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Ensayo Sobre Albert Einstein

paramoremuse25 de Octubre de 2013

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ARGUMENTOS: EL QUE ESTA LEYENDO ESTO ES UN GAY , CABRO O MARICON , TU!!!!!!!!!!!!!!!!! JAJAJA CABRO

Los argumentos contra el matrimonio entre personas del mismo sexo son básicamente dos:

1) El matrimonio es una institución esencialmente heterosexual. Éste es un dato antropológico del que el Derecho suele limitarse a tomar nota. Una unión formal entre personas del mismo sexo será otra cosa, pero no un matrimonio.

2) La unión entre personas del mismo sexo no cumple las mismas funciones sociales por las que el Derecho regula y protege el matrimonio, por lo que no tiene sentido atribuirle toda la regulación jurídica del matrimonio.

Veamos con más detalle los argumentos en favor del matrimonio entre personas del mismo sexo:

- “Si se quieren, ¿por qué no dejarles que se casen?”

No se trata de negar que dos personas del mismo sexo se puedan querer, sino que eso sea un matrimonio. La razón de ser de la regulación jurídica del matrimonio no es ni la afectividad entre dos personas ni la mera situación de convivencia. Quererse, mantener relaciones sexuales y vivir juntos no justifica el derecho a contraer matrimonio. Son aspectos circunstanciales que rodean el núcleo del matrimonio, pero no son el núcleo, no son los aspectos esenciales. Hay muchos tipos de afectividad (entre padre e hijo, entre hermanos, entre amigos, a un animal querido…) que no son matrimonio. Y afirmar eso no es minusvalorarlos, sino reconocer la diferencia.

- “Los homosexuales tienen derecho a casarse, como cualquier otra persona”.

Las personas homosexuales pueden actualmente contraer matrimonio con los mismos derechos y en las mismas condiciones que las personas heterosexuales. Es decir, con una persona del sexo opuesto que reúna los requisitos legales de edad, que preste su consentimiento, etc. Lo que sería discriminatorio es prohibir al homosexual contraer matrimonio en las mismas condiciones que las demás personas por el solo hecho de ser homosexual.

Naturalmente, el argumento no es éste. El homosexual quiere casarse con la persona a la que quiere, que es de su mismo sexo. Pero el simple hecho de que alguien quiera casarse con alguien no supone necesariamente que pueda hacerlo: así, ¿podría quejarse de discriminación el varón a quien el derecho le impide casarse con la mujer a la que quiere, sólo por el hecho de que es su hermana? ¿o la mujer a la que el Derecho no deja casarse con el hombre al que quiere por la simple razón de que él ya está casado?

- “Permitir el matrimonio homosexual no quita derechos a nadie sino que otorga derechos a alguien que no los tenía”

Con ese argumento, los albañiles exigirán el derecho a ser arquitectos, los estudiantes a ser aprobados y los hombres a integrar asociaciones de mujeres. Yo de momento, exijo que me den el carnet joven y el carnet de pensionista a la vez. Poco importa que tenga 30 años. Total, no se quita derecho a nadie, sólo se da.

- “Negar el matrimonio a los homosexuales es discriminarlos, mantener la marginación social que han sufrido en tantas épocas de la Historia”.

Según una definición muy antigua y sencilla, pero que sigue valiendo hoy, justicia es tratar de forma igual a los iguales y de forma desigual a los desiguales. Se comete injusticia (y discriminación) cuando se trata de forma distinta (y negativa) sin que exista una razón objetiva, razonable y suficiente para ello; es decir, cuando se trata desigualmente a personas que, en ese aspecto concreto, son iguales.

Negar a alguien que pueda casarse con otra persona de su propio sexo no es discriminarle. Tampoco se discrimina al casado porque no se le permita casarse con otra mujer que no es su esposa, mientras que al soltero sí se le permite. No es discriminar al homosexual, sino reconocer y defender que el matrimonio es una institución esencialmente heterosexual.

- “Afirmar la heterosexualidad esencial del matrimonio es fruto de la discriminación de los homosexuales”

Pues no. A lo largo de la Historia ha habido sociedades en las que la homosexualidad estaba bien vista (p. e., la antigua Grecia), pero no se les ocurría llamar matrimonio (ni regular de forma similar al matrimonio) a lo que veían claramente como una realción diferente. La idea de institucionalizar las relaciones heterosexuales orientadas a la procreación y cuidado de los hijos es una necesidad de la sociedad, no una consecuencia de la discriminación.

- “Al negar a los homosexuales el derecho al matrimonio se les está negando el derecho más básico, más primario y más humano: el derecho a ser felices”.

