ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

MODALIDADES DE CONSTITUCION


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2018  •  Ensayos  •  497 Palabras (2 Páginas)  •  167 Visitas

Página 1 de 2

MODALIDADES DE CONSTITUCION

-SOCIEDAD COLECTIVA

-SOCIEDAD EN COMANDITA

-SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

-SOCIEDAD CIVIL

1. Pluralidad de socios

REGLA GENERAL:

  1. Para constituir una sociedad se requiere cuando menos de dos socios que pueden ser personas naturales o jurídicas.
  2. Si se pierde esta pluralidad y no se reconstituye en un plazo de 6 meses se disuelve de pleno derecho al termino de ese plazo.
  3. No resulta exigible la pluralidad de socios cuando el único socio es el estado.
  4. Toda sociedad inscribe al escritura publica en el registro de personas jurídicas, específicamente en el libro de sociedades mercantiles y sociedades civiles, según sea el tipo de sociedad que se requiera.

2. Acto constitutivo

  1. Toda sociedad inscribe al escritura publica en el registro de personas jurídicas, específicamente en el libro de sociedades mercantiles y sociedades civiles, según sea el tipo de sociedad que se requiera.

3. Personalidad jurídica

La sociedad adquiere personalidad jurídica desde su inscripción en el registro y la mantienen hasta que se inscriba su extinción.

Respecto a los actos anteriores celebrados en nombre de la sociedad antes de su inscripción en el registro se supedita la validez de estos actos al cumplimiento de dos condiciones:

  1. Que se inscriba la sociedad en el registro
  2. Que sean ratificados por la sociedad dentro de los 3 meses siguientes.

4. Denominación y razón social

No se puede adoptar un nombre igual o semejante salvo que se demuestre legitimidad para ello, ni tampoco una denominación completa o abreviada o razón social que contenga nombres de organismos o instituciones públicas o signos distintivos protegidos por derecho de propiedad industrial o elementos protegidos por derecho de autor salvo que se demuestre estar legitimado para ello.

Derecho a reservar la preferencia registral de la denominación o razón social a inscribir, mediante este tramite registral se impide que terceros obtengan la inscripción del nombre o  los nombres que se han escogido para incorporarlos como denominación o razón social de una sociedad. Este derecho de reserva de preferencia registral es valido por 30 días, periodo en el cual deben realizar los actos necesarios para solicitar la inscripción definitiva utilizando el nombre utilizado.

5. Objeto Social

Regla general: La sociedad circunscribe sus actividades a los negocios o a las actividades licitas detalladas como su objeto social, entendiéndose incluidos los actos relacionados con el mismo que co-ayuden a la realización de sus fines aunque no se encuentren expresamente indicados en el pacto social o en el estatuto.

6.Duración de la sociedad

Puede ser por plazo determinado o indeterminado. Al vencimiento del plazo determinado la sociedad se disuelve de pleno derecho, salvo que se prorrogue con anterioridad.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3 Kb)   pdf (27 Kb)   docx (12 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com