ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Jurisdisprudencia


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2012  •  1.994 Palabras (8 Páginas)  •  418 Visitas

Página 1 de 8

1. Introducción.

2. Penologia

3. Ciencias penales.

4. Teorias De La Pena

5. Algunas objeciones a la teoría de la prevención general

6. Teorías mixtas o de la unión

1. Introducción.

En el presente trabajo de tesina abarcaremos los aspectos teóricos mas importantes en relación a la PENOLOGIA a su dogmática, como una ciencia auxiliar del Derecho, tratando de profundizar en relación a su aplicación y a su trascendencia con los aspectos criminales que se viven en al actualidad.

Como bien sabemos los tiempos han cambiado y podemos decir que vivimos en una época de transición democrática y de transición social, en la que los valores sociales han tocado fondo mas pantanoso que pudiésemos haber imaginado, la impunidad, la desigualdad, las condiciones pírricas en las que nos encontramos son inéditas para un estado moderno como el mexicano, el sistema judicial se encuentra en una época donde debe de ser modificado y transformado, todos esos años de rezago judicial han ocasionado que muchas desigualdades sociales queden impunes, no sin mencionar algunas que no vienen al caso de este trabajo de tesina, pero si es muy contrastante que la corrupción y el mal ejercicio del poder público, ocasione que un aparato tan importante como el judicial en estos momentos se encuentre como un huevo cosido, blanco por fuera , y podrido por dentro.

Sin duda alguna lo primero que afecta a la sociedad en sus célula mas delicada es la seguridad pública, y podremos decir que la aplicación del IUS PUNIENDI ha fallado en su muy claro punto de aplicación social, por lo que ya describimos, sin embargo al transcurso del tiempo hemos visto que la falta de una política criminal adecuada, y de la falta de una verdadera readaptación social al primo infractor, contribuye a que la letra de la ley sea inexistente en la realidad objetiva que vivimos, las condiciones antijurídicas que se dan ya en éstos momentos entre las personas que ejercen los factores formales de poder, son verdadera mente de risa en algunas ocasiones, ya que en todos los medios y a diestra y siniestra muestran su enorme ignorancia respecto del marco legal.

No puede haber política criminal y readaptación social , si no existe el compromiso social con el entorno que conforma el núcleo social, si seguimos con la teoría de el interés del partido, no seremos mas que un ejemplo claro de todo aquello tan nefasto que las grandes teorías que aquí analizaremos trataron en su momento de prevenir.

No queremos decir que en esta Patria nuestra no exista remedio, sino por el contrario, el remedio estriba en nosotros mismos en que cada quien haga lo que debe de hacer, no mas y no menos, en que el juez juzgue con los elementos de convicción necesarios para decidir, y en los que los centros de readaptación y los centros de tratamiento le den vida plena a lo contemplado en el tan hermoso ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL, no es posible que en México la readaptación se le esté dando a la sociedad con las cátedras tan funestas de impunidad, tal parece que los que compurgan una pena somos usted quién hace favor de leer estas ideas y es alguien dedicado al estudio del conocimiento y todas las gentes sanas que creen que este país es la perla y el ombligo del planeta.

La pena juega un papel de suma importancia para el Derecho Penal ¿Pero es en realidad su aplicación la verdadera respuesta a la situación de la criminalidad? O será que la situación a tal interrogante no solo es la aplicación de la pena, sino un conjunto de sistemas preventivos no represivos que tengan por objeto el encontrar el camino a la prevención de futuros delincuentes y no de delitos. ¿Qué es lo que debemos atacar? ¿al delito? ¿o al delincuente?, o en realidad a los factores que los pueden crear como siempre se ha dicho " la pobreza , marginación desigualdad, etc…." Cual puede ser el verdadero fin de la aplicación de la pena. Teorías van teorías vienen, hemos visto a lo largo de la historia que muchas teorías se han caído de sus laureles, tal vez porque no son funcionales porque no eran correctas, pero hasta el momento no podemos decir que se ha encontrado una teoría que llene el espacio que la sociedad le requiere.