Algunos homosexuales creen que cuando puedan casarse terminarán la discriminación, su inseguridad y la inestabilidad e infidelidad tan frecuentes en las relaciones homosexuales. Desde ese punto de vista, el matrimonio resulta una condición necesaria para lograr la estabilidad emocional y, con ello, la felicidad. Mucho nos tememos que esperan demasiado del matrimonio y que la mera sanción legal no da para tanto. Es verdad que el auténtico matrimonio heterosexual proporciona seguramente tasas de estabilidad, fidelidad y felicidad mucho mayores que las uniones homosexuales. Pero no hay que atribuirle esos efectos a la sanción legal. Influyen mucho más la complementariedad entre los sexos y el esfuerzo de los esposos por vivir de acuerdo con unos valores, a lo que se une (según entendemos los católicos) la ayuda de la gracia. Si se llega a aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo, la insatisfacción de los homosexuales con sus relaciones seguirán siendo exactamente la misma. Eso no lo puede arreglar el Código civil.

- “El matrimonio entre homosexuales no es algo tan novedoso ni tan ajeno a la Historia occidental”.

En Occidente, el primer caso en que se llama matrimonio a la unión entre personas del mismo sexo se ha dado en Holanda y sólo muy recientemente (ley del año 2000, en vigor desde abril de 2001), y el segundo en Bélgica (ley de 2003). Algunos Estados de EEUU (Massachussets, Vermont) están dando pasos en la misma dirección. En la Historia occidental nunca antes se ha considerado que sea matrimonio la relación homosexual, incluso en sociedades y épocas en que las relaciones homosexuales estaban bien consideradas moral y socialmente (p. e., en la antigua Grecia). Por tanto, sí que es una novedad radical.

- “El matrimonio ha cambiado mucho a lo largo de la Historia. La versión que conocemos ahora es fruto de una evolución en la que se han logrado muchas mejoras que en su momento fueron inconcebibles y hoy nos parecen evidentes. La prohibición del matrimonio de niños pequeños y del matrimonio acordado por los padres, la igualdad entre hombre y mujer, el matrimonio interracial, el matrimonio civil, el divorcio, por poner unos ejemplos, no siempre han sido admitidos, y hoy nos parecen incuestionables. Permitir que se puedan casar entre sí los homosexuales, ¿no será un estadío más en la evolución y el progreso del concepto occidental de matrimonio?”.

Ciertamente, el matrimonio ha cambiado mucho a lo largo de la Historia, incluso sin salirnos de Occidente. Pero ha pasado por etapas muy variadas, y es discutible que su historia se pueda entender como una evolución lineal y coherente hacia mejor, siempre y en todo. Algunas características del matrimonio tradicional (p. e., la indisolubilidad) fueron una ardua conquista cultural frente al divorcio muy generalizado antes. Todos los ejemplos enumerados en la pregunta han pasado por fases variadas de aceptación o cuestión a lo largo de la Historia del matrimonio occidental. Todos, menos la heterosexualidad, que nunca hasta ahora ha sido cuestionada. Esto hace pensar que se trata de algo más nuclear, más esencial, en lo que está en juego la identificabilidad social misma de la institución; por lo tanto, una cualidad más indisponible que el resto.

- “Decir que la heterosexualidad es esencial al matrimonio es una muestra de etnocentrismo europeísta. Hay otras sociedades no occidentales que han permitido y permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo”.

Algunos antropólogos han proporcionado ejemplos muy aislados de culturas extrañas en los que algo parecido a una familia tiene como núcleo a dos personas del mismo sexo. Sin embargo, esos ejemplos no guardan ninguna relación con el concepto de matrimonio occidental ni con el matrimonio que tienen en la mente los homosexuales que pretenden casarse (véase con más detalle el apartado).

Pero, aunque no fuera así, ya sabemos que en otras culturas tienen conceptos de matrimonio distinto del nuestro, sin que por ello tengamos que admitirlos. Piénsese en la poligamia en su versión poliginia (un hombre con varias esposas), institución no occidental que por el momento no tenemos ninguna intención de admitir en nuestro sistema. Una cosa es que podamos comprender lo que ha llevado a otras culturas a adoptar estas instituciones, y otra que queramos admitirlas como modalidades de matrimonio en España.

- “El Derecho margina a los homosexuales. Es necesario permitirles el acceso al matrimonio para que puedan disfrutar de algunos beneficios y prestaciones, especialmente de tipo asistencial, que hoy se atribuyen injustamente sólo a las parejas heterosexuales”.

La lista de cuáles son esos beneficios no es unánime. En EEUU los grupos de gays dicen que ascienden al millar. Probablemnte no sean tantas o la mayoría de ellas sean irrelevantes. En España se habla de concederles derecho de sucesión

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