Grado y Grupo: 7° “AC”
Turno: Matutino
Materia: Derecho Mercantil
Docente: José Derly Elejarza Maldonado
Martes 08 de Septiembre del 2015
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
ORDENAMIENTOS FISCALES
La Ley Fiscal
El Reglamento Fiscal
Circulares
CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFÍA
GLOSARIO
INTRODUCCIÓN
Para dar inicio con esta investigación se debe contemplar en primera instancia lo que es un “ordenamiento”, siendo este un conjunto breve de leyes promulgadas a un mismo tiempo, o colección de disposiciones referentes a una materia, en base a esto, se entiende que a continuación se presentarán algunos ordenamientos que se encuentran disponibles en materia fiscal.
Siendo uno la ley la única fuente formal considerada en materia fiscal, también se entiende que es un ordenamiento fisca debido a que a través de ella se regula el ámbito fiscal, en segundo caso, se encuentra el reglamento, el cual presenta algunas anomalías en cuanto a la forma que deben de presentar, pero que no recibe queja debido a que sus modificaciones son en beneficio de los particulares, pero lo cual no significa que estén incurriendo en ilegalidades y por último se tiene a las circulares y las diversas formas de presentación o clasificación así como el uso o finalidad que se le da a estas.
Como personas sujetas de derecho, se debe de tener conocimiento de los ordenamientos fiscales así como de una correcta interpretación de estos para encontraros en el marco de la legalidad.
ORDENAMIENTOS FISCALES
Ciertamente pueden llegar a confundirse con las fuentes, no se consideran iguales, pues las fuentes son el origen de las leyes en sí y los ordenamientos son el producto codificado de tales fuentes, es decir, una ley puede ser fuente formal de la ley misma.
La Ley Fiscal
La ley es un acto emanado del Poder Legislativo que crea situaciones jurídicas abstractas e impersonales; es, como dicen Giannini y Carré de Malberg, la manifestación de voluntad del Estado emitida por los órganos a los que más especialmente confía la Constitución la tare de desarrollar la actividad legislativa y tiene como características el que tiene la primacía sobre cualquier otra regla, anulando aquellas que se le opongan, y que no puede ser codificada ni derogada más que a través de una nueva disposición del órgano legislativo.
Elementos
Toda ley impositiva debe contener dos tipos de preceptos:
De carácter declarativo: Se refieren al nacimiento de la obligación fiscal y a l identificación del causante y, en su caso, de las personas que además del causante, tienen responsabilidad fiscal
De carácter ejecutivo: Se refieren a los deberes del causante y, en su caso, de las personas que además de él tienen responsabilidad fiscal para el cumplimiento pleno y oportuno de la obligación fiscal.
Desde otro punto de vista, la ley tributaria, como todas las leyes, consta de dos partes:
- La orgánica: desarrolla la regulación jurídica de la materia a que se refiere la ley. Se encuentran los preceptos declarativos y ejecutivos mencionados anteriormente.
- La transitoria: ]conocida como Derecho Transitorio o Intemporal, contiene el conjunto de reglas establecidas por el legislador en una ley de nueva creación o en las modificaciones a una ley vigente, encaminadas a resolver los conflictos de leyes en el tiempo, o sea los conflictos
Se distingue de las demás leyes que componen el sistema jurídico mexicano por las siguientes características:
- Esencialmente impone la obligación de brindar dinero al Estado,
- Tiene eficacia específica propia, y
- Tiene un poder de ejercicio inmediato.
La primera característica es independiente de cual sea el concepto por el que se estableció dicha obligación. La segunda se refiere a que su aplicación no se encuentra supeditada a la existencia de ningún otro ordenamiento, vale por sí misma. Y por último se quiere expresar que su aplicación es instantánea, independientemente de que contenga vicios.
Los de carácter declarativo se refieren al nacimiento de la obligación fiscal y a la identificación del causante y responsables fiscales; los de carácter ejecutivo aluden a sus deberes y la manera en que deben cumplirlos.
El Reglamento Fiscal
El reglamento es, como dice Fraga, una norma o conjunto de normas jurídicas de carácter abstracto e impersonal que expide el Poder Ejecutivo en uso de una facultad propia y que tiene por objeto facilitar la exacta observancia de las leyes expedidas por el Poder Legislativo, y por ello se afirma que en reglamento es un instrumento de aplicación de la ley.
En México, la facultad reglamentaria del Presidente de la República está prevista en el artículo 89, fracción I de la Constitución Política del país, que dispone que es facultad y obligación del Presidente promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
La facultad reglamentaria del Presidente de la República está limitada por dos principios que deben ser respetados y cuya inobservancia o violación producen la ilegalidad del reglamento; estos principios son el de preferencia o primacía de la ley y el de reserva de la ley. El principio de preferencia o primacía de la ley consisten en que las disposiciones contenidas en una ley de carácter formal no pueden ser modificadas por un reglamento. El principio de la reserva de la ley consiste en que hay materias que sólo pueden ser reguladas por una ley y normalmente es la constitución la que señala cuáles son esas materias.
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