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SALUD OCUPACIONAL


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2012  •  411 Palabras (2 Páginas)  •  267 Visitas

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Semana 1- Actividad 1

¿Existe alguna diferencia entre Salud Ocupacional y el Sistema General

de Riesgos Profesionales? ¿Cuales pueden ser?

Si existe una diferencia entre estos dos términos; pero ambos se encargan de promover, promocionar, y mejorar las condiciones de trabajo y salud de los empleados, protegiéndolos contra los riesgos o sucesos desafortunados que pueden ocurrir en el lugar de trabajo.

La salud ocupacional se encarga de proteger y mejorar la salud física, mental, social del trabajador.

El sistema de riesgos profesionales son entidades encargadas de fijar prestaciones económicas por incapacidad además pagar a los afiliados las prestaciones por incapacidad permanente, parcial o invalidez.

¿Existe alguna diferencia entre Salud Ocupacional y el Sistema General

de Riesgos Profesionales? ¿Cuales pueden ser?

DERECHOS:

• Atención médica oportuna.

• Afiliar al trabajador a una empresa de salud.

• Prestarles los primeros auxilios cuando sea necesario.

• Devengar un salario mínimo.

• Ser oficializado al SGRP.

• Ser oficializado al fondo de prestaciones.

• Vacaciones anuales remuneradas.

• Dotación legal del trabajador.

DEBERES

• Ser responsable con el horario de entrada a la empresa.

• Ser activo.

• Portar el uniforme en tiempo de trabajo.

• No llegar con olores a bebidas alcohólicas.

• Respeto.

• Acatar órdenes.

• Realizar personalmente la labor en los términos estipulados.

• No comunicar con terceros, salvo la autorización expresa la información que tenga sobre su trabajo.

• Guardar rigurosamente en las relaciones con sus supervisores y compañeros.

¿Cuáles son los deberes que tiene el empleador o contratista en la construcción para con sus empleados?

a. Deber de ocupación

El empleador debe dar efectiva ocupación al trabajador, adecuada a su categoría profesional o calificación; cumpliendo con todos los deberes legales.

b. Deber de respetar la libre expresión, seguridad y condiciones dignas de labor

El empleador no podrá obligar al trabajador a que manifieste ideas políticas, religiosas o sindicales.

c. Deber de Igualdad de trato

Ningún trabajador debe ser discriminado por su sexo, religión, raza, edad o ideas gremiales o políticas.

d. Deber de pagar las remuneraciones y reintegro de gastos

El empleador está obligado a satisfacer el pago de la remuneración debida al trabajador en los plazos y condiciones previstos en esta LEY.

e. Contribuciones sociales y sindicales. Certificados de trabajo

El empleador deberá hacer los aportes que le correspondan en carácter de agente de retención y/o como obligado directo en las cajas de seguridad,

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