Contaminacion Ambiental En El Ecuador
karenlee18 de Julio de 2014
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Contaminación Ambiental en el Ecuador
Introducción
Son aproximadamente tres millones las personas que anualmente mueren a causa d la contaminación ambiental. A esto hizo referencia la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el año 2003. Esta cifra resulta ser tres veces mayor que la cantidad de personas que anualmente mueren en accidentes automovilísticos, explica el informe de la OMS que fue publicado por la asociación ecologista Earth Policy Institute. “Es cierto que los fallecimientos por afecciones cardíacas y respiratorias debidas al aire contaminado tal vez carezcan de la espectacularidad de las muertes producidas en los choques automovilísticos, con sus sirenas y luces intermitentes, pero no por ello son menos reales”, añade el informe. “Entre los contaminantes atmosféricos se incluyen el monóxido de carbono, el ozono, el dióxido de azufre, los óxidos de nitrógeno y las partículas sólidas”, todos los cuales se originan con la quema de combustibles fósiles como el carbón o la gasolina. (Watchtower, 2003)1
Esta preocupante y nefasta realidad constituye la evidencia de lo que esta ocurriendo en cada rincón del planeta, y es que el hombre ha llevado su desarrollo industrial a un punto tal en el que es mas complicado controlar la huella ecológica que esta dejando con el paso de sus actos. Ecuador no es la excepción en lo que a contaminación ambiental se refiere, y en el presente artículo se destacarán tres singularidades de la contaminación ambiental antropogénicamente producida en Ecuador; a saber: la contaminación ambiental desprendida de las actividades humanas cotidianas y hasta cierto punto normales, lo cual incluye obras civiles e industriales , y la contaminación ambiental producida x eventos puntuales accidentales en los últimos años . Ademas consideraremos aspectos aparentemente positivos convergentes en proyectos debidamente llevados a cabo en el Ecuador con relación a la normativa ambiental.
Objetivos Generales
Analizar la situación actual del Ecuador en relación a la contaminación generada, frente a las normativas existentes.
Entender la proyección futura respecto a la tendencia actual.
Objetivos Específicos
Resaltar la existencia o inexistencia de un marco legal que permita evaluar en el Ecuador el impacto ambiental de obras civiles de envergadura.
Destacar el papel del Ecuador dentro del desarrollo en planes de manejo ambiental, en contraste con el resto de países de la región.
Citar actividades críticas en relación al impacto ambiental en el país, tanto cotidianas como situaciones accidentales en los últimos años.
Establecer precedentes de acciones reales llevadas a cabo respecto a las normativas debidamente ejecutadas en el país.
Evaluar cualitativamente la situación medioambiental actual en el país, así como su proyección en los próximos años.
Marco Teórico
Por practicidad, podemos referirnos a la contaminación clasificándola acorde a si es contaminación atmosférica, contaminación del agua, o contaminación del suelo, siendo la contaminación atmosférica cualquier cambio en el equilibrio de los componentes de la misma, lo cual altera las propiedades físicas y químicas del aire.
En cuanto al agua, los humanos nos hemos empeñado en contaminarla. Las sustancias como los residuos químicos, gasolinas o petróleos pueden contaminar el agua de la superficie y el suelo cuando se mezclan en alguna de las etapas del ciclo del agua.
Existe contaminación química cuando productos orgánicos como detergentes y ácidos grasos e inorgánicos en forma de iones de sulfatos, fosfatos, nitratos, cloruros y bicarbonatos entre otros, son arrojados al agua. Los principales contaminantes del agua son los desechos industriales, el uso de plaguicidas y fertilizantes agrícolas.
La contaminación del suelo es el desequilibrio físico, químico o biológico del suelo, debido al manejo deficiente de residuos sólidos y a la ausencia de tratamiento de aguas residuales.
La contaminación de los suelos se produce por sustancias químicas y basura. Las sustancias químicas pueden ser de tipo industrial o domésticas, ya sea a través de residuos líquidos, como las aguas residuales de las viviendas, o por contaminación atmosférica, debido al material en forma de partículas que luego cae sobre el suelo cuando llueve.
Entre los principales contaminantes del suelo se encuentran los metales pesados como cadmio y plomo, presentes en el ambiente y que como antes mencionado pueden afectar algunos procesos biológicos, debido a que no son degradables como los componentes orgánicos.
