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El CA4


Enviado por   •  3 de Mayo de 2013  •  Exámen  •  1.286 Palabras (6 Páginas)  •  378 Visitas

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El CA4

El CA-4 es un tipo de salvo conducto que pueden utilizar los residentes de los países que integran la región de los "4" países que firmaron tal convenio, para poder viajar en calidad de extranjero al interior de los mismos, es decir que pueden viajar libremente hacia estos países sin obtener ningún tipo de visa. Los países que adquirieron este convenio son: Guatemala, Honduras, El Salvador y Nicaragua. Este salvo conducto tiene un limite de tiempo de vigencia y es el que la persona que ingresa al otro país declara en el formulario y puede ser extendido realizando el tramite correspondiente, a excepción de los menores de edad que no están acompañados de ambos padres el CA-4 para estos expira al vencer el tiempo de la autorización notarizada que dan los padres para que puedan salir del país correspondiente. Vale aclarar que no importa la forma de ingreso (marítima, aérea o terrestre) no es necesario un pasaporte, si no que basta presentar un documento de identidad vigente valido en el país de origen del viajero.

TERRITORIO EN LITIGIO

Fue a partir del siglo XIX que Honduras comenzó a reclamarlo como propio y de ahí surgieron diversos conflictos armados en la zona, hubo roces y enfrentamientos a cada momento.

“Ése era un territorio en litigio y así aparecía en los mapas de Nicaragua, como “Territorio en Litigio”, pero los hondureños —más vivos— le pusieron “Departamento de Cabo Gracias a Dios”, comenta el profesor Reyes.

Mapa elaborado por el cartógrafo francés Robelin, en la primera década del siglo XX.

Los conflictos armados se mantuvieron hasta que los países en disputa decidieron llevar el caso ante el Rey de España, Alfonso XIII.

Hasta la fecha, el catedrático de historia duda que el Rey Alfonso XIII haya leído por completo los planteamientos de ambos países, pero al final el Laudo de Alfonso XIII terminó de establecer la frontera entre Nicaragua y Honduras, a partir del Golfo de Fonseca hasta el Río Poteca, afluente del río Coco, pero faltó la otra mitad...

“Con el transcurso del tiempo y a medida que los gobiernos militares de Honduras y Nicaragua compartían intereses políticos y económicos, eran vasallos del gobierno norteamericano, decidieron someter al fallo de La Haya para que se decidiera si el Laudo del Rey Alfonso XIII era válido o no”, explica Reyes.

Era 1960, Nicaragua estaba gobernada por Luis Somoza y los Estados Unidos, que ejercía una fuerte influencia en la región, se inclinaban hacia Honduras por sus intereses mineros y caucheros en la zona.

“Entonces la Corte Internacional de Justicia dijo que el Laudo del Rey de España era válido, por lo tanto Nicaragua perdió el territorio en litigio y su frontera quedó fijada en la ribera norte del río Coco, perdimos ese territorio, primero por el Laudo del Rey de España, después porque la Corte Internacional de Justicia dio el fallo favorable para Honduras, y tercero porque Luis Somoza, que era el presidente de Nicaragua, no dijo ni “chu” ni “mu”, relata Reyes.

Laudo Alfonso XIII

El laudo Alfonso XIII es una sentencia dictada en Madrid el 23 de diciembre de 1906 en un juicio arbitral entre Honduras y Nicaragua para definir la línea fronteriza entre ambos países en la vertiente del Caribe.

Antecedentes

En 1888, mediante la convención Membreño-Castillo, cuyas ratificaciones se canjearon al año siguiente, Honduras y Nicaragua delimitaron buena parte de la frontera en la región en que colindaban sus respectivos departamentos de Choluteca y Nueva Segovia. Quedaba pendiente, sin embargo, la frontera en el Caribe, y en 1889 ambos países firmaron la convención Zelaya-Zavala, mediante la cual se aceptaba el uti possidetis de 1821 y se acordaba someter su definición al arbitraje del Presidente de El Salvador, pero Honduras no

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