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¿Cuál es el tipo de sociedad mercantil que más se utiliza para abrir negocios?


Enviado por   •  28 de Febrero de 2019  •  Tareas  •  439 Palabras (2 Páginas)  •  156 Visitas

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¿Cuál es el tipo de sociedad mercantil que más se utiliza para abrir negocios? Condiciones, ventajas y obligaciones.

Las Sociedades Anónimas (S.A.) tienen como requisito en su formación un mínimo de 2 accionistas y un capital social mínimo comprobable de $50,000.00 el cual puede ser aportado en las proporciones que los accionistas consideren, con la ventaja de que de acuerdo a esa proporción se repartirán las utilidades o bien la responsabilidad en caso de quiebra será considerado de esta forma.

¿Cuáles son las principales dificultades que se pueden presentar al constituir una sociedad?

El reunir los socios y que estos tengan la disposición de invertir, plasmar un contrato amplio que considere todas las obligaciones y derechos de los socios en caso de elegir un socio inadecuado y se presentante dificultades como clarificar quien dirigirá la empresa principalmente. Además debe considerarse una estrategia de salida en caso de disolución y principalmente realizar la formalización de la sociedad ante un notario público.

¿Los extranjeros pueden desarrollar libremente negocios en México?

De acuerdo a la Ley de Inversión Extranjera, un extranjero puede desarrollar libremente negocios en México siempre y cuando atienda las siguientes clasificaciones de actividades Permitidas (cualquier actividad lícita), no permitidas (realizadas por el gobierno), reservadas (actividades diseñadas solo para los mexicanos) y condicionadas (participación dentro de cierto porcentaje)

¿De acuerdo a la legislación cuáles son las actividades restringidas a manejarse solo por sociedades mexicanas?

Los Artículos 5to y 6to de la Ley de Inversión Extranjera determinan áreas estratégicas consideradas servicios básicos o tesoros nacionales; así como las siguientes exclusiones a extranjeros:

• Transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga, sin incluir los servicios de mensajería y paquetería;

• Comercio al por menor de gasolina y distribución de gas licuado de petróleo;

• Servicios de radiodifusión y otros de radio y televisión, distintos de televisión por cable;

• Uniones de crédito;

• Instituciones de banca de desarrollo en los términos de la Ley en la materia; y

• La prestación de los servicios profesionales y técnicos que expresamente señalen las disposiciones legales aplicables.

“La inversión extranjera no podrá participar en las actividades y sociedades mencionadas en el presente artículo directamente, ni a través de fideicomisos, convenios, pactos sociales o estatutarios, esquemas de piramidación, u otro mecanismo que les otorgue control o participación alguna, salvo por lo dispuesto en el Título Quinto” de la Ley de Inversión Extranjera. (1)

REFERENCIA

  1. DOF - DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

En el texto: (Dof.gob.mx, 2018)

Bibliografía: Dof.gob.mx. (2018). DOF - Diario Oficial de la Federación. [online] Available at:   [Accessed 7 Aug. 2018].

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