Un aspecto bastante recurrente en los problemas ambientales en el país tiene que ver con la ausencia de sistemas de tratamiento debidos de aguas residuales
La materia en suspensión en aguas residuales puede ser de muy diversa índole, desde partículas de varios centímetros y muy densas hasta suspensiones coloidales muy estables y con tamaños de partícula de hasta unos pocos nanómetros. También la concentración de los mismos, tanto en el agua a tratar como en el agua una vez tratada, juega un papel fundamental a la hora de la elección del tratamiento más conveniente. Las operaciones para eliminar este tipo de contaminación de aguas suelen ser las primeras en efectuarse, dado que la presencia de partículas en suspensión suele no ser indeseable en muchos otros procesos de tratamiento. La eliminación de esta materia en suspensión se suele hacer mediante operaciones mecánicas. Sin embargo, en muchos casos, y para favorecer esa separación, se utilizan aditivos químicos, denominándose en este caso tratamientos químico-físicos. (Alba)2
Existen numerosos sistemas de tratamiento de guas residuales, y aunque en el presente trabajo no se pretende ahondar en estos procesos, si es significativo mencionar la importancia de sistemas de tratamiento que sean acordes a las principales actividades generadoras de contaminación en el país.
Marco Legal
Durante muchos años, el Ecuador únicamente contaba como marco legal para el control ambiental, una difusa y tácita norma, la cual era la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental de 1976.
Fue recién en el año 1992 cuando se crea mediante la Ley Nº 8, el Instituto Ecuatoriano Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre (INEFAN), entidad de derecho público adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería, con categoría jurídica, patrimonio propio, presupuesto independiente y autonomía administrativa y financiera.
Ya en 1996 se cría el Ministerio de Medio Ambiente. Tres años después, en 1999, el Instituto Ecuatoriano Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre, INEFAN, fue fusionado al Ministerio (Decreto Ejecutivo No. 505, R.O. 118, 28/1/1999) la entidad resultante de la fusión fue el Ministerio de Medio Ambiente. (tecnologias limpias)(3)
Actualmente, bajo la constitución vigente existen leyes orgánicas y reglamentos, las leyes ordinarias, los decretos ejecutivos, los acuerdos ministeriales, las ordenanzas, las resoluciones administrativas, los instructivos y las circulares, entre estas leyes están el Código de la Salud y la ley de Gestión Ambiental, leyes bajo las cuales gestiona el Ministerio de Ambiente
Para el incumplimiento de las disposiciones referentes a la protección ambiental se han establecido varias sanciones:
El Código Penal tipifica ciertas conductas delictivas que afectan indirectamente a la naturaleza o atentan directamente contra la preservación del entorno. Debido a las reformas introducidas mediante la Ley 99-4933 de 2000, se incluyen por primera vez en el Código Penal ecuatoriano los denominados “delitos ambientales” que centran su atención en cinco tipos de conductas:
* Contaminación de los recursos naturales y el medio ambiente
* Afectación a la salud humana, como producto de la contaminación
* Explotación irracional de recursos naturales, flora y fauna
* Infracciones de funcionarios o empleados públicos obligados a cumplir normativa ambiental
* Utilización inadecuada de espacios naturales del territorio nacional
La ley de Aguas establece sanciones y multas para quienes infrinjan las normativas relacionadas con la contaminación del agua.
El Código de la Salud establece también sanciones para quienes ejecuten actividades que pongan en riesgo la salud de la comunidad, tales como gestión indebida de desechos solidos peligrosos y toxicos.
El artículo 40 de la Ley de Gestión Ambiental dispone además que toda persona natural o jurídica debe informar al Ministerio de Medio Ambiente en caso de que estableciere que alguna actividad realizada condujera a la producción de daños ambientales a los ecosistemas. Según esta ley además es posible denunciar a funcionarios públicos en caso de que infrinjan normas dE protección ambiental ya sea x omisión o x acción. ((OMS), MAYO 2002)(4)
Hagamos aquí un alto para cuestionar si acaso una normativa tan general como esta tiene practicidad y eficiencia en cuanto al manejo y control en lo que a actividades ambientales se refiere; no se especifica bajo qué criterios ni q entidad es la encargada de establecer si determinada actividad realmente causase un impacto ambiental desfavorable.
Otro claro problema en nuestra normativa ambiental tiene que ver con la superposición de leyes; las leyes existentes no se contraponen pero si se superponen, es decir, no se delimita adecuadamente la competencia de cada una de las organizaciones del estado, lo cual provoca, indebidamente que, en su afán x cubrir sectorialmente el cumplimiento d las normativas, no
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