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Porfirio Díaz


Enviado por   •  8 de Abril de 2014  •  Tesis  •  1.371 Palabras (6 Páginas)  •  264 Visitas

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Éste consistió en la expropiación legal de maquinaria, instalaciones, edificios, refinerías, estaciones de distribución, embarcaciones, oleoductos y, en general, todos los bienes muebles e inmuebles, de la Compañía Mexicana de Petróleo El Águila (subsidiaria de la Royal Dutch Shell), la Compañía Naviera San Cristóbal, la Compañía Naviera San Ricardo, la Huasteca Petroleum Company (subsidiaria de la Standard Oil Company de New Jersey, que cambió su nombre a Amoco Corporation), la Sinclair Pierce Oil Company, la Mexican Sinclair Petroleum Corporation, la Standford y Compañía, la Penn Mex Fuel Company, la Richmond Petroleum Company, la California Standard Oil Company of Mexico (hoy Chevron Corporation), la Compañía Petrolera El Agwi, la Compañía de Gas y Combustible Imperio, la Consolidated Oil Company of Mexico, la Compañía Mexicana de Vapores San Antonio, la Sabalo Transportation Company, Clarita Sociedad Anónima y Cacalilao Sociedad Anónima, así como de sus filiales o subsidiarias, con la promesa de pagar a los afectados en un período de diez años conforme a derecho, debido a que estas compañías, constituidas bajo leyes mexicanas, se habían rehusado a acatar la sentencia emitida por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje a favor del pago de mejores salarios a los obreros y trabajadores de esta industria, la cual fue ratificada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Durante el régimen de Porfirio Díaz, el ministro de Hacienda, José Yves Limantour, favoreció las inversiones de capital extranjero, pues creía que al abrir las puertas a los capitalistas de otras naciones los bienes llegarían a México por añadidura. Esta política extranjerizante que fue aplicada para la explotación de minas y petróleo sería más tarde repudiada por la mayor parte de los líderes de la Revolución mexicana.6

El 24 de diciembre de 1901, el gobierno de Porfirio Díaz expidió la Ley del Petróleo, dentro de los privilegios se eximió el pago de impuestos de importación de los equipos necesarios para explotar este producto, los capitales invertidos quedaron libres de gravamen de toda obligación fiscal por un período de diez años. Se permitió la compra de terrenos nacionales a precios de baldíos incluyendo un derecho de paso por terrenos particulares y una protección perimetral de 3 km en torno a la ubicación de los pozos petroleros. Desde la época de la colonia la legislación española separaba claramente la propiedad del suelo de la del subsuelo, este precepto siguió vigente en México desde su independencia hasta el 22 de noviembre de 1884 —durante los últimos días de la presidencia de Manuel González—, fecha en que se expidió el Código de Minería, por el cual se asimiló que, a partir de entonces, el propietario del suelo también lo sería del subsuelo; esta disposición era contraria a la legislación hispánica heredada desde la época virreinal, así lo

Éste consistió en la expropiación legal de maquinaria, instalaciones, edificios, refinerías, estaciones de distribución, embarcaciones, oleoductos y, en general, todos los bienes muebles e inmuebles, de la Compañía Mexicana de Petróleo El Águila (subsidiaria de la Royal Dutch Shell), la Compañía Naviera San Cristóbal, la Compañía Naviera San Ricardo, la Huasteca Petroleum Company (subsidiaria de la Standard Oil Company de New Jersey, que cambió su nombre a Amoco Corporation), la Sinclair Pierce Oil Company, la Mexican Sinclair Petroleum Corporation, la Standford y Compañía, la Penn Mex Fuel Company, la Richmond Petroleum Company, la California Standard Oil Company of Mexico (hoy Chevron Corporation), la Compañía Petrolera El Agwi, la Compañía de Gas y Combustible Imperio, la Consolidated Oil Company of Mexico, la Compañía Mexicana de Vapores San Antonio, la Sabalo Transportation Company, Clarita Sociedad Anónima y Cacalilao Sociedad Anónima, así como de sus filiales o subsidiarias, con la promesa de pagar a los afectados en un período de diez años conforme a derecho, debido a que estas compañías, constituidas bajo leyes mexicanas, se habían rehusado a acatar la sentencia emitida por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje a favor del pago de mejores salarios a los obreros y trabajadores de esta industria, la cual fue ratificada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Durante el régimen de Porfirio Díaz, el ministro

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