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Escuelas Estatutarias


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2014  •  984 Palabras (4 Páginas)  •  1.448 Visitas

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-Escuela estatutaria italiana: abarca el siglo XIV y su principal exponente fue Bártolo de Sasso Ferrato el cual clasificaba las leyes en:

Territoriales: ley del lugar que no tiene efecto extraterritorial, referente a los bienes.

Personales: leyes que siguen a las personas donde quiera que estén y tiene un carácter de extraterritorial, referente al Estado y la capacidad.

Ellos establecen que la naturaleza de la ley va a determinar si tiene o no efecto extraterritorial manteniendo la equidad y la justicia, tratando de mantener un justo equilibrio territorialidad y extraterritorialidad.

Es una escuela eminentemente casuística solucionando problemas según lo más justo.

Aquí encontramos los principios “lex locus regit actum” ley del lugar de celebración rige el acto y “lex locus rei sitae” que es la ley del lugar donde se ejecuta la obligación.

-Escuela estatutaria Francesa: abarca el siglo XVI, esta escuela fue eminentemente territorialita que tuvo como principal exponente a Bertrand D’Argentré. Esta escuela nace como producto de la realidad política y social imperante en Francia.

Ellos consideraban que la ley territorial debía aplicarse siempre y que por excepción se aplicaba la extranjera.

D’ Argentré dividió los estatutos en:

Reales: se refiere a los bienes.

Personales: se refiere a las personas en cuanto a su capacidad y estado.

Mixtos: se refieren tanto a las personas como a los bienes y que se debe dar primacía a los reales.

-Escuela estatuaria Holandesa: abarca el sigo XVII, escuela territorialita compuestas por grandes comerciantes que miraban con desconfianza a los extranjeros. Dos de sus principales exponente son Christian de Rodenburgh y Pablo Voet, los cuales decían que por el gran comercio que realizaban se veían obligados a aplicar la ley extranjera.

Voet decía que se debe aplicar la ley extranjera por cortesía. Escuela de la cortesía, aunque la escuela es territorialita la única excepción es la cortesía que es un acto voluntario, no de reciprocidad y por conveniencia comercial.

A este pensamiento se le hace una crítica ya que algunos consideran que es un atentado contra la soberanía nacional aplicar una ley extranjera, y aseguran que el concepto de cortesía no es un término jurídico.

Estas 3 escuelas fueron las fundadoras del Derecho Internacional Privado siendo la más importante la escuela estatutaria italiana, la cual fue la más elaborada y cuyos principios y normas aún se mantienen, sobre todo su diferencia entre forma y fondo.

El aporte de la escuela francesa fue la diferencia entre estatutos personales y reales.

La holandesa estableció que un tribunal debía aplicar la ley extranjera.

Entre las escuelas modernas, las cuales nacen a partir del siglo XIX, se encuentran:

1. Escuela angloamericana: nace en el Reino Unido pero se desarrolla en Estados Unidos ya que se veía obligado, por su estado federal, a solucionar problemas de derecho internacional privado. El profesor Joseph Story proclama la independencia que tiene cada Estado en materia de derecho internacional privado ya que la ley es por esencia territorial y que cada Estado en cada caso excepcional puede aplicar la ley por cortesía.1

Escuela tradicionalista

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