Lo cierto es que con lo nuevos procesos, en los cuales ya los abogados no somos mas lectores o intérpretes, sino verdaderos científicos sociales, objetivos y plurales, tal vez en un futuro podamos encontrar que en efecto ni la seguridad publica, ni la punibilidad, ni la política criminal se estudian aparte, ya que pertenecen y se engloban en un enemigo común, EL CRIMEN.

Hipotesis:

"Se demostrara que la penologia no es una ciencia penal.

Objetivo especifico:.- Que la penología como ciencia que estudia las penas y las medidas de seguridad no forma parte directa de la enciclopedia de las ciencias penales

Objetivo Especifico.- Partir desde el estudio de las teorías generales de la pena y la penóloga para determinar, según las grandes teorías, si la Penología forma parte de la Criminología y con esto es parte de la Ciencias Forenses o simplemente es parte de las Ciencias Jurídicas auxiliares del Derecho Penal.

Marco de referencia.

Delimitacion del tema..- Comprenderá únicamente aspectos teóricos dogmáticos, toda vez que no nos enfocaremos a investigaciones de campo por no extendernos en la presente ponencia. Solo abarcaremos aspectos de las teorías mas aceptadas con sus respectivas críticas ubicándolas en las escuelas mas importantes del Derecho Penal .

2. Penologia

1.- Que Es La Penologia

Se trata de una rama de las Ciencias Penales que estudia los sistemas de castigo y redención de los criminales, así como de los métodos y procedimientos legales destinados a prevenir el delito.

Por su parte EDUARDO LOPEZ BETANCOURT hace una diferencia entre las Ciencias del Derecho Penal y la Teoría de la Norma Penal y refiere en su apartado de Ciencias Auxiliares a la Psicología Judicial, Psiquiatría Forense o Médico Legal, Criminalística, Policía Científica y Estadística Criminal.

No podemos considerar válido lo referido por el Doctor LOPEZ BETANCOURT, toda vez que de ninguna manera podemos dividir el orden de la dogmática jurídico-penal en relación a las Ciencias Penales, toda vez que forman una, si bien es cierto la función fundamental del Derecho Penal es el castigo, también lo es, que es parte del Derecho Penal el reconocimiento de la verdad histórica en los cuales se establecen las Ciencias Penales.

Desgraciadamente muchos de nuestros tratadistas aún no han manejado un verdadero método de definición del las Ciencias Penales, por su parte uno de los principales exponentes y defensores de la Penología es el Doctor RODRIGUEZ MANZANERA, quien define a la Penología " Como el estudio de la reacción social contra las personas o conductas captadas por la colectividad (o por una parte de ellas) como dañinas, peligrosas, sociales".

De lo que nos refiere el Doctor RODRIGUEZ MANZANERA podemos llegar a la idea de que la Penología no solamente va a estudiar la Pena o Punibilidad correctamente dicha del sujeto que transgredió la norma jurídico-penal, sino que RODRIGUEZ MANZANERA extralimita el fin de la Penología entendiéndose ya no como el Tratado de las Penas, que la definición clásica nos puede decir, sino tratándola como una Ciencia causal-explicativa de tipo naturalístico con contenido social, toda vez que va a estudiar la reacción que la sociedad tendrá hacia con el individuo, en ésta excelsa obra la cual más adelante retomaremos, refiere el mismo autor Teorías Sociológicas de la desviación social que son vitales para nuestro objeto de estudio, toda vez que podemos obtener la tesis de que la Penología puede ser una Ciencia más no forma parte de las Ciencias Penales, toda vez que lo que investiga y determina son reacciones sociales. ORELLANA WIARCO, sostiene e inclusive hace una comparación muy temeraria respecto de la Penología, toda vez que él la clasifica como Derecho Penitenciario y coloca a la Penología dentro del esquema de la Criminología, delimitando que su objeto de estudio será al juzgado y al condenado, para ORELLANA WIARCO la Penología es la rehabilitación del delincuente.

De lo referido por éstos autores podemos determinar que no existe aún ningún punto de unión entre las diversas teorías generales de la Penología, mientras algunos autores refieren a la Penología como los diversos medios de lucha contra el delito, también algunos lo refieren como el tratado de las penas que tiene como objetivo la readaptación y la ejecución de la pena, sin embargo hay opiniones como la de LISZT FRANZ VON " Toda penología es Sociología"

Podemos determinar que en efecto la definición sostenida por RODRIGUEZ MANZANERA parece ser la más correcta, toda vez que la Penología estudia la reacción de manera objetiva y subjetiva que el Estado, en nombre de la sociedad , va a tener sobre un individuo que transgredió el orden social, a nuestro ver la Penología tiene un fin mediato, el cual lo podríamos delimitar como el estudio de la punibilidad con un enfoque social y con tendencias naturalísticas y un fin inmediato, la coadyuvancia con el Derecho Administrativo en materia Legislativa o Derecho Político y Constitucional, a efecto de proponer medidas alternativas

que ayuden a la reintegración del sujeto que fue reprimido por una actividad antijurídica.

Entonces podremos decir que ¿La Penología forma parte de las Ciencias Penales?, ¿En realidad la Gemología coadyuva a la creación de Ciencia Penal o es más útil para la Ciencia Legislativa?. Tal vez comenzaremos a solucionar éstas interrogantes si continuamos estudiando a groso modo lo que son las Ciencias Penales y una breve cronología de su aplicación.

3. Ciencias penales.

Las Ciencias Penales son aquellas que tienen como objeto la creación, auxilio y delimitación de dos grandes elementos del derecho del Hombre, el IUS PENALE Y EL IUS PUNIENDI, denominado comúnmente Derecho Penal. Tal vez una de las más comunes definiciones de las Ciencias Penales la brinda el gran penalista español LUIS JIMENEZ DE ASÚA , define a las Ciencias Penales en seis grandes rubros:

De la Clasificación del Maestro JIMENEZ DE ASÚA, nos podemos dar cuenta de que la Clasificación que propone es un tanto obsoleta, toda vez que estamos experimentando cambios sociales, vinculativos y dinámicos donde las Ciencias Forenses, las cuales preferiría llamarlas las Ciencias Exactas, Auxiliares del Derecho Penal como la Criminalística, la Medicina Legal, la Psiquiatría Forense, están abarcando cada vez mas campos trascendentales en la aplicación del Derecho Penal, podemos determinar de una manera un tanto temeraria que en la nueva Ciencia Penal en su dogmática y en su praxis, los abogados han dejado de tener el Monopolio por que los mismos tiempos nos están obligando a dejar de ser peritos en derecho y convertirnos en verdaderos científicos del Derecho Penal, por eso es que consideramos que la relación cada vez mas cercana entre el Órgano Judicial, el Ministerio Público y los Peritos es cada vez más cercano, si en éste momento nosotros desapareciéramos a los Peritos en Criminalística , podríamos encontrarnos con que muchos de los casos que a diario se presenta en las Agencias del Ministerio Público serían imposibles de solucionar, sin embargo existen elementos del Cuadro Sinóptico de JIMENEZ DE ASÚA que valen la pena estudiar de forma separada, toda vez que encontramos que la Antropología y la Biología Criminal, no entendida en la rama de la Criminología sino en la rama de la Medicina Legal, da nacimiento a una Criminalística Primitiva, así que de manera retórica JIMENEZ DE ASÚA contempla parte de la Criminalística en su definición e interviene a la Sociología Criminal dentro de la Criminología, entendiéndose como la Sociología Criminal todos los factores endógenos y exógenos que se dan para la creación del delito.

Existe una definición mas concentrada en la realidad, como es la del maestro PAVON Vasconcelos, quien tiene un criterio Tripartita de explicación de las Ciencias Penales y las divide de la siguiente manera:

DESDE EL PUNTO DE VISTA FILOSOFICO

Ciencia de Derecho Penal o dogmática jurídico Penal.

DESDE EL PUNTO DE VISTA JURIDICO

Historia del Derecho Penal.

Derecho Penal Comparado

Política Criminal.

Se ocupa del delito:

DESDE EL PUNTO DE VISTA CAUSAL EXPLICATIVO FUNDAMENTALES -

- Sociología Criminal.

Se ocupa del delincuente:

• Antropología Criminal.

• Biología Criminal.

• Psicología Criminal.

AUXILIARES

Medicina legal

Criminalística

...

Descargar como  txt (12 Kb)  
Leer 7 páginas